Modifican la Carta de Servicios de PROMPERÚ, aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG
Resolución de Gerencia General
Nº 000092-2024-PROMPERÚ/GG
San Isidro, 16 de agosto del 2024
VISTOS: El Memorando Nº 205-2024-PROMPERÚ/DX-SDE de la Subdirección de Desarrollo Exportador de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, el Informe Técnico Nº 009-2024-PROMPERÚ/DX de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, el Proveído Nº 4882-2024-PROMPERÚ/GG-OPP, el Memorando Nº 232-2024-PROMPERÚ/GG-OPP y el Informe Nº 046-2024-PROMPERÚ/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 285-2024-PROMPERÚ/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 2 de la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, la entidad es competente para formular, aprobar y ejecutar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales; además, en el artículo 4 de la citada Ley, se establece como una de sus funciones la de “desarrollar, gestionar y supervisar la ejecución de las actividades de promoción, inteligencia comercial e investigación de mercados, gestión de información, orientación, asistencia y capacitación empresarial, en materia de exportaciones, turismo e imagen país, a nivel nacional e internacional”;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala en el numeral 43.4 de su artículo 43 que “para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal”;
Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, precisándose en su artículo 2 que el Titular de la Entidad, mediante Resolución, establecerá la descripciones de los bienes y servicios objeto de comercialización por parte de la Entidad, entre otros; estableciéndose que toda modificación a dicha resolución, deberá aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el diario oficial El Peruano;
Que, por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015- PROMPERÚ/SG y modificatorias, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;
Que, mediante documento de Vistos, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, recomienda la modificación de la Carta de Servicios, en el sentido de incorporar tres (3) nuevos servicios, así como dejar sin efecto diez (10) servicios de la Sección de Promoción de las Exportaciones de dicho documento de gestión;
Que, según el literal f) del artículo 22 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, corresponde a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, conducir y supervisar el proceso de formulación y actualización de políticas, directivas, procedimientos, manuales y otros documentos necesarios para la gestión institucional;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, propone: (i) Aprobar la modificación de la sección: Condiciones Generales, quedando vigente la versión 17 de dicho documento; (ii) Aprobar las fichas de los siguientes servicios: Servicio Nº 5. Información y orientación en exportaciones (Versión 01), Servicio Nº 6: Programa de Fortalecimiento de Capacidades para la Exportación (Versión 01); y, Servicio Nº 7: Programa de Adecuación y Desarrollo de la Oferta Exportable (Versión 01); (iii) dejar sin efecto la sección: Condiciones Generales, versión 15, de la Carta de Servicios; así como las Fichas de los siguientes Servicios: Servicio Nº 5: Programa GloBus: Haciendo negocios con Alemania, Servicio Nº 6: Programas de Planes de Negocios de Exportación – PLANEX, Servicio Nº 7: Programas de Gestión de la Calidad, Servicio Nº 8: Programas y Talleres Especializados ADOC (Centro de Oportunidades Digitales de APEC) – Perú, Servicio Nº 9: Seminarios de “Miércoles del Exportador”, Servicio Nº 10: Seminarios de “Día del Exportador”, Servicio Nº 12: Programa de Coaching Empresarial para Exportadores, Servicio Nº 13: Diagnóstico del Nivel de Competitividad de las Empresas Exportadoras Peruanas, Servicio Nº 16: Centro de Información Comercial – INFOCENTER; y, Servicio Nº 17: Orientación y Asesoría en Exportaciones – Plataforma. Asimismo, como parte de la propuesta realizada por la citada Oficina, se verifica la modificación del Anexo Nº 2 Directorio de Contactos de la Dirección de Promoción de las Exportaciones (versión 3) denominándose ahora Anexo Nº 1, Directorio de Contactos de la Dirección de Promoción de las Exportaciones (versión 4), lo cual deberá ser tomado en cuenta como parte integrante de la propuesta realizada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, a través del documento de vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la emisión del acto administrativo que apruebe la propuesta realizada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE, se delega al Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Decreto Supremo Nº 088-2011-PCM; la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 001-2024-PROMPERÚ/PE y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 069-2024-PROMPERÚ/PE;
Con el visto bueno de la Subdirección de Desarrollo Exportador, de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dejar sin efecto un total de diez (10) servicios de la Sección: Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Carta de Servicios de PROMPERÚ aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatoria, según el siguiente detalle:
Servicio Nº 5: Programa GloBus: Haciendo negocios con Alemania.
Servicio Nº 6: Programas de Planes de Negocios de Exportación – PLANEX.
Servicio Nº 7: Programas de Gestión de la Calidad.
Servicio Nº 8: Programas y Talleres Especializados ADOC (Centro de Oportunidades Digitales de APEC) – Perú
Servicio Nº 9: Seminarios de “Miércoles del Exportador”.
Servicio Nº 10: Seminarios de “Día del Exportador”.
Servicio Nº 12: Programa de Coaching Empresarial para Exportadores.
Servicio Nº 13: Diagnóstico del Nivel de Competitividad de las Empresas Exportadoras Peruanas.
Servicio Nº 16: Centro de Información Comercial – INFOCENTER.
Servicio Nº 17: Orientación y Asesoría en Exportaciones – Plataforma
Artículo 2.- Aprobar la modificación de la sección: Condiciones Generales (versión 16) de la Carta de Servicios de PROMPERÚ aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatoria; quedando vigente en su reemplazo, la sección: Condiciones Generales (versión 17) de la Carta de Servicios de PROMPERÚ, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Aprobar la modificación del Anexo Nº 2: Directorio de Contactos de la Dirección de Promoción de las Exportaciones (versión 3) de la sección: Condiciones Generales, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ; reformulando su denominación, siendo ahora Anexo Nº 1 “Directorio de contactos de la Dirección de Promoción de las Exportaciones”, versión 4.
Artículo 4.- Aprobar la incorporación de tres (3) servicios a la Sección: Dirección de Promoción de las Exportaciones, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ aprobada por Resolución de Secretaría General Nº 178-2015-PROMPERÚ/SG y modificatoria, y en consecuencia, aprobar las fichas de los mismos, según el siguiente detalle:
Servicio Nº 5: Información y orientación en exportaciones (Versión 01).
Servicio Nº 6: Programa de Fortalecimiento de Capacidades para la Exportación (Versión 01).
Servicio Nº 7: Programa de Adecuación y Desarrollo de la Oferta Exportable (Versión 01).
Artículo 5.- Encargar a la Oficina de Administración la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación.
Artículo 6.- Disponer que el responsable de la actualización de la información del Portal de Trasparencia Estándar de PROMPERÚ realice la publicación correspondiente en el mencionado Portal, el mismo día de publicada la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ARMANDO PELAEZ MARTINEZ
Gerente General
Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ |
Condiciones Generales |
La Carta de Servicios es un documento de gestión que contiene la descripción de servicios no exclusivos que brinda PROMPERÚ, los requisitos y condiciones para acceder a ellos, los descuentos aplicables para aquellos que se encuentren sujetos a pago, y disposiciones generales para su aplicación. I. Alcance Aplica a los servicios cuyas actividades son organizadas y financiadas en su totalidad por PROMPERÚ; así como, aquellas que se realicen en coorganización, mediante convenio suscrito, con otras entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, siempre que PROMPERÚ sea el Expositor registrado del evento y su aporte sea mayor al 50% del costo total de la actividad. II. Servicios Los servicios comprendidos en la presente Carta de Servicios son los siguientes: 2.1. Servicios brindados en materia de promoción del Turismo Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Turismo. Servicio N° 2: Participación en Workshops Internacionales de Turismo. Servicio N° 3: Participación en Ferias de Turismo Escolar y Universitario. Servicio N° 4: Participación en Workshops Nacionales de Turismo. Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas. Servicio N° 6: Publicación de Ofertas de Servicios Turísticos y Complementarios en la Plataforma Digital Y TÚ QUÉ PLANES? 2.2. Servicios brindados en materia de promoción de exportaciones Servicio N° 1: Participación en Ferias Internacionales de Exportaciones. Servicio N° 2: Participación en Ruedas de Negocios. Servicio N° 3: Participación en Misiones Comerciales. Servicio N° 4: Programa de Mercados Externos – PROMEX. Servicio N° 5: Información y orientación en exportaciones Servicio N° 6: Programa de Fortalecimiento de Capacidades para la Exportación Servicio N° 7: Programa de Adecuación y Desarrollo de la Oferta Exportable Servicio N° 11: Participación en ferias especializadas para la promoción de marcas de productos de la Industria de la Vestimenta y Decoración. Servicio N° 14: Participación en ferias internacionales de exportaciones que no forman parte del Calendario de Actividades de PROMPERÚ. Servicio N° 15: Acceso a documentos de información comercial especializada sobre exportaciones. 2.3. Servicios brindados en materia de promoción de inversiones empresariales Servicio N° 1: Participación en Ruedas de Negocios para la promoción de inversiones empresariales. Servicio N° 2: Información, orientación y asistencia para el uso del territorio nacional como destino de locaciones fílmicas (Comisión Fílmica Perú). |
III. Descuentos 3.1. Los descuentos contenidos en el presente documento serán aplicados sobre los precios de venta fijados para el servicio respectivo y no son acumulativos, sino excluyentes entre sí. 3.2. Los descuentos aplicables para las empresas clasificadas como microempresas o pequeñas empresas (MYPE) establecidos en el presente documento, solo serán otorgados a aquellas empresas que se encuentren acreditadas como tales en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa – REMYPE. Los otros tipos de empresas se sujetarán a la clasificación establecida por PROMPERÚ. 3.3. El valor de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria) con el que se expresarán los precios de venta será el que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas para el ejercicio fiscal corriente. IV. Convenios de Cooperación Técnica Internacional o Acuerdos de Colaboración Interinstitucional Las condiciones y limitaciones establecidas para el acceso a los servicios comprendidos en el presente documento, no serán aplicables para las participaciones que se encuentren en el marco de un convenio de cooperación técnica internacional o de acuerdos de colaboración interinstitucional en materia de promoción del turismo, las exportaciones o la imagen país. Estas participaciones estarán sujetas a la disponibilidad de cupos, a la evaluación previa del órgano o unidad orgánica responsable del servicio y a la suscripción del Convenio o Acuerdo de Colaboración correspondiente, y del Contrato de Participación o Aceptación de las Condiciones Generales de Participación, según corresponda. V. Responsabilidades 5.1. Los órganos y unidades orgánicas de línea encargados de brindar los servicios son responsables de: a) Comunicar oportunamente a las personas y empresas que desean acceder a los servicios, los requisitos y condiciones que deben cumplir, de acuerdo con lo establecido en el presente documento. b) Controlar y verificar que los participantes cumplan con todos los requisitos y condiciones establecidas en el presente documento, previo a la prestación del servicio. c) Cuando corresponda, brindar información actualizada y oportuna a la Unidad de Finanzas en los medios que se establezcan para el control de pagos de las empresas admitidas para participar en los eventos convocados. 5.2. La Unidad de Finanzas es responsable de: a) Aplicar los precios de venta y los descuentos que correspondan, según lo establecido en el presente documento. b) Emitir y entregar los comprobantes de pago correspondientes, de acuerdo con los pagos recibidos. c) Elaborar, actualizar y publicar en la Intranet el Listado de empresas e Instituciones que mantienen deudas con PROMPERÚ. VI. Prohibiciones El personal de PROMPERÚ está prohibido de autorizar excepciones a la Carta de Servicios vigente (tales como prórrogas en los plazos de pago, permitir la participación de empresas sin haber cancelado el precio de venta correspondiente —incluidos los descuentos aplicables— o teniendo deuda preexistente, entre otros), que no estén expresamente aprobadas en el citado documento; siendo pasible de responsabilidad administrativa, civil o penal conforme a los dispositivos legales vigentes. VII. Sanciones El incumplimiento de lo establecido en el presente documento genera responsabilidad pasible de resolución contractual, sin perjuicio de la responsabilidad civil y penal a que hubiere lugar. PROMPERÚ evaluará según los criterios de razonabilidad y proporcionalidad el caso concreto, dentro del marco de las disposiciones legales vigentes que regulan la materia. VIII. Disposición Final Transitoria Se podrán aprobar mediante Resolución de Gerencia General, medidas excepcionales y transitorias relacionadas con las disposiciones contenidas en el presente documento, para lo cual se deberá contar con el debido sustento contenido en un informe técnico elaborado por el área usuaria que la proponga, en el cual se justificará de igual forma la temporalidad de dicha medida, debiendo contar con la opinión favorable de la Subdirección y Dirección correspondiente, así como de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. |
Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ |
Dirección de Promoción de las Exportaciones |
Servicio N° 5: Información y orientación en exportaciones |
1. Descripción El servicio ofrece a la micro, pequeña y mediana empresa, y público en general, un conjunto de medios de información, orientación y asesoría sobre los procesos y requisitos para exportar, conocimientos que encaminan el acceso a mercados y sectores internacionales, así como los servicios que brinda PROMPERÚ en materia de exportaciones que buscan fortalecer su competitividad y capacidades empresariales. El presente servicio comprende: a) Centro de Información (INFOCENTER): • Acceso a material bibliográfico físico, con sala de lectura. • Acceso a Biblioteca Virtual. • Servicio de referencia e información bibliográfica mediante correo electrónico. b) Medios de orientación y atención de consultas informativas en exportaciones: • Módulo de atención presencial. • Telefónica. • Correo electrónico. • Videoconferencia, realizado a través del registro del siguiente formulario: https://bit.ly/3rtjSQh • Atención de consultas a ciudadanos del exterior, realizado a través del registro del siguiente formulario: https://institucional.promperu.gob.pe/consultaPPM.aspx c) E-learning: • Aula Virtual que permite el acceso a información sobre el proceso exportador y sus componentes asociados, mediante animaciones y ponencias de expertos nacionales e internacionales, disponibles a través del siguiente link virtual: https://aulavirtualexportaciones.promperu.gob.pe/ |
1 Sectores, líneas y productos priorizados por PROMPERÚ
2 El inicio de las actividades está sujeto a completar una cantidad mínima de participantes.
3 PROMPERÚ se encuentra facultado para requerir a las empresas otros requisitos adicionales, según el tipo de actividad asignada.
4 Sectores, líneas y productos priorizados por PROMPERÚ
5 El inicio de las actividades está sujeto a completar una cantidad mínima de participantes.
6 PROMPERÚ se encuentra facultado para requerir a las empresas otros requisitos adicionales, según el tipo de actividad asignada.
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