Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la incorporación y designación de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI

Disponen la incorporación y designación de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI

Resolución Directoral Ejecutiva

Nº 112-2024/APCI-DE

Miraflores, 14 de agosto de 2024

VISTOS:

El Informe Nº 0532-2024-APCI/OGA-UAP de fecha 13 de agosto de 2024 de la Unidad de Administración de Personal de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; el Informe Nº 0101-2024-APCI/OGA de fecha 13 de agosto de 2024, de la Oficina General de Administración (OGA); y el Memorándum Nº 0673-2024-APCI/OGA de fecha 14 de agosto de 2024, de la referida OGA;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus normas modificatorias, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, a cargo de ejecutar, programar y organizar la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y goza de autonomía técnica, económica, presupuestal y administrativa;

Que, la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, tiene como objetivo establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado; así como, para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas;

Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil establece que los servidores civiles de las entidades públicas se clasifican en los siguientes grupos: Funcionarios Públicos, Directivos Públicos, Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de confianza;

Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de confianza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el servicio civil está determinada y supeditada a la confianza por parte de la persona que lo designó e ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; debiendo cumplir con el perfil del puesto en función de formación, conocimientos y experiencia y no están sujetos a período de prueba, conforme lo prevén los artículos 178 y 263 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;

Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil dispone que el vínculo entre los servidores de confianza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la confianza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad;

Que, los artículos 5 y 27 del Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modificatorias, establecen dentro de la estructura orgánica de la APCI a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), como órgano de asesoramiento de la APCI;

Que, mediante la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 131-2018/APCI-DE, de fecha 25 de setiembre de 2018, se designó al señor Cesar Eduardo Díaz Díaz en el cargo de confianza de Jefe de la OPP;

Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000093-2021-SERVIR-PE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 29 de junio de 2021, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión Nº 016-2021, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI (en adelante, CPE-APCI);

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 110-2024/APCI-DE de fecha 9 de agosto de 2024 se aprueba la Actualización del Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, que comprende los Cuadros Nº 1 y Nº 2; así como la actualización del Plan de Implementación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; y, la actualización del Registro de Contratación Directa de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI; considerándose el puesto de Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI;

Que, con Resolución Directoral Ejecutiva Nº 040-2019/APCI-DE de fecha 27 de marzo de 2019 se aprobó el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el cual fue modificado mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 118-2022/APCI-DE de fecha 04 de noviembre de 2022; en el que se establece que el puesto de Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto pertenece al grupo de servidores de directivos públicos, familia de puestos dirección institucional y rol de dirección estratégica; perfil que fue adecuado considerando los parámetros establecidos en la ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM;

Que, a través del Memorándum Nº 0673-2024-APCI/OGA, de fecha 14 de agosto de 2024 la Unidad de Administración de Personal de la APCI, luego de la evaluación interna correspondiente, solicita que se gestione la Resolución Directoral Ejecutiva pertinente donde se acepte la renuncia del señor Díaz Díaz al cargo de Jefe de la OPP, con efectividad desde el 15/08/2024;

Que, con Informe Nº 101-2024-APCI/OGA, la OGA, en señal de conformidad, eleva el Informe Nº 0532-2024-APCI/OGA-UAP por el cual la Unidad de Administración de Personal comunica que, tras evaluar el perfil del señor Segundo Gregorio Díaz Hernández, este cumple con los requisitos para el puesto de Jefe/a de la OPP de la APCI y no se encuentra impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública, recomendando como fecha de inicio del vínculo el 15 de agosto de 2024;

Que, teniendo en cuenta lo informado por la Unidad de Administración de Personal de la Oficina General de Administración y perteneciendo el puesto de Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto al grupo de servidores de directivos públicos, familia de puestos dirección institucional y rol de dirección estratégica, presupuestado y vacante, resulta necesario emitir la resolución correspondiente; precisándose que los derechos y obligaciones del servidor civil se encuentran regulados en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM, y demás normas complementarias;

Con los vistos de la Oficina General de Administración y la Oficina de Asesoría Jurídica de la APCI; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y sus modificatorias; el Reglamento General de la Ley Nº 30057, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM, y sus modificatorias; y, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI y sus modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aceptar la renuncia presentada por el señor César Eduardo Díaz Díaz al cargo de confianza de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional, considerando su última día de labores el 14 de agosto de 2024, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Artículo 2.- Disponer la incorporación y designación del señor Segundo Gregorio Díaz Hernández, en el puesto de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la APCI, cargo de confianza que pertenece al grupo de Directivos Públicos, familia de puestos de Dirección Institucional, rol de Dirección Estratégica, con código del puesto en el Cuadro de Perfil de Puestos (CPE) DP0102017, bajo el régimen de la Ley del Servicio Civil. El vínculo se inicia el 15 de agosto de 2024.

Artículo 3.- El vínculo del servidor se rige exclusivamente por el régimen de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, sus reglamentos y las normas que emite la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.

Artículo 4.- Remitir la presente Resolución a la Oficina General de Administración, a la Unidad de Administración de Personal, al señor César Eduardo Díaz Díaz y al señor Segundo Gregorio Díaz Hernández, para las acciones correspondientes.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (https://www.gob.pe/apci).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Nancy Magaly Silva Sebastián

Directora Ejecutiva

2316869-1