Definen que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Valparaíso, República de Chile, es la de Consulado
resolución suprema
N° 149-2024-RE
Lima, 21 de agosto de 2024
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 2 del artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, establece que la sede de la oficina consular, su clase y la circunscripción consular, las fijará el Estado que envía y serán aprobadas por el Estado receptor;
Que, el artículo 30 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, establece que la categoría de las Oficinas Consulares se determina por Resolución Suprema, lo cual es propuesto por el órgano de línea consular;
Que, el artículo 25 del Reglamento Consular del Perú establece las categorías que tienen las oficinas consulares, siendo estas: a) Consulado General; b) Consulado; c) Sección Consular; y, d) Agencia Consular;
Que, el artículo 32 del Reglamento Consular del Perú dispone que el establecimiento, sede, categoría y circunscripción de una Misión Consular, así como su modificación, requieren el consentimiento o la aprobación del Estado receptor;
Que, mediante Decreto Supremo N° 029-2024-RE, de 25 de julio de 2024, se dispone el restablecimiento de la Oficina Consular del Perú en Valparaíso, República de Chile, y fija su circunscripción consular en la Región de Valparaíso;
Que, mediante Nota Diplomática N° 5-4-M/105, de 24 de abril de 2024, la Embajada del Perú en la República de Chile, de conformidad con el artículo 4 de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares, solicitó la aprobación del Gobierno chileno para que la Oficina Consular del Perú en Valparaíso tenga la categoría de Consulado;
Que, mediante Nota Diplomática N° 3327, de 09 de mayo de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, otorgó su beneplácito a la categoría de la Oficina Consular del Perú en Valparaíso;
Con la opinión favorable de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares; y, el consentimiento de las autoridades competentes de la República de Chile;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 032-2023-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Definición de categoría de la Oficina Consular del Perú en Valparaíso
Se define que la categoría de la Oficina Consular del Perú en Valparaíso, República de Chile, es la de Consulado.
Artículo 2.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JAVIER GONZALEZ OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2317770-11