Modifican la Resolución de Presidencia
N° D000001-2024-CONADIS-PRE, mediante la cual se delegan determinadas facultades a diferentes órganos y unidades de organización del CONADIS para el ejercicio fiscal 2024
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
N° D000163-2024-CONADIS-PRE
Lima, 20 de agosto del 2024
VISTOS:
La Nota N° D000561-2024-CONADIS-GG, emitida por la Gerencia General; el Memorando N° D000484-2024-CONADIS-ORH y los Informes N° D000067-2024-CONADIS-ORH-CLBA y N° D000196-2024-CONADIS-ORH, emitidos por la Oficina de Recursos Humanos; y el Informe N° D000417-2024-CONADIS-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, constituido como un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con autonomía técnica, administrativa, de administración, económica y financiera. Constituye pliego presupuestario;
Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, con la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE, se delegan determinadas facultades a diferentes órganos y unidades de organización del CONADIS para el ejercicio fiscal 2024;
Que, el artículo 30 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado mediante la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE, establece que la Oficina de Recursos Humanos es el órgano de apoyo responsable de gestionar los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Depende jerárquicamente de la Gerencia General;
Que, la Oficina de Recursos Humanos, mediante el Memorando N° D000484-2024-CONADIS-ORH y el Informe N° D000067-2024-CONADIS-ORH-CLBA de la Oficina de Recursos Humanos, sustenta técnicamente la modificación de la Resolución de Presidencia N° D00001-2024-CONADIS-PRE, precisando que la delegación de facultades en materia de recursos humanos, señaladas en el numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° D00001-2024-CONADIS-PRE, corresponden a la Oficina de Recursos Humanos en mérito al Texto Integrado del nuevo Reglamento de Organización y Funciones del CONADIS, aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE;
Que, asimismo, la citada Oficina de Recursos Humanos, mediante el Informe N° D000196-2024-CONADIS-ORH, concluye que en la delegación de facultades debe incluirse el régimen laboral bajo el Decreto Legislativo N° 728, toda vez que, el personal transferido producto de la fusión de la Unidad de Servicios de Protección de Personas con Discapacidad del Programa Integral para el Bienestar Familiar al CONADIS, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2023-MIMP, está contratado bajo los regímenes del Decreto Legislativo N° 1057 y del Decreto Legislativo N° 728;
Que, asimismo, la citada Oficina solicita que se le otorguen facultades de representación ante autoridades y/o dependencias administrativas del sector público, como en instituciones privadas para iniciar y/o proseguir procedimientos administrativos en todas sus etapas materia de recursos humanos, a fin de dar celeridad a los procesos y/o gestiones en dicha materia;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° D000417-2024-CONADIS-OAJ, sostiene que resulta jurídicamente viable modificar la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE, conforme a lo sustentado por la Oficina de Recursos Humanos;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina de Recursos Humanos y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado mediante la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DEJAR SIN EFECTO la delegación de facultades otorgada a la Oficina de Administración del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, en lo referido a la materia de recursos humanos, contenida en el numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE.
Artículo 2.- INCORPORAR los literales d), e), f) y g) al artículo 3 de la Resolución de Presidencia N° D000001-2024-CONADIS-PRE, modificada con Resolución de Presidencia N° D000115-2024-CONADIS-PRE, conforme al siguiente tenor:
“Artículo 3.- Delegar en el/la directora/a de la Oficina de Recursos Humanos del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), durante el año fiscal 2024, las facultades que se detallan a continuación:
(…)
d) Representar al CONADIS ante autoridades y/o dependencias administrativas del sector público y/o instituciones privadas para iniciar y/o proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos, desistirse, interponer queja contra los defectos de tramitación, solicitar la rectificación de errores, entre otras pretensiones; siempre que se encuentren vinculadas a la materia de recursos humanos, que resulten necesarias para el desarrollo de los objetivos institucionales.
e) Autorizar y/o resolver las acciones de suplencia del personal comprendido en el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y en el Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, previa opinión de las áreas usuarias y el análisis técnico realizado por la Oficina de Recursos Humanos, salvo para los casos de personal clasificado como empleado de confianza o de libre designación o remoción.
f) Autorizar y/o resolver las demás acciones de desplazamiento del personal comprendido en el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, así como las que corresponden al Régimen Laboral del Decreto Legislativo N° 728, previa opinión de las áreas usuarias y el análisis técnico realizado por la Oficina de Recursos Humanos, salvo para los casos de personal clasificado como empleado de confianza o de libre designación o remoción.
g) Gestionar, suscribir, modificar, resolver y renovar los convenios que brinden beneficios de tipo no económico a los servidores del CONADIS, en virtud de fomentar su motivación; abarcando temas de recreación, de cultura, académicos y que, asimismo, impacten en el núcleo familiar de los servidores, a fin de mejorar la calidad de vida y cubrir algunas de las necesidades externas o internas.”
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente Resolución al personal directivo a quien se le delega facultades y atribuciones mediante la presente Resolución.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (www.gob.pe/conadis).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SANDRA PILAR PIRO MARCOS
Presidenta
Consejo Nacional para la Integración
de la Persona con Discapacidad
2317083-1