Autorizan viaje de personal policial a la República Popular China, en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 1068-2024-IN
Lima, 21 de agosto de 2024
VISTOS, los Oficios Nº 1519-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI y 1535-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001480-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº WGC 46-2024, de fecha 8 de agosto de 2024, el Agregado de Defensa de la República Popular China en la República del Perú se dirige al Director de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, con el propósito de cursar invitación al Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO, Jefe del Estado Mayor General PNP y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA, Director de la Dirección Contra el Terrorismo, a participar en el Simposio Internacional “Gran Muralla” sobre la Lucha Contra el Terrorismo, a llevarse a cabo del 27 al 30 de agosto de 2024, en la ciudad de Beijing de la República Popular China;
Que, con Informes Nºs 68-2024-EMG PNP/SEC-OFAD y 018-2024-DIRNIC-DIRCOTE-PNP/AYUDANTIA, el Estado Mayor General y la Dirección Contra el terrorismo de la Dirección Nacional de Investigación Criminal, respectivamente, sustentan la importancia y viabilidad de la participación del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA, en el evento descrito precedentemente;
Que, a través de la Hoja de Estudio y Opinión Nº 242-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente proseguir con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA, del 25 al 31 de agosto de 2024, a la ciudad de Beijing de la República Popular China, precisando que la participación del personal resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto estarán representando a la institución policial, el cual les permitirá aportar e intercambiar experiencias y conocimientos en temas de operaciones antiterroristas no tripuladas, formación y capacitación del personal en la lucha antiterrorista no tripulada; asimismo, al retornar podrán convertirse en elementos difusores entre el personal de la Policía Nacional del Perú, lo cual coadyuvará a la prevención y represión de la delincuencia y el crimen organizado transnacional y en especial a la lucha antiterrorista;
Que, en ese sentido, la participación del mencionado personal policial en el referido evento se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de hospedaje, alimentación y transporte, son asumidos por la Policía Armada de China, de conformidad con lo señalado en el Oficio Nº WGC 46-2024, del 8 de agosto de 2024 y en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 242-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI; asimismo, los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe Nº 425-2024-DIRADM-PNP/DIVECO-DPTO.RYV-S.PYV, en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 242-2024-COMGEN PNP/DIRASINT-DIVABI y en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000002757;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de Estudios (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y el presente Reglamento”;
Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución ministerial que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA, del 25 al 31 de agosto de 2024, a la ciudad de Beijing de la República Popular China;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA, del 25 al 31 de agosto de 2024, a la ciudad de Beijing de la República Popular China, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos de ida y retorno, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del Teniente General de la Policía Nacional del Perú OSCAR MANUEL ARRIOLA DELGADO y del General de la Policía Nacional del Perú JULIO OSCAR MARIÑO RIPA son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo con el siguiente detalle:
Importe |
Personas |
Total |
|
Pasajes aéreos |
US$ 4 999,00 |
2 |
US$ 9 998,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan José Santiváñez Antúnez
Ministro del Interior
2317356-1