Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Reglamento Interno de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto/a Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Santa Marìa del Mar

Aprueban el Reglamento Interno de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto/a Mayor - CIAM de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2024/MDSMM-ALC

Santa María del Mar, 7 de agosto de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR

VISTOS:

El memorándum Nº 204-2024-MDSMM/GM de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 092-2024-MDSMM-GPPI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática; el Informe Nº 052-2024-MDSMM/GSP del Gerente de Servicios Públicos; el Informe Legal Nº 102-2024-MDSMM/GAJ del Gerente de Asesoría Jurídica; el informe Nº 054-2024-MDSMM/GSP/SGSS de la Subgerencia de Servicios Sociales y el informe Nº 008-2024-EIEU de la coordinadora de CIAM y DEMUNA y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, preceptúa que las municipalidades distritales, son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en estricta concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, señala que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico;

Que, asimismo, la referida Constitución Política del Perú en su artículo 4° precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7° de la acotada norma, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad;

Que, el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras: Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas (...); y el artículo 42º señala que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, los numerales 1.2 y 2.4 del artículo 84º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establecen como funciones específicas exclusivas de las municipalidades provinciales y distritales, organizar, administrar y ejecutar los programas sociales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación;

Que, la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, tiene por objeto establecer un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fin de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación, a su vez define a las personas adultas mayores como aquellas que tenga 60 o más años de edad; así también establece que la creación de los centros integrales de atención al adulto mayor (CIAM) es a cargo de los gobiernos locales;

Que mediante Decreto Supremo Nº 024-2021-MIMP, se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor, en cuyo artículo numeral 11.1 y 11.2 del artículo 11º, señala respectivamente lo siguiente : “11.1 Los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor, en adelante CIAM, constituyen servicios especializados, creados por los Gobiernos Locales, para la promoción y protección de los derechos de todas las personas adultas mayores, así como para la prevención y atención de situaciones de riesgo”, y “11.2 A través de los CIAM se coordina y articula con instituciones públicas, privadas y la sociedad civil para la atención de la temática de las personas adultas mayores de su jurisdicción, promoviendo estilos de vida saludables y el autocuidado de salud, así como su participación e integración social, económica, política y cultural, fortaleciendo su autonomía, independencia y calidad de vida”;

Que, el citado reglamento señala también en el literal d) del artículo 15° que el CIAM para su funcionamiento óptimo deberá formular un Reglamento Interno;

Que, con Resolución Ministerial Nº 060-2020-MIMP, se aprobó la “Guía Práctica para la Implementación y Funcionamiento de los Centros Integrales de Atención al Adulto Mayor - CIAM”, con el objeto de establecer pautas y recomendaciones para la implementación y eficiente funcionamiento de los Centros de Atención del Adulto Mayor, y en su Capítulo 11 denominado Implementación de los CIAM, en su subnumeral 2.2.1 se establece que el Reglamento Interno es un documento necesario para a la gestión del CIAM, el mismo que se aprueba por Decreto de Alcaldía a la propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social o la que haga sus veces; precisando que el Reglamento Interno establece las obligaciones de los servidores civiles que prestan servicio al CIAM, los derechos del usuario, las pautas mínimas de convivencia que se debe tener en cuenta durante el uso del servicio en el Centro Integral de Atención al Adulto mayor (CIAM), así como los procedimientos para la admisión y retiro de los usuarios del servicio entre otros;

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 230-2016 de fecha 21 de Julio del 2016 se crea el Centro Integral de atención al Adulto Mayor-CIAM en el Distrito de Santa María del Mar;

Que, a través del informe Nº 008-2024-EIEU la coordinadora del CIAM y DEMUNA remite a la Subgerencia de Servicios Sociales la propuesta del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al adulto mayor-CIAM;

Que, por Informe Nº 054-2024-MDSMM/GSP/SGSS, la Subgerencia de Servicios Sociales, brinda la viabilidad a la propuesta del Reglamento Interno, en el marco de lo dispuesto en el literal d) del artículo 15° del Reglamento de la Ley de la persona Adulto Mayor; para el buen funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor-CIAM del Distrito de Santa María del Mar;

Que, mediante Memorándum Nº 092-2024-MDSMM-GPPI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática emite opinión favorable respecto a la aprobación del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor-CIAM, conforme a los lineamientos normativos vigentes;

Que, por Informe Nº 102-2024-MDSMM/GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta viable la propuesta realizada por la Gerencia de Desarrollo Social, respecto a la aprobación el Reglamento Interno del CIAM de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, al amparo de lo estipulado en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y a la Guía Práctica para la implementación y funcionamiento de los centros integrales de atención al adulto mayor-CIAM, y en el marco de los dispuesto en la Ley Nº 30490- Ley de la Persona Adulta Mayor y su Reglamento;

Que, mediante Memorándum Nº 052-2024-MDSMM-GPPI, la Gerencia de Servicios Públicos emite opinión favorable respecto a la aprobación del Reglamento Interno del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor-CIAM;

Que, mediante Memorándum Nº 204-2024-MDSMM/GM, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, a fin de que se apruebe mediante Decreto de Alcaldía;

Estando a lo expuesto, y ejerciendo las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con la visación de la Gerencia de Servicios Públicos; Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia Municipal y la subgerencia de Servicios Sociales;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- APROBAR el REGLAMENTO INTERNO DE FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO INTEGRAL DE ATENCIÓN AL ADULTO/A MAYOR- CIAM DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARIA DEL MAR, que consta de doce (XII) Títulos, veintidós (22) artículos, y dos (2) Disposiciones Transitorias, Complementarias y Finales.

Artículo 2°.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos a través de la Subgerencia de Servicios Sociales de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar; la implementación del presente reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto/a Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar.

Artículo 3°.- ENCOMENDAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos, Subgerencia de Servicios Sociales, Subgerencia de Informática y Estadística.

Artículo 4°.-  DISPONER a la Secretaría General la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Informática y Estadística en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar www.munisantamariadelmar.gob.pe

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

HUGO MONTEVERDE CERRUTTI

Alcalde

2313416-1