Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0622-2024-RE
Lima, 14 de agosto de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° DGA008832024 de la Dirección General de América, de 25 de julio de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3102 del Despacho Viceministerial, de 30 de julio de 2024, y su proveído 5 de agosto de 2024; el Memorándum N° OPP024902024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 9 de agosto de 2024, que otorgó certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP024932024 de la Oficina de Administración de Personal, de 12 de agosto de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza impulsa, como parte de sus funciones, actividades y acciones destinadas a promover el desarrollo y la integración fronteriza como parte de la Política Exterior del país;
Que, la Dirección de América del Sur es responsable de la promoción y defensa de los intereses y objetivos del Perú en el ámbito político-diplomático de las relaciones bilaterales con los países de América del Sur; y tiene entre sus funciones el apoyar las acciones de ejecución de los proyectos binacionales de integración fronteriza, en coordinación con las dependencias encargadas;
Que, el Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Perú-Chile es un mecanismo de integración fronteriza que se reune anualmente de manera alternada en las ciudades de Tacna (Perú) y Arica (Chile);
Que, la Reunión de Medio Término del Comité de Integración y Desarrollo Fronterizo (CIDF) Perú-Chile, se realizará en la ciudad de Arica, República de Chile, el 20 de agosto de 2024;
Que, la reunión de Medio Término es el mecanismo mediante el cual se realiza el seguimiento a los acuerdos de la XII reunión del CIDF, celebrada del 8 al 9 de noviembre de 2023, en esta ocasión se coordinarán aspectos referidos a la próxima reunión del CIDF, cuya fecha preliminar de realización sería en el cuarto trimestre del presente año;
Que, en ese sentido, se estima importante la participación en la referida reunión, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Raúl Alberto Hidalgo Gallegos, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América; del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Waldo Guillermo Ortega Matías, Subdirector de Integración Fronteriza de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y, del Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Diego Alberto Otárola Azabache, funcionario de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América;
Que, por razones de itinerario, los mencionados funcionarios diplomáticos viajarán a la ciudad de Tacna, departamento de Tacna, el 19 de agosto de 2024, donde pernoctarán para desplazarse por vía terrestre, a la ciudad de Arica, República de Chile, el 20 agosto de 2024, retornando a la ciudad de Lima desde la ciudad de Tacna, departamento de Tacna, el 21 agosto de 2024;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Arica, República de Chile, del 19 al 21 de agosto de 2024, para los fines expuestos en la presente resolución:
• Ministro en el Servicio Diplomático de la República Raúl Alberto Hidalgo Gallegos, Director de Desarrollo e Integración Fronteriza de la Dirección General de América;
• Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Waldo Guillermo Ortega Matías, Subdirector de Integración Fronteriza de la Dirección de Desarrollo e Integración Fronteriza, de la Dirección General de América; y,
• Tercer Secretario en el Servicio Diplomático de la República Diego Alberto Otárola Azabache, funcionario de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (302) 0137175: “Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior – América” y Meta (279) 0000917: “Implementación de los Planes de Desarrollo Fronterizo”; y Códigos POI: AOI00004500234: “Fortalecimiento de las Relaciones para la Integración y la Cooperación con los Países de Sudamérica” y AOI00004500807: “Informar sobre la labor para la Promoción del Desarrollo e Integración Fronterizos”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Raúl Alberto Hidalgo Gallegos |
462.01 |
370.00 |
2 |
740.00 |
Waldo Guillermo Ortega Matias |
462.01 |
370.00 |
2 |
740.00 |
Diego Alberto Otárola Azabache |
462.01 |
370.00 |
2 |
740.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2315975-1