Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE)

Aprueban inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE)

Resolución Directoral

Nº 023-2024-MTC/18

Lima, 7 de agosto de 2024

VISTOS: Memorando Nº 1421-2024-MTC/04.02 de la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, el Memorando Nº 0695-2024-MTC/23 de la Oficina General de Tecnología de la Información, y, el Informe Nº 0753-2024-MTC/18.01, de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 9-A de la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, incorporado por el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1406, dispone la creación del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, en adelante el SCE, el cual es administrado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de uso obligatorio por todas las autoridades de transporte y tránsito terrestre de los tres niveles de gobierno para notificar a los administrados en los procedimientos administrativos vinculados al transporte y tránsito terrestre;

Que, de acuerdo a lo establecido en la Única Disposición Complementaria Final del citado Decreto Legislativo, mediante Decreto Supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones se reglamenta el SCE;

Que, la Ley Nº 31736, Ley que regula la notificación administrativa mediante casilla electrónica, tiene por objeto regular la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos y las actuaciones administrativas emitidas por las entidades de la administración pública sujetas al ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo 004-2019-JUS, y de aquellos previstos en los textos únicos de procedimientos administrativos (TUPA) de las diferentes entidades de la administración pública;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC, se aprobó el Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, con la finalidad de contar con un mecanismo que permita la notificación electrónica confiable, íntegra y segura a los administrados en los procedimientos administrativos vinculados al transporte y tránsito terrestre, incluyendo los procedimientos administrativos sancionadores, a fin de optimizar el uso de los recursos públicos, conforme a los principios de celeridad, eficacia, eficiencia y sostenibilidad ambiental;

Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 3 del citado Reglamento, las disposiciones del mismo, son de cumplimiento obligatorio para las siguientes autoridades administrativas: los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones competentes en materia de transporte y tránsito terrestre, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas Carga y Mercancías - SUTRAN, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y Distritales, así como para la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU;

Que, con Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02, se aprueba la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, en adelante la Directiva, la cual establece el procedimiento de afiliación, acceso, uso y los plazos de implementación del SCE y/o servicios complementarios; así como, la administración y gestión de dicho sistema a cargo del Ministerio de Transportes y Comunicaciones;

Que, el subnumeral VII.2.2 de la Directiva, dispone que conforme a lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC, para la implementación progresiva del SCE, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, mediante resolución directoral, declara la inclusión de las autoridades en materia de transporte y tránsito terrestre al SCE, en la medida que estas progresivamente se vayan incorporando al Sistema; asimismo, el numeral VII.2.3 de la Directiva, dispone que en dichas resoluciones directorales, se establece la fecha de inicio de operaciones del Sistema en cada autoridad, entre otras disposiciones que sean necesarias para la efectiva implementación del Sistema en cada autoridad que se incorpore al mismo;

Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, organismo público descentralizado, competente, entre otros, de la tramitación de procedimientos administrativos sancionadores vinculados al transporte y tránsito terrestre, mediante el Oficio Nº D000065-2023-SAT-JEF solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el acceso al uso del SCE; asimismo, por medio del Oficio Nº D000253-2024-SAT-JEF valida la propuesta de la resolución directoral que aprueba su solicitud de inclusión al SCE;

Que, la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, mediante Memorando Nº 1421-2024-MTC/04.02, remite a la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal la opinión favorable y viabilidad por parte de dicha Oficina, con relación a la solicitud de inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al SCE, así como, la opinión favorable de la Oficina General de Tecnología de la Información, recaída en el Memorando Nº 0695-2024-MTC/23, al amparo de los Informes Nº 0145-2024-MTC/23.01 y Nº 0377-2024-MTC/23.02, respecto a la referida solicitud; de acuerdo con el subnumeral VII.2.1 de la Directiva;

Que, mediante Informe Nº 0753-2024-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, se propone aprobar la Resolución Directoral que dispone la inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al SCE, así como las disposiciones correspondientes para la implementación del inicio de operaciones del SCE para dicha entidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre

Apruébese la inclusión del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el literal d) del numeral 3.1 del artículo 3 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC; y en el numeral VII.2. de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02.

Artículo 2.- Aprobar el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Apruébese el inicio de operaciones del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el cual comienza al día siguiente de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial “El Peruano”.

Artículo 3.- Afiliación de los administrados que van a iniciar procedimientos administrativos y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Los administrados previamente a iniciar un procedimiento administrativo y/o solicitar servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben afiliarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE), conforme a lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC, y al subnumeral VI.5 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02.

Artículo 4.- Afiliación de los administrados con procedimientos administrativos en trámite y/o servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima

Los administrados con procedimientos administrativos en trámite y/o servicios prestados en exclusividad ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben afiliarse al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados desde el inicio de operaciones del mencionado Sistema. Este plazo no suspende el cómputo de los plazos del procedimiento administrativo.

En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la referida entidad, notifica sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica, las notificaciones en los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en el ámbito de su competencia, se realiza únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo 5.- Afiliación de los administrados supervisados, fiscalizados o con procedimientos administrativos sancionadores en trámite ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima

A partir del inicio de operaciones establecido en el artículo 2 de la presente Resolución Directoral, los administrados, independientemente del título habilitante que posean o no, comprendidos en actividades de supervisión y de fiscalización y procedimientos administrativos sancionadores bajo el ámbito de competencia del Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, deben afiliarse obligatoriamente al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, conforme lo establecido en el subnumeral VI.1.8 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02.

En tanto la casilla electrónica no haya sido otorgada, la autoridad competente de la mencionada entidad, notifica sus actos, actuaciones o comunicaciones conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, y una vez otorgada la casilla electrónica al administrado, las notificaciones se realizarán únicamente mediante el Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE) para el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima.

Artículo 6.- Proceso de afiliación a solicitud de parte en la modalidad presencial y virtual ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima

El otorgamiento de la casilla electrónica, bajo la modalidad presencial, ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se realiza conforme a los requisitos dispuestos en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC y a lo establecido en el subnumeral VI.5.1.1 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02, de manera correspondiente.

Asimismo, el otorgamiento de la casilla electrónica, bajo la modalidad virtual, ante el Servicio de Administración Tributaria - SAT de la Municipalidad Metropolitana de Lima, se realiza conforme a los requisitos dispuestos en el artículo 7 del Reglamento del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2020-MTC y a lo establecido en el subnumeral VI.5.1.2 de la Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre, aprobada por Resolución Ministerial Nº 1067-2020-MTC/01.02; para lo cual, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

a) En el caso de personas naturales, el administrado valida su identidad con el DNIe o Clave Sol. En caso no se cuente con dichos elementos, para la validación de la identidad del administrado y la creación del usuario y clave, se solicitan datos aleatorios, tales como, los nombres del administrado, el primer apellido, el segundo apellido, ubigeo, estado civil, entre otros.

b) En el caso de personas jurídicas, la identidad del administrado se valida exclusivamente con la Clave SOL otorgada por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT.

Lo dispuesto en el presente artículo es aplicable para las afiliaciones a las que se hace referencia en los artículos 3, 4, y 5 de la presente Resolución Directoral, de manera correspondiente, salvo que ya se encuentren afiliados al Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre (SCE).

En el supuesto de que el administrado no realice el proceso de afiliación al SCE en los plazos indicados en la presente Resolución Directoral, la autoridad administrativa efectúa la afiliación de oficio, debiendo para ello tener en cuenta lo establecido en el numeral VI.5.2 de la “Directiva del Sistema de Casillas Electrónicas en materia de Transporte y Tránsito Terrestre”.

Artículo 7.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR ADRIAN ARROYO TOCTO

Dirección General de Políticas y

Regulación en Transporte Multimodal

2316415-1