Conceden licencia a docentes de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Ecuador
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN Nº CU-382-2024-UNSAAC
Cusco, 19 de julio de 2024
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Oficio Nº 294-2024-VRIN-UNSAAC, signado con Expedientes Nros. 644385, 650960 y 650589 cursado por el DR. LEONCIO ROBERTO ACURIO CANAL, Vicerrector de Investigación de la Institución, solicitando se emita Resolución concediendo Licencia con goce de haber, a favor de docentes ordinarios: Dr. Luciano Julián Cruz Miranda, Blgo. Percy Yanque Yucra y Dr. José Antonio Ochoa Cámara, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Nº R-693-2020-UNSAAC, de fecha 21 de octubre de 2020, se aprueba el presupuesto en la suma de S/ 213,374.00 para ejecución de gastos del Proyecto de Investigación de nivel intermedio intitulado: “ESTUDIO DE LA DIVERSIDAD Y ESTADO DE CONSERVACION DE LOS MAMIFEROS MENORES EN EL AREA DE CONSERVACION REGIONAL TRES CAÑONES, ESPINAR, CUSCO”, Esquema Financiero E041-2019-01-UNSAAC-02 denominado: Proyectos de Investigación “Programa Yachayninchis Wiñariñanpaq”, de conformidad con la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 059-2020-FONDECYT-DE del 11 de agosto de 2020, bajo responsabilidad del DR. LUCIANO JULIAN CRUZ MIRANDA, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Institución;
Que, a través del documento de Visto, el Vicerrector de Investigación de la Institución, en atención al Oficio Nº 05-2024-ProyectoACR3C/LJCM cursado por el Dr. Luciano Julián Cruz Miranda, como responsable del proyecto antes mencionado, solicita se emita Resolución concediendo Licencia con Goce de haber, del 29 de julio al 02 de agosto de 2024, a favor de los docentes ordinarios: Dr. Luciano Julián Cruz Miranda como Investigador Principal, Blgo. Percy Yanque Yucra y Dr. José Antonio Ochoa Cámara, en su condición de co investigadores, a fin de participar en el CONGRESO LATINOAMERICANO DE ECOLOGIA Y CONSERVACION DE ECOSISTEMAS ALTOANDINOS, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito – Ecuador, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombre completo |
Cargo |
Actividad |
Lugar |
Viáticos |
Detalle |
Fechas |
Luciano Julián Cruz Miranda |
Investigador Principal |
Participación en el Congreso Latinoamericano de Ecología y Conservación de Ecosistemas Altoandinos |
Quito, Ecuador |
2740.00 |
Manutención y hospedaje (06 * 456.6 /día). 4 días de congreso + 2 días de viaje |
29 de julio al 3 de agosto 2024 (6 días) |
Percy Yanqui Yucra |
Co-investigador |
2740.00 |
||||
José Antonio Ochoa Cámara |
Co-investigador |
2740.00 |
||||
Total |
8220.00 |
Que, al efecto con Carta Nº 004-2024-Ecología/FCB/UNSAAC/JAO, el Jefe del Área de Ecología y Ambiente, hace de conocimiento la opinión favorable de los docentes que integran dicha Área;
Que, con Oficios Nros. 284, 285 y 286-2024-FCB-UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ciencias Biológicas, hace de conocimiento que la Junta de Docentes del Departamento Académico de Biología, en Sesión Extraordinaria efectuada el 21 de junio de 2024 y el Consejo de Facultad de Ciencias Biológicas, en sesión extraordinaria del 25 de junio de 2024, han aprobado por unanimidad otorgar Licencia con goce de haber a favor de los docentes ordinarios antes mencionados;
Que, mediante Informes Nros. 082 Y 094-2024-PROCIENCIA-SUSSE-WVVT, el Monitor SUSSE-Cusco PRO CIENCIA Wilbert Villano Tárraga, informa que de acuerdo al Plan Operativo aprobado para el mencionado proyecto de investigación, se tiene programado y presupuestado la petición del Dr. Luciano Julián Cruz Miranda. Sin embargo, en atención al pedido de modificación de partidas presupuestales, formulada con Oficio Nº 05-2024-ProyectoACR3C/LJCM, por el responsable del proyecto de Investigación, emite opinión favorable para dicha modificación, el cual garantice el cumplimiento del indicador, pero debido a que la modificación a realizarse en la partida de pasajes y viáticos, excede al límite máximo establecido en las bases, es la UNSAAC, por ser la entidad que otorga el financiamiento, que en última instancia determine la solicitud de modificación de partida presupuestales;
Que, la Vicerrectora Académica de la Institución, con Oficio Nº 334-2024-VRAC-UNSAAC, teniendo en cuenta el Informe Escalafonario Nro 1041-2024-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL) emitido por la Jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos y la Certificación de Crédito Presupuestario Nº Nota 0000001544 emitido por la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión favorable;
Que, conforme a lo señalado precedentemente, la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, expide la Certificación de Crédito Presupuestario Nota 0000001544 indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme aparece en el Anexo que forma parte de la presente resolución;
Que, obra en el expediente el documento de invitación de fecha 07 de junio de 2024 emitido por el Comité Organizador del evento académico antes mencionado; Carta s/n de fecha 12 de junio de 2024 cursado por la Dra. Martha Mostajo Zavaleta, Carta s/n de fecha 11 de junio de 2024 cursado por la Dra. Isabel Rodríguez Sánchez y Carta s/n de fecha 11 de junio de 2024 cursado por el docente Wilian N. Cárdenas Enriquez, través de los cuales se comprometen a asumir el dictado de las asignaturas que regentan el Dr. Luciano Julián Cruz Miranda como Investigador Principal, Blgo. Percy Yanque Yucra y Dr. José Antonio Ochoa Cámara, por el periodo que demande la realización del Congreso antes mencionado;
Que, a la fecha, en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, la petición ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada en fecha 17 de julio de 2024, siendo aprobado por unanimidad;
Estando a lo solicitado; Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, Resolución Nº R-693-2020-UNSAAC, Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 1544-2024 y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- CONCEDER Licencia con Goce de Haber a favor del DR. LUCIANO JULIAN CRUZ MIRANDA, Profesor Principal a Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Biología, Decano de la Facultad de Ciencias Biológicas y responsable del proyecto Investigación de nivel intermedio intitulado: “ESTUDIO DE LA DIVERSIDAD Y ESTADO DE CONSERVACION DE LOS MAMIFEROS MENORES EN EL AREA DE CONSERVACION REGIONAL TRES CAÑONES, ESPINAR, CUSCO”; asimismo a favor de los co investigadores: BLGO. PERCY YANQUE YUCRA, Profesor Asociado a Dedicación Exclusiva y DR. JOSÉ ANTONIO OCHOA CÁMARA, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo, ambos en el Departamento Académico de Biología de la Facultad de Ciencias Biológicas de la Institución, con la finalidad de participar en el CONGRESO LATINOAMERICANO DE ECOLOGIA Y CONSERVACION DE ECOSISTEMAS ALTOANDINOS, a llevarse a cabo en la ciudad de Quito – Ecuador, a partir del 29 de julio al 02 de agosto de 2024.
Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración, otorgue a favor de los docentes ordinarios: DR. LUCIANO JULIAN CRUZ MIRANDA, BLGO. PERCY YANQUE YUCRA y DR. JOSÉ ANTONIO OCHOA CÁMARA lo siguiente:
- Para cada docente, un (01) día de viatico nacional a S/ 320.00.
- Para cada docente, tres (03) días de viático internacional, a US$ 370.00 día TC S/ 3.80
- Publicación en el Diario Oficial El Peruano, S/ 2,000.00
- Pasajes Cusco-Lima-Quito y viceversa
Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota 0000001544, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimientos de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación de los citados docentes, de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certificado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC.
El Vicerrectorado Académico y la Unidad de Recursos Humanos adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ELEAZAR CRUCINTA UGARTE
Rector
MARÍA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA
Secretaria General (e)
2309176-1