Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan participación de docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco en evento académico que se realizará en Italia

Autorizan participación de docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco en evento académico que se realizará en Italia

UNIVERSIDAD NACIONAL DE

SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO

SECRETARÍA GENERAL

RESOLUCIÓN N° CU-377-2024-UNSAAC

Cusco, 12 de julio de 2024

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:

VISTO, los Oficios N.° 360 y 235-2024-VRAC-UNSAAC, signados con expediente Nro. 634563, presentado por la DRA. PAULINA TACO LLAVE, Vicerrectora Académica de la Institución elevando opinión favorable para otorgar Licencia por Capacitación con Goce de Haber a favor del Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores, para participar en el “25 Congreso Mundial de Filosofía” que se desarrollará en la ciudad de Roma – Italia 2024, los días miércoles 31 de julio al viernes 9 de agosto del 2024 (8 días laborables), y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de Visto, la Vicerrectora Académica de la Institución, en atención a la petición del Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores y Dictamen Legal N.° 267-2024-DAJ-UNSAAC emitido por el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, sobre otorgamiento de apoyo económico, emite opinión favorable por estar determinado en el Marco del Plan de Capacitación Docente 2024 de la Escuela Profesional de Filosofía y eleva los actuados para que se emita Resolución otorgando Licencia por Capacitación con Goce de Haber a favor del Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores, para participar en calidad de Conferencista en el 25 Congreso Mundial de Filosofía” con la ponencia intitulada “El sentido de la justicia en la racionalidad andina”, que se desarrollará en la ciudad de Roma – Italia 2024, los días miércoles 31 de julio al viernes 9 de agosto del 2024 (8 días laborables);

Que, al respecto, mediante Oficio Virtual N.° 551-2024-D-FCS-UNSAAC, el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Institución, en atención a la solicitud de fecha 22 de abril de 2024 formulado por el Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores, docente de la Escuela Profesional de Filosofía y Oficio N.° 099-224/DAFP/FCS/UNSAAC cursado por la Directora de Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la referida Facultad, solicita se conceda Licencia con Goce de Haber a favor del docente antes mencionado; asimismo, se le conceda apoyo económico para pasajes aéreos de Lima-Roma-Roma-Lima, igualmente el viático correspondiente;

Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 30 de abril de 2024, los Docentes del Departamento Académico de Filosofía y Psicología, han aprobado por unanimidad la petición de Licencia con Goce de Haber del Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores; de igual forma, el Consejo de Facultad de Ciencias Sociales, en Sesión Extraordinaria de fecha 10 de mayo de 2024, ha aprobado por unanimidad la solicitud de Licencia del mencionado docente;

Que, obra en el expediente el Informe Escalafonario Nro. 997-2024-SUEP-URH-DIGA-UNSAAC (VIRTUAL) emitido por la Jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos de la Institución, correspondiente a Dr. Fabio Anselmo Sánchez Flores, donde se precisa que el referido docente es nombrado en la categoría y régimen de Profesor Auxiliar a Tiempo Completo, mediante Resolución N.° CU-406-2021-UNSAAC y Resolución CU-095-2022-UNSAAC, Documento de invitación de fecha 8 de abril de 2204 otorgada por la Societá Filosófica Italiana, Declaración Jurada de no tener compromiso pendiente como consecuencia de año sabático o capacitaciones anteriores y Declaración Jurada de no tener obligación pendiente de acreditar grado académico por capacitación anterior;

Que, la petición ha sido puesta a Consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada el 17 de julio 2024, siendo aprobado por unanimidad;

Que, conforme a lo señalado la Jefa de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha expedido el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1595-2024, indicado que existe crédito presupuestal para atender lo solicitado y aclarando;

Estando a lo referido, al acuerdo de Consejo Universitario, Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, Ley 27619, Decreto Supremo 047-2002-PCM, Dictamen Legal N.° 267-2024-DAJ-UNSAAC y en uso de las atribuciones conferidas al Rectorado por la Ley N.° 30220, Ley Universitaria y Estatuto Universitario;

RESUELVE:

Primero.- CONCEDER Licencia por Capacitación con Goce de Haber a favor del DR. FABIO ANSELMO SÁNCHEZ FLORES, Profesor Auxiliar a Tiempo Completo en el Departamento Académico de Filosofía y Psicología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, para participar en calidad de Conferencista, con la ponencia intitulada “El sentido de la justicia en la racionalidad andina” en el “25 CONGRESO MUNDIAL DE FILOSOFÍA” que se desarrollará en la ciudad de Roma – Italia 2024, los días miércoles 31 de julio al viernes 9 de agosto del 2024.

Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la UNSAAC, otorgue APOYO ECONÓMICO a favor del DR. FABIO ANSELMO SÁNCHEZ FLORES, traducido en lo siguiente:

- Dos (2) días de Viáticos, en el importe total de S/ 4,030.00 (TC. 3.731)

- Pasajes y gastos de transporte (Cusco – Lima – Roma (Italia) - Lima- Cusco

- Difusión en Diario Oficial

Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1595-2024, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.

Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimiento de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Quinto.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del citado docente, de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 30 % del monto total y el 70% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento (caso de no adjuntar gastos de alojamiento se tomara hasta un 40% en alimentación), debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, perdiendo el derecho luego del citado periodo, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-0348-2016-UNSAAC de fecha 24 de noviembre de 2016 proporcionados por el Área de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certificado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.

Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Recursos Humanos, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-0348-2016-UNSAAC.

El Vicerrectorado Académico y la Unidad de Recursos Humanos adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ELEAZAR CRUCINTA UGARTE

Rector

MARIA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA

Secretario Genaral (e)

2308862-1