Disponen la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 00046-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS
Lima, 14 de agosto de 2024
VISTO, el Informe N° D00014-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC de la Dirección de Construcción;
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que el Ministerio tiene competencia, entre otras, en la materia de construcción, y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro del ámbito de su competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales;
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 del Decreto Supremo N° 018-2017-PCM, que aprueba medidas para fortalecer la planificación y operatividad del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres mediante la adscripción y transferencia de funciones al Ministerio de Defensa a través del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y otras disposiciones; ordena transferir a partir del día siguiente de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo; Nº 1200, las funciones del Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres – CENEPRED, relativas a Inspecciones Técnicas de Seguridad de Edificaciones a los que se refieren los literales k) y l) del artículo 12 de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, modificada por el referido Decreto Legislativo, al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS);
Que, el artículo 81 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece que la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS) es el órgano de línea del MVCS, responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materia de construcción y saneamiento; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para facilitar servicios de saneamiento y construcciones seguras y sostenibles, especialmente orientada a la población rural o de menores recursos; además regula la promoción de la inversión privada y el desarrollo del mercado inmobiliario, así como la disminución de la informalidad en materia de construcción;
Que, a través de los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 106-2020-VIVIENDA, se encargan diversas funciones a la Dirección de Construcción (DC) y a la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento (DGPRCS), respectivamente, entre ellas, a la DC, de proponer las profesiones afines que cumplan con el perfil profesional para ser inspector/a técnico/a de seguridad en edificaciones; así como a la DGPRCS, para que determine las profesiones afines que cumplan con el perfil profesional para ser inspector/a técnico/a de seguridad en edificaciones;
Que, el artículo 54 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, señala que el inspector es el profesional colegiado y hábil, con título a nombre de la Nación, de las especialidades de arquitectura, ingeniería civil, ingeniería eléctrica, ingeniería electrónica, ingeniería mecánica, ingeniería mecánica eléctrica, ingeniería industrial, ingeniería de seguridad e higiene industrial, ingeniería sanitaria, ingeniería química e ingeniería de minas y profesiones afines que determine el MVCS;
Que, mediante el Informe N° D00014-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DC, la DC sustenta la propuesta de profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones, a que se refiere el artículo 54 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones;
Que, el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas;
Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones, por el plazo de diez (10) días hábiles a fin de recibir comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, modificado por el Decreto Supremo N°064-2018-PCM; la Resolución Ministerial Nº 106-2020-VIVIENDA y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación
Disponer la publicación del proyecto de Resolución Directoral que determina las profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones, en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), por el plazo de diez (10) días hábiles, contado a partir de la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial El Peruano, a efectos de recibir los comentarios, aportes y sugerencias de las personas interesadas.
Artículo 2.- Consolidación
Encargar a la Dirección de Construcción de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, el procesamiento, evaluación e inclusión, de ser el caso, de los comentarios, aportes y sugerencias que se reciban respecto del proyecto citado en el artículo precedente, a través de la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en el siguiente enlace “Profesiones afines al perfil del inspector técnico de seguridad en edificaciones”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAX ARTURO CARBAJAL NAVARRO
Director General
Dirección General de Políticas y Regulación en
Construcción y Saneamiento
2316367-1