Crean la “Condecoración Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana – Mercedes Cabello de Carbonera”
DECRETO REGIONAL
Nº 001-2024-GR/MOQ
16 de febrero de 2024
VISTOS:
El Informe Nro. 046-2024-GRM/GGR-GRDS de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el Informe Nº 056-2024-GRM/GRPPAT-SOMI de la Subgerencia de Organización y Modernización Institucional y el Informe Nº 146-2024-GRM/GGR/ORAJ de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo prescrito en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú y el Artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley 27867, el Gobierno Regional de Moquegua cuenta con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera un pliego presupuestal;
Que, mediante Informe Nº 046-2024-GRM/GGR-GRDS la Gerente Regional de Desarrollo Social remite la propuesta de Normas para la “Condecoración Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana – Mercedes Cabello de Carbonera”;
Que, el Reglamento tiene como objetivo establecer las pautas generales y específicas para los procesos de convocatoria, selección, calificación y otorgamiento del Condecoración de Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana Mercedes Cabello de Carbonera, en el marco del Día Internacional de La Mujer, reconociendo su Orden al Mérito como “Mujer Moqueguana Mercedes Cabello de Carbonera”, otorgada por el Gobierno Regional Moquegua.
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 498-2009-MIMP, se aprueba el Reglamento para el otorgamiento de condecoraciones en el sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, cumpliendo el estado con el rol de visibilizar el trabajo y desempeño que va demostrando este sector en su invaluable aporte a la sociedad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2003-MIMDES, se crea la Condecoración “Orden al Mérito de la Mujer”, visibilizando la labor que vienen cumpliendo las mujeres a favor del país;
Que, en el marco de la Resolución Ministerial Nº 159-2021-MIMP, se ha desarrollado la conmemoración de la “Orden Emérito a las Mujeres del Bicentenario”; encontrándose dentro de ellas la escritora Mercedes Cabello de Carbonera, el cual constituye un precedente;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº011-2007-CR/GRM, de fecha 23 de mayo del 2007 se Institucionaliza el día de la Mujer en la Región Moquegua;
Que, mediante Acta de Directorio de Gerentes Regionales del Gobierno Regional de Moquegua Nro. 001-2024-GRM/MOQ se acordó por unanimidad aprobar la propuesta de Decreto Regional de Creación de la Condecoración Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana – Mercedes Cabello de Carbonera y su reglamento”;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley 27867, la Ordenanza Regional Nº 011-2021-CR/GRM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional de Moquegua, el TUO de La Ley del Procedimiento Administrativo General, normas actualizadas con sus modificatorias, en consecuencia;
DECRETA:
Artículo Primero.- CREÁSE la “Condecoración Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana – Mercedes Cabello de Carbonera”, la misma que será otorgada a la mujer que destaque por su obra o contribución al desarrollo regional, en el marco del Día Internacional de la Mujer; la cual constituye el máximo reconocimiento que el Gobierno Regional de Moquegua otorga a la mujer Moquegua y que busca reivindicar, visibilizar y difundir su aporte al desarrollo de nuestra Región Moquegua.
Artículo Segundo.- APROBAR el “Reglamento para el Otorgamiento de la Condecoración Orden al Mérito de la Mujer Moqueguana – Mercedes Cabello de Carbonera”; cuyo texto en Anexo forma parte integrante del presente Decreto Regional.
Artículo Segundo.- NOTIFICAR el presente Decreto Regional a la Gerencia Regional de Desarrollo Social para la implementación correspondiente y a la Subgerencia de Organización y Modernización Institucional para la entrega del mismo cuando sea requerido por las instancias respectivas.
Artículo Tercero.- El presente Decreto Regional puede ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, más los anexos se publicarán en el Portal electrónico de la Entidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GILIA NINFA GUTIERREZ AYALA
Gobernadora Regional
2265868-1