Aprueban la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
N° 05314-2024-SUCAMEC
Lima, 15 de agosto de 2024
VISTOS:
El Informe Técnico N° 00169-2024-SUCAMEC-OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal N° 05171-2024-SUCAMEC-OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127 se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones;
Que, mediante la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, con el objetivo de alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía y transparente en su gestión, entre otros aspectos;
Que, por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modificatorias, se aprueban los Lineamientos de Organización del Estado, que regulan los principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; estableciendo en su artículo 43 que el Reglamento de Organización y Funciones es un documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene sus competencias y funciones generales; las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;
Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los citados Lineamientos de Organización del Estado, el Reglamento de Organización y Funciones se divide en las Secciones Primera y Segunda, esta última comprende el tercer nivel organizacional en adelante, señalando las funciones específicas asignadas a sus unidades de organización y se aprueba por Resolución del Titular de la entidad;
Que, a través del Informe N° D000311-2024-PCM-SSAP, de la Subsecretaría de Administración Pública de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros, se señala que la estructura de las secciones primera y segunda del proyecto de Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC se ajusta y cumple con las disposiciones de los Lineamientos de Organización del Estado;
Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2024-IN, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 09 de agosto del 2024, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, y deroga el Decreto Supremo N° 004-2013-IN Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2024-IN, dispone que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, se aprueba mediante Resolución del titular de la entidad, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación del Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano;
Que, en ese sentido, a través del Informe Técnico N° 00169-2024-SUCAMEC-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustenta la aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC;
Que, asimismo, mediante Informe Legal Nº 05171-2024-SUCAMEC-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, cuenta con opinión técnica competente y, dado que cumple con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente y que se encuentra en el marco de las competencias y funciones de la SUCAMEC, corresponde su aprobación mediante Resolución de Superintendencia;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC;
De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127 que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC; la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, y;
Con el visado de la Gerenta General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y del Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la SUCAMEC
Apruébese la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, en función a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo N° 007-2024-IN, la que consta de un (01) Título, cuarenta y seis (46) Artículos y dos (02) Anexos, que contienen la Estructura Orgánica y el Organigrama de la SUCAMEC, respectivamente; que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Financiamiento
Establecer que la implementación de lo dispuesto en la presente resolución se financia con cargo al presupuesto institucional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, en el marco de las leyes anuales de presupuesto, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la SUCAMEC (www.gob.pe/sucamec). Asimismo, publicar el texto íntegro de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC en el portal institucional de la SUCAMEC en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TEÓFILO MARIÑO CAHUANA
Superintendente Nacional
2315765-1