Aprueban la entrega de subvenciones a favor de los ganadores beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2024”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 231-2024-MINCETUR
Lima, 15 de agosto del 2024
VISTOS, el Informe N° 0141-2024-MINCETUR/VMT/DGA-DOS y el Informe N° 0027-2024-MINCETUR/VMT/DGA-AMD de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, el Informe N° 0255-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, establece que el referido Ministerio, en materia de turismo, promueve, orienta y regula la actividad turística, con el fin de impulsar su desarrollo sostenible, incluyendo la promoción, orientación y regulación de la artesanía;
Que, el artículo 24 de la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal, establece que el Estado reconoce a la artesanía como un recurso turístico incorporable en todos los productos turísticos del Perú;
Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se asigna recursos en el pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 5 175 000,00 (CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y CINCO MIL Y 00/100 SOLES) para financiar el otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores beneficiarios del concurso público llevado a cabo en el marco de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal, las mismas que se aprueban por resolución del titular del pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, previo informe favorable de su oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego y se publica en el diario oficial El Peruano;
Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final, dispone que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante resolución ministerial, aprueba la “Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal”; y es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de las metas para los cuales fueron entregados los recursos públicos;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 064-2024-MINCETUR, se aprueba la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal denominada “SOMOS ARTESANÍA - 2024”, en adelante La Estrategia, la cual determina las condiciones para el otorgamiento de subvenciones concursables a favor de unidades económicas artesanales a nivel nacional, con el fin de cofinanciar capital de trabajo para producción, promoción, comercialización y/o articulación comercial de artesanías;
Que, el sub numeral 7.1 del numeral 7 de La Estrategia, establece que el Comité Interno de Selección y la Coordinación Técnica, a cargo de la Dirección General de Artesanía, tienen a su cargo la gestión de La Estrategia;
Que, de acuerdo a lo previsto en el literal e) del sub numeral 7.3 del numeral 7 de La Estrategia, el Comité Interno de Selección, en la sesión del 31 de julio de 2024, aprueba el “Listado de Propuestas Elegibles, Concurso Público de la Estrategia “SOMOS ARTESANÍA – 2024”, propuesto por la Coordinación Técnica, a cargo de la Dirección General de Artesanía, el que contiene los datos de los beneficiarios y el monto de Subvención que se le otorgará;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Dirección General de Artesanía en su calidad de Coordinación Técnica de La Estrategia, da cuenta que se ha cumplido con las etapas del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2024” hasta la etapa de “Evaluación y Selección”, específicamente hasta la fase “Confirmación de participación” de conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 2.5 de las Bases del Concurso Público, aprobada por el Comité Interno de Selección el 20 de marzo de 2024, y conforme a las disposiciones establecidas en La Estrategia;
Que, en el marco de lo establecido en la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, mediante el documento de Vistos, la Oficina de Planificación y Presupuesto de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo emite opinión favorable para que mediante Resolución Ministerial se apruebe el otorgamiento de subvenciones a favor de los ganadores beneficiarios del concurso público realizado en el marco de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el otorgamiento de las respectivas subvenciones a los ganadores del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2024”, según se detalla en el Anexo denominado LISTADO DE GANADORES BENEFICIARIOS - CONCURSO PÚBLICO DE LA ESTRATEGIA “SOMOS ARTESNÍA – 2024”, el mismo que cuenta con la conformidad del Comité Interno de Selección y de la Coordinación Técnica a cargo de la Dirección General de Artesanía;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 29073, Ley del Artesano y del Desarrollo de la Actividad Artesanal; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Resolución Ministerial N° 064-2024-MINCETUR, que aprueba la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2024”; y el Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la entrega de subvenciones a favor de los ganadores beneficiarios del Concurso Público de la Estrategia para Reactivar y Promover la Actividad Artesanal “SOMOS ARTESANÍA - 2024”, según se detalla en el Anexo: LISTADO DE GANADORES BENEFICIARIOS - CONCURSO PÚBLICO DE LA ESTRATEGIA “SOMOS ARTESNÍA – 2024”, el cual forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELIZABETH GALDO MARÍN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2315853-1