Aprueban los “Lineamientos para la designación y remoción de miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 271-2024-MIMP
Lima, 14 de agosto de 2024
VISTOS: la Nota Nº D000475-2024-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, la Nota Nº D000427-2024-MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota Nº D000064-2024-MIMP-DSB y el Informe Técnico Nº D000003-2024-MIMP-DSB-ABAM de la Dirección de Sociedades de Beneficencia, el Informe Nº D000089-2024-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, el Memorándum Nº D000864-2024-MIMP-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº D000425-2024-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), establece que el Ministerio, diseña, establece, promueve, ejecuta y supervisa políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia, en adelante Decreto Legislativo Nº 1411, se establece el marco normativo que regula la naturaleza jurídica, el funcionamiento, la estructura orgánica y las actividades de las Sociedades de Beneficencia, con la finalidad de garantizar servicios adecuados a la población en condición de vulnerabilidad en el ámbito donde funcionan, con criterios homogéneos y estándares de calidad;
Que, los artículos 2 y 6 del Decreto Legislativo Nº 1411 señalan que las Sociedades de Beneficencia tienen por finalidad prestar servicios de protección social de interés público en su ámbito local provincial, a las niñas, niños, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad y personas adultas mayores que se encuentren en situación de riesgo o vulnerabilidad, de manera complementaria a los servicios que presta el Estado, bajo los enfoques de derechos, género, intercultural e intergeneracional y cuenta con una estructura orgánica mínima necesaria compuesta por el Directorio y la Gerencia General;
Que, asimismo, de acuerdo al numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1411, las Sociedades de Beneficencia se encuentran bajo la rectoría del MIMP;
Que, el último párrafo del artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1411 prevé que el MIMP emite lineamientos necesarios para la implementación de buenas prácticas de gestión, mecanismos de integridad y lucha contra la corrupción, transparencia, recursos humanos, entre otros temas que resulten necesarios para la buena gestión de las Sociedades de Beneficencia;
Que, por su parte, el numeral 8.1 del artículo 8 del mismo Decreto Legislativo Nº 1411 señala que el MIMP emite los lineamientos necesarios para la designación de los miembros del Directorio;
Que, con la Resolución Ministerial Nº 128-2019-MIMP se aprueban los “Lineamientos para la designación y remoción de los miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia”;
Que, el artículo 101 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 362-2023-MIMP, en adelante el ROF del MIMP, establece que la Dirección General de la Familia y la Comunidad, es el órgano de línea encargado de diseñar, promover, coordinar, realizar el seguimiento y evaluar las políticas nacionales, planes, programas y proyectos para la promoción y fortalecimiento de las familias, la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, así como para la adecuada atención de la población por las Sociedades de Beneficencia;
Que, asimismo, el literal a) del artículo 102 del ROF del MIMP, establece como función de la precitada Dirección General, proponer proyectos normativos, políticas, planes estratégicos, programas y disposiciones administrativas obligatorias u orientadoras para la promoción y protección de los derechos de las personas adultas mayores, el fortalecimiento de las familias y la adecuada gestión de las Sociedades de Beneficencia;
Que, en ese contexto, la Dirección General de la Familia y la Comunidad, a través de la Nota Nº D000427-2024-MIMP-DGFC y el Informe Técnico Nº D000003-2024-MIMP-DSB-ABAM, este último elaborado por la Dirección de Sociedades de Beneficencia, sustenta y propone la necesidad de aprobar los nuevos “Lineamientos para la designación y remoción de miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia”, sobre la base de los argumentos que se exponen en el citado Informe Técnico; y, como consecuencia de ello, se derogue la Resolución Ministerial Nº 128-2019-MIMP;
Que, con Memorándum Nº D000864-2024-MIMP-OGPPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo y remite el Informe Nº D000089-2024-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional, mediante el cual considera viable la aprobación de los mencionados Lineamientos;
Que, mediante Informe Nº D000425-2024-MIMP-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de emisión de la presente Resolución Ministerial;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Secretaría General, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Decreto Legislativo Nº 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial Nº 362-2023-MIMP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los “Lineamientos para la designación y remoción de miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia”, que como Anexo forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Ministerial Nº 128-2019-MIMP que aprueba los “Lineamientos para la designación y remoción de los miembros del Directorio y Gerente/a General de las Sociedades de Beneficencia”.
Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Sociedades de Beneficencia de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, difunda y brinde asistencia técnica a los distintos niveles de gobierno facultados para designar miembros del Directorio de las Sociedades de Beneficencia.
Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.gob.pe/mimp), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANGELA TERESA HERNANDEZ CAJO
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
2315607-1