Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF

Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº 000099-2024-INABIF/DE

Lima, 13 de agosto del 2024

VISTOS:

El Informe Nº 000009-2024-INABIF/URH de la Unidad de Recursos Humanos; los Informes Nºs 000032 y 000045-2024-INABIF/UPPM de la Unidad de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y el Informe Nº 000334-2024/INABIF-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 213-2024-MIMP, se aprueba el Manual de Operaciones del INABIF - MOP del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, en el cual se determina que la finalidad del INABIF, es contribuir con el desarrollo integral de las familias en situación de vulnerabilidad y riesgo social, con énfasis en niños, niñas, adolescentes, personas adultas mayores, en situación de abandono, y propiciar su inclusión en la sociedad y el ejercicio pleno de sus derechos;

Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR/PE, se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, con el objetivo de “Establecer y precisar las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones”;

Que, el literal c) del numeral 5.1 de la Directiva, define al Manual de Clasificador de Cargos (MCC) como el “Documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad”;

Que, el subnumeral 5.2.3 del numeral 5.2 de la Directiva, señala como responsabilidad de la Oficina de Recursos Humanos (ORH), o la que haga sus veces, entre otras, elaborar la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos - MCC y/o sus modificaciones, así como el informe técnico sustentatorio;

Que, el subnumeral 5.2.4 del numeral 5.2 de la Directiva, señala como responsabilidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), entre otras, emitir opinión sobre las propuestas de MCC en lo referido al alineamiento de cargos, con los órganos y las unidades orgánicas, entre otro, del Manual de Operaciones (MOP) vigente;

Que, el subnumeral 6.1.8 del numeral 6.1 de la Directiva, prevé que en caso la entidad constituya una entidad Tipo B, previo a la aprobación del MCC por parte del titular, debe remitir su propuesta al titular de la entidad Tipo A a la que se encuentra adscrita, la cual a través de su Oficina de Recursos Humanos, o la que haga las veces, evalúa el proyecto recibido estando a la Directiva y en atención a su propio MCC; disposición con la cual se ha cumplido al constituir el INABIF una entidad pública tipo B, habiendo emitido opinión favorable al respecto la Oficina General de Recursos Humanos del MIMP a través del Oficio Nº D000575-2024-MIMP-OGRH, haciendo suyo el Informe Nº D000537-2024-MIMP-OPTP;

Que, el subnumeral 6.1.7 de la Directiva establece que, al obtener la validación, el Titular de la Entidad aprueba el Manual de Clasificador de Cargos y gestiona la publicación de la resolución conforme lo señala la citada norma;

Que, el MOP del INABIF en su artículo 7 establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del INABIF; por lo que le corresponde aprobar el Manual de Clasificador de Cargos en concordancia con el literal j) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM;

Que, la Unidad de Recursos Humanos, emite el Informe Nº D000009-2024- INABIF/URH en el cual concluye, entre otros, que la propuesta de Manual de Clasificador de Cargos del INABIF contiene los cargos estructurales de la entidad necesarios para que las unidades y subunidades cumplan con las funciones mínimas indispensables dispuestas en el Manual de Operaciones de la entidad;

Que, la Unidad de Planeamiento Presupuesto y Modernización, a través de los Informes Nºs 000032 y 000045-2024-INABIF/UPPM ha emitido opinión favorable para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos del INABIF;

Con las visaciones de la Unidad de Recursos Humanos, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Unidad de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR/PE, en el Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y en el Manual de Operaciones del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF, aprobado por Resolución Ministerial Nº 213-2024-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DEROGAR el artículo 2 de la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 142 de fecha 08 de noviembre de 2023.

Artículo 2.- APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, que como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y el mismo día de la citada publicación, se publica con su Anexo, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal de Transparencia, y en el Portal Institucional del INABIF (www.gob.pe/inabif).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JESSICA MELINA RUIZ ATAU

Directora Ejecutiva

2315504-1