Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves del distrito de Yurimaguas en la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 000237-2024-VMPCIC/MC
San Borja, 13 de agosto del 2024
VISTOS; el Informe Nº 000779-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe Nº 000580-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación Nº 000518-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;
Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;
Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fiestas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras;
Que, agrega la norma que dicho patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social;
Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;
Que, por medio de los Oficios Nº 0164-2024-MPAA-A y Nº 0265-2024-MPAA-A, el alcalde de la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas remite el expediente que sustenta la declaración de Patrimonio Cultural de la Nación de la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves;
Que, mediante el Informe Nº 000580-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección de Patrimonio Inmaterial remite los antecedentes administrativos organizados a mérito de la solicitud presentada para declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves del distrito de Yurimaguas, en la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto;
Que, a través del Informe Nº 000779-2024-DGPC-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural recomienda declarar como Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves del distrito de Yurimaguas, en la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto;
Que, el origen del culto a la Virgen de las Nieves se relaciona con el milagro acontecido en Roma, Italia, el 5 de agosto del año 358 cuando, durante la temporada de verano, el monte Esquilino se vio cubierto de nieve. Acorde con la tradición, esa misma noche el papa Liberio, al mismo tiempo que una pareja de esposos, tuvo una visión en donde la virgen le solicitaba erigir un templo en el lugar exacto donde ocurrió el acontecimiento. La iglesia construida recibe diversos nombres, entre ellos: basílica liberiana, Santa María del pesebre y Santa María de las Nieves. No obstante, se le designa definitivamente como Santa María la mayor;
Que, Yurimaguas es la capital del distrito homónimo y de la provincia de Alto Amazonas ubicada en el departamento de Loreto. Su territorio se encuentra localizado al sur de la región y limita por el oeste, con el distrito de Balsapuerto; por el sur, con el departamento de San Martín; por el este, con el distrito de Teniente César López Rojas y; por el norte, con los distritos de Santa Cruz y Jeberos. Su altura oscila entre los 70 y 220 m.s.n.m. y cuenta con un clima tropical, propio de la selva baja, que varía entre los 21ºC y 31ºC;
Que, según el Censo Nacional de Población, Vivienda y Comunidades Indígenas (INEI, 2017), el distrito de Yurimaguas cuenta un total de 92 882 habitantes quienes residen, en su mayoría, en áreas urbanas (82,94%);
Que, la fundación de Yurimaguas se encuentra íntimamente ligada a la labor evangelizadora y proteccionista del sacerdote jesuita alemán, Samuel Fritz (1654-1725). De acuerdo con el investigador Jean Pierre Goulard, el sacerdote fue enviado al río Amazonas por pedido de los indígenas omaguas quienes solicitaron un misionero que los proteja de las fuerzas portuguesas. Asimismo, estuvo a cargo de la fundación de 38 reducciones-misiones desde el río Napo hasta el río Negro. Frente al ataque de los portugueses por el río Napo, Fritz se vio obligado a evacuar junto con indios aizuares, ibanomas y yurimaguas para establecerse en el nuevo pueblo de Nuestra Señora de las Nieves de Yurimaguas. Como hito histórico en la fundación del pueblo hacia 1713, destaca el inicio de la construcción de la iglesia dedicada a la Virgen de las Nieves;
Que, tras tres años de cautivo en Pará, el padre Samuel Fritz retorna a la reducción Nuestra Señora de las Nieves de Yurimaguas, encontrándola despoblada y con su iglesia en llamas. De forma milagrosa, el único objeto que se mantuvo en pie fue el lienzo de la Virgen de las Nieves. Otro relato se desliga de los escritos del sacerdote peruano Carlos Murayari, quien señala que cuando los miembros de la Congregación de la Pasión –también llamados pasionistas– arribaron a Yurimaguas llevaron la imagen de la Virgen de las Nieves y la eligieron patrona para que atenúe el calor en la zona;
Que, el culto a la Virgen de las Nieves en Yurimaguas ha tenido un desarrollo accidentado a lo largo del tiempo. Es así como, entre 1905 y 1927, la ciudad celebraba suntuosamente las festividades de sus dos patronas: la Virgen del Carmen el 10 de julio y la Virgen de las Nieves el 5 de agosto. Tras veinte y dos años de coexistencia, ambos patronazgos fueron puestos a consideración del Vaticano para su discernimiento. Así, en 1927, el Papa Pío XI declara a la Virgen de las Nieves como única Patrona de Yurimaguas; y, en 1974, el Obispo de Yurimaguas, Miguel Irízar Campos, transfiere las antiguas Cabezonías de la fiesta Patronal al Concejo Provincial de Alto Amazonas;
Que, las celebraciones asociadas a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves se desarrollan del 4 al 15 de agosto y comprenden: procesiones, paseos, competencias deportivas y fiestas en los diversos barrios;
Que, la festividad de la Virgen de las Nieves es organizada y liderada por doce cabezonías, las cuales están conformadas por un mayordomo y sus ayudantes. El mayordomo es el responsable de la supervisión, el control y la ejecución de las actividades programadas como cabezonía; asimismo, coordina con las otras cabezonías. Mientras tanto, los ayudantes realizan la parte más operativa: preparación de comidas y bebidas, cortada y prendida de la “Húmisha” y conformar los “Bombo Baile” como músicos. En total, ciento noventa y cinco personas integran las cabezonías siendo la más representativa la cabezonía “Grau Putumayo” con 28 integrantes;
Que, la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves se desarrolla a través de seis fases. En la primera fase se abordan los actos previos a la celebración, los cuales incluyen reuniones con la autoridad de turno para coordinar la serenata, la velada y el traslado en procesión hacia la capilla que estará al cuidado de la virgen durante la fiesta. Una vez coordinadas dichas acciones, se pone en marcha la expresión. La segunda fase inicia el 4 de agosto con la misa que se celebra en la Catedral de Yurimaguas –o Catedral de la Virgen de las Nieves– y continúa con el recorrido de la virgen por la plaza mayor. Su trayecto es acompañado por una banda de músicos que ejecuta las melodías correspondientes a su himno;
Que, posteriormente, se lleva a cabo la serenata en su honor con la participación de diversos grupos culturales de baile, canto y actuación. Por último, los cabezones de turno cargan en andas a la santa patrona para dirigirla a la iglesia que la albergará durante la primera noche de la festividad. A este momento se le denomina “Albazo”, el anuncio del aniversario de la Virgen de las Nieves, donde se recuerda su milagrosa aparición que hizo nevar el monte Esquilino;
Que, la tercera fase da inicio el 5 de agosto con el “Rosario de la Aurora” que se realiza en la iglesia donde pasó la noche la virgen. Más tarde, entre danzas y músicas tradicionales como el bombo baile, la santa patrona es trasladada por los cabezones hacia la plaza de armas para ser colocada en el altar donde permanece durante los once días de la fiesta. En esta fase el alcalde brinda un pregón en la plaza que continúa con la cuñushqueada y poncheteada y una posterior misa. El tercer momento culmina con el paseo de la “vaca loca” y la fiesta popular en los barrios, asentamientos humanos y coseves de la ciudad;
Que, la cuarta fase inicia el día 6 de agosto con la feria de venta de comidas y bebidas tradicionales de Yurimaguas. Los asistentes a la festividad y los visitantes pueden degustar platos durante diez días. Así también, se realizan concursos de, por ejemplo, peladoras de plátano, corredoras de tinajas, retaleadoras de pescado –personas que se dedican a limpiar y descamar el pescado– entre otros;
Que, la quinta fase acontece el día 10 de agosto en que se realiza el famoso corso patronal en honor a la Virgen de las Nieves donde cada institución participante –sea pública o privada– presenta un carro alegórico vinculado a las estampas tradicionales de Yurimaguas y/o a la cosmovisión amazónica. Por la noche, se realiza la velada general organizada por todas las cabezonías de la ciudad, en donde se presentan agrupaciones de bombo baile y pandilla para venerar a la santa patrona. Este momento es acompañado por la degustación de bocaditos tradicionales de la zona como juanes, rosquitas, chicha de maíz y masato de yuca;
Que, la sexta y última fase toma lugar el último día de la fiesta patronal con la celebración de la última misa tedeum, el pregón del alcalde en la plaza de armas y la premiación de los ganadores de los concursos realizados a lo largo de la festividad. El cortado y tumbado de la “humisha”, a cargo de las cabezonías, marca el final de la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves. En la Amazonía, se le denomina “humisha” a la actividad de adornar un árbol con diversos obsequios para luego derribarlo al ritmo de la música y una fiesta; es el símil de la “yunza” o “cortamonte”. Por la noche, el espectáculo de los juegos artificiales deleita a grandes y pequeños;
Que, entre la tercera y sexta fase se desarrolla una actividad trascendental para la festividad: “la vaca loca”. Se trata de una vaca elaborada en base a fierro y tocuyo y decorada con globos y otros enceres que cargan dos hombres a manera de máscara completa para acompañar el trayecto de la Virgen de las Nieves. Por iniciativa de los cabezones, “la vaca loca” puede salir a recorrer las calles en una o varias de las noches del novenario. Estas noches de diversión se caracterizan por los desenfrenados ataques de “la vaca loca” al público acompañados de música chocarrera;
Que, la música y danza del bombo baile y la pandilla acompañan el desarrollo de la festividad de inicio a fin. Se trata de una música de ritmo rápido y alegre. Para su ejecución, se emplean instrumentos de la zona como la quena, el tambor y el bombo. Siguen la música bailarines con movimientos rápidos y efusivos. Especialmente, el tumbado de la “humisha” se lleva a cabo al ritmo del bombo baile y la pandilla. Mientras danzan, los participantes y asistentes rodean, poco a poco, la palmera hasta dar marcha al tumbado;
Que, la Catedral de Yurimaguas o el Templo Virgen de las Nieves –lugar donde se realiza algunas fases de la festividad– se encuentra en proceso de ser declarada inmueble de valor monumental integrante del Patrimonio Cultural de la Nación. De acuerdo con la Resolución Directoral Nº 000132-2023-DGPC/MC del Ministerio de Cultura el inmueble posee significación para la memoria histórica de la ciudad de Yurimaguas, pues la época de su construcción corresponde a la etapa de consolidación de una sociedad multicultural de frontera;
Que, el plan de salvaguardia contempla cinco amenazas a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves con sus respectivas medidas y responsables. En primera instancia, frente a la baja transmisión de la festividad a las nuevas generaciones, se propone como medida que las cabezonías realicen una amplia difusión de la expresión en las instituciones educativas. En segundo lugar, los cambios de gestión local se avizoran como una amenaza para la ejecución de la expresión. Frente a ello, se propone como medida afirmar la relevancia de la declaratoria ante el consejo municipal. En tercer lugar, se identifica como amenaza la baja transmisión de saberes y conocimientos asociados a la preparación de los platillos tradicionales que componen un elemento fundamental de la festividad. Al respecto, se plantea la realización de talleres para la enseñanza y transmisión de estos conocimientos, a cargo de las cabezonías;
Que, en cuarto lugar, se encuentra como peligro la pérdida de los saberes asociados a las técnicas de elaboración de utensilios para la preparación de los platos tradicionales. Se propone, igualmente, que las cabezonías organicen talleres para su enseñanza y transmisión. Por último, se identifica como amenaza la reducción de conjuntos musicales tradicionales de bombo bailes y titineros. Al respecto, se sugiere que las cabezonías y el municipio provincial realicen transferencias de conocimiento a músicos tradicionales;
Que, conjuntamente con las referencias citadas, en el Informe Nº 000580-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y significado de la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves, motivo por el cual dicho informe constituye parte integrante de esta resolución conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC, se aprueba la Directiva Nº 003-2015-MC, “Directiva para la declaratoria de las manifestaciones de patrimonio cultural inmaterial y de la obra de grandes maestros, sabios y creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y declaratoria de interés cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias su declaración como Patrimonio Cultural de la Nación así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;
Con los vistos de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Loreto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva Nº 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a la Fiesta Patronal Virgen de las Nieves del distrito de Yurimaguas en la provincia de Alto Amazonas del departamento de Loreto, por tratarse de una manifestación cultural que se erige como fuente de identidad, fe y religiosidad para la población local, estando fuertemente relacionada con los hitos fundacionales y la memoria histórica de Yurimaguas; y por promover y difundir los saberes y conocimientos asociados a la elaboración de platillos tradicionales de la cocina amazónica; todo lo cual la hace una festividad generadora de sentidos de unidad y pertenencia.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Loreto y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la resolución en el diario oficial “El Peruano”. Asimismo, disponer su difusión en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) conjuntamente con el Informe Nº 000580-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC.
Artículo 4.- Notificar esta resolución y el Informe Nº 000580-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Loreto y a la Municipalidad Provincial de Alto Amazonas, para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN INES VEGAS GUERRERO
Viceministra de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales
2315196-1