Ordenanza Municipal que Regula el Régimen de Tenencia y Registro de Canes y Felinos Domésticos en el Distrito de Santa Rosa
ORDENANZA Nº 568/MDSR
Santa Rosa, 19 de julio del 2024
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA
VISTO en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorándum Nº 878-2024-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Legal Nº 194-2024-MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum Nº 0230-2024-GPP/MDSR de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 089-2024-GMDS/MDSR de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, el Informe Técnico Nº 01-2024-SGFYC-GAT/MDSR de la Subgerencia de Fiscalización y Control, el Informe Nº 309-2024-SGMALP-GGASC/MDSR de la Subgerencia del Medio Ambiente y Limpieza Pública, el Informe Circular Nº 002-2024-GMDS/MDSR de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, el Informe Técnico Nº 004-2024-SGSS-GMDS/MDSR de la Subgerencia de Salud y Sanidad, el Memorándum Nº 071-2024-GMDS/MDSR de la Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, el Memorándum Nº 943-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 024-2023-MDSR/SG de la Secretaría General, así como la Carta Nº 005-2023-MEGM/MDSR del Regidor Manuel Eulogio Guillermo Mena;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, la administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa;
Que, el numeral 4.2 del artículo 80º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, prescribe que es competencia municipal controlar la sanidad animal en sus respectivas jurisdicciones;
Que la Ley Nº 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal, prohíbe todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente a los animales;
Que, la Ley Nº 27265, Ley de Protección a los animales domésticos y a los animales silvestres mantenidos en Cautiverio, declara de interés nacional la protección a todas las especies de animales domésticos y animales mantenidos en cautiverio contra todo acto de crueldad causado o permitido por el hombre, directa o indirectamente, que les ocasione sufrimiento innecesario, lesión, muerte;
Que el artículo 10º de la Ley Nº 27596, que regula el Régimen Jurídico de Canes y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2002-SA, modificado mediante Resolución Ministerial Nº 841-2003-SA/DM, establece la competencia de las Municipalidades en lo que respecta al régimen administrativo de la tenencia de canes, en ese sentido la Tercera Disposición Transitoria Final de la citada Ley, establece que las municipalidades distritales y provinciales dictarán las normas reglamentarias necesarias para su aplicación;
Que, el artículo 124º de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que los órganos desconcentrados o descentralizados quedan facultados para disponer, dentro de su ámbito, medidas de prevención y control de carácter general o particular en las materias de su competencia;
Que, el Artículo 1979º del Código Civil, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 295, señala que el dueño de un animal o aquel que lo tiene a su cuidado debe reparar el daño que este cause;
Que, mediante Carta Nº 005-2023-MEGM/MDSR, el Regidor Manuel Eulogio Guillermo Mena, presenta la propuesta de Ordenanza Municipal que Regula el Régimen de Tenencia y Registro de Canes y Felinos Domésticos en el Distrito de Santa Rosa;
Que, estando a los documentos obrantes en los vistos emitidos por las diferentes unidades orgánicas de la entidad, se sustenta la necesidad para la aprobación de la propuesta de Ordenanza Municipal que Regula el Régimen de Tenencia y Registro de Canes y Felinos Domésticos en el Distrito de Santa Rosa;
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 9º, artículo 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por UNANIMIDAD, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE REGULA
EL RÉGIMEN DE TENENCIA Y REGISTRO DE CANES Y FELINOS DOMÉSTICOS EN EL
DISTRITO DE SANTA ROSA
Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza Municipal que Regula el Régimen de Tenencia y Registro de Canes y Felinos Domésticos en el Distrito de Santa Rosa, la cual consta de diecisiete (17) títulos, dos (2) capítulos, cuarenta y ocho (48) artículos, tres (3) disposiciones transitorias, ocho (8) disposiciones complementarias y finales, cuyo contenido y como anexo forma parte integrante del presente documento.
Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda norma que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las medidas complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de la Mujer y Desarrollo Social, Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios a la Comunidad, Subgerencia de Salud y sanidad, así como a la Subgerencia de Fiscalización y Control el cumplimiento de la presente ordenanza.
Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación el texto íntegro de la presente ordenanza, incluyendo su anexo, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa www.munimdsr.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.perú.gob.pe, entrando en vigencia a partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GEORGE ROBLES SOTO
Alcalde
2312525-1