Modifican la Res. Adm. Nº 000182-2024-CE-PJ para establecer el 21 de octubre de 2024 como nueva fecha de inicio de funciones de la Unidad Modelo de Flagrancia Tipo I en el Distrito Judicial de Cusco
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA
N° 000267-2024-CE-PJ
Lima, 9 de agosto del 2024
VISTO:
El Oficio N° 000270-2024-ST-CNF/PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, a través de la Resolución Administrativa N° 000266-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el Plan de Implementación de las Unidades de Flagrancia Delictiva en el Poder Judicial, identificando la necesidad de crear unidades modelo de flagrancia delictiva por tipología a nivel nacional, las cuales están diseñadas para el tratamiento exclusivo del proceso inmediato en casos flagrantes, precisando que para el caso de la jurisdicción de Cusco, se ha previsto una unidad modelo de flagrancia Tipo I (cada unidad modelo de flagrancia cuenta con 4 Juzgados de Investigación Preparatoria y 3 Juzgados Penales Unipersonales).
Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000182-2024-CE-PJ se dispuso la implementación de la Unidad Modelo de Flagrancia en los Distritos Judiciales de Piura, Ica y Cusco; así como la toma de medidas administrativas, precisando que la implementación en el Distrito Judicial de Cusco está prevista para el 24 de octubre de 2024.
Tercero. Que la implementación de las Unidades Piloto y Unidades Modelo de Flagrancia Delictiva, no solo implica la creación de órganos jurisdiccionales, despachos fiscales, defensores públicos y policías especializados, sino que este debe de ir más allá, importa además la necesidad de contar con infraestructura o espacios físicos, que permitan albergar en una sola instalación a los cuatro operadores de justicia (Poder Judicial, Ministerio Público, Defensores Públicos y Policía Nacional), a efectos de desarrollar una labor articulada reduciendo los tiempos en el trámite del proceso, a fin de dar una respuesta inmediata en los casos de flagrancia delictiva.
Cuarto. Que, las unidades de flagrancia delictiva se caracterizan por reunir y/o agrupar en un solo inmueble a las instituciones que intervienen en el trámite del proceso inmediato, procedente de un delito en flagrancia delictiva, donde los actores del sistema de justicia cumplen roles específicos como son: i) La Policía Nacional del Perú - PNP, ii) El Ministerio Público, iii) El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y, iv) El Poder Judicial, labor que de manera articulada, tiene como propósito brindar una respuesta inmediata, eficaz, eficiente y transparente frente a los delitos en flagrancia.
Quinto. Que, del seguimiento y monitoreo al proceso de implementación a la unidad de flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Cusco, se ha identificado la necesidad de modificar la fecha de implementación de esta unidad, para el 21 de octubre de 2024 por razones de orden técnico y protocolar.
Sexto. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 1063-2024 de la vigésima octava sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 7 de agosto de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Cáceres Valencia por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar el artículo segundo de la Resolución Administrativa N° 000182-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que dispone la creación de la Unidad Modelo de Flagrancia Tipo I en el Distrito Judicial de Cusco, señalándose como nueva fecha de inicio de funciones a partir del 21 de octubre de 2024; subsistiendo los demás artículos que contiene.
Artículo Segundo.- Disponer que la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en coordinación con la Gerencia General del Poder Judicial, realicen visitas de monitoreo in situ, a fin de realizar el seguimiento y monitoreo del proceso de implementación de la Unidad Modelo de Flagrancia de la referida Corte Superior.
Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, Gerencia de Infraestructura Inmobiliaria, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cusco; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2314604-1