Autorizan viaje de funcionarios diplomáticos a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 0598-2024-RE
Lima, 2 de agosto de 2024
VISTOS:
El Memorándum N° DGA007732024 de la Dirección General de América, de 5 de julio de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2809 del Despacho Viceministerial, de 8 de julio de 2024; el Memorándum N° OPP022612024 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 17 de julio de 2024, que otorgó certificación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP022442024 de la Oficina de Administración de Personal, de 19 de julio de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo de la política exterior del Perú fortalecer y ampliar las relaciones para la integración y la cooperación con los países del hemisferio, en particular con los países limítrofes;
Que, es necesario realizar una evaluación in situ sobre el estado actual de las instalaciones y zonas al servicio del Perú en la ciudad de Arica, República de Chile y el ejercicio de las servidumbres establecidas a favor del Perú en el Tratado de Lima de 1929;
Que, a fin de realizar dicha evaluación, se estima conveniente el viaje en comisión de servicios del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América, y del Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Augusto Pacheco de Freitas, Subdirector de MERCOSUR de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América, a la ciudad de Arica, República de Chile, del 12 al 13 de agosto de 2024;
Que, por razones de itinerario, los mencionados funcionarios diplomáticos viajarán a la ciudad de Tacna, departamento de Tacna, el 12 de agosto de 2024, donde pernoctarán para desplazarse por vía terrestre, a la ciudad de Arica, República de Chile, el 12 y 13 agosto de 2024, retornando a la ciudad de Lima desde la ciudad de Tacna;
De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2024;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de los siguientes funcionarios diplomáticos, a la ciudad de Arica, República de Chile, del 12 al 13 de agosto de 2024, para los fines expuestos en la presente resolución:
? Embajador en el Servicio Diplomático de la República Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas, Director General de América; y,
? Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República José Augusto Pacheco de Freitas, Subdirector de MERCOSUR de la Dirección de América del Sur, de la Dirección General de América.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (302) 0137175 Representación diplomática y defensa de los intereses nacionales en el exterior - América; y código POI: AOI00004500234 Fortalecimiento de las relaciones para la Integración y la Cooperación con los Países de Sudamérica; debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos Clase Económica USD |
Viáticos por día USD |
Número de días |
Total viáticos USD |
Roberto Rafael Max Rodríguez Arnillas |
459.65 |
370.00 |
1 |
370.00 |
José Augusto Pacheco de Freitas |
430.15 |
370.00 |
1 |
370.00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, los citados funcionarios diplomáticos deberán presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER GONZÁLEZ-OLAECHEA FRANCO
Ministro de Relaciones Exteriores
2312947-1