Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas
resolución de la fiscalía de la nación
N° 1778-2024-MP-FN
Lima, 8 de agosto de 2024
VISTO:
El oficio N° 001576-2024-MP-FN-PJFSAMAZONAS, de fecha 31 de julio de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Mediante carta de renuncia de fecha 25 de julio de 2024, presentada ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, el abogado Nelson Javier Oyarce Hoyos, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas, designado en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua, presenta su renuncia al cargo por motivos personales y familiares, solicitando exoneración del plazo e indicando que sea efectiva a partir del 1 de agosto de 2024.
Asimismo, la referida carta de renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefa inmediata, la abogada Elzi Dolores Álvarez Peralta, fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte, designada en el despacho de la Décima Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lima Norte, quien para tal fin suscribe la citada carta.
A través del oficio de visto, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, eleva la carta de renuncia antes mencionada, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, con efectividad al 1 de agosto de 2024.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley n° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo n° 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley n° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo n° 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia del referido fiscal.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo n° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Nelson Javier Oyarce Hoyos, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Amazonas y a su designación en el despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Bagua; por consiguiente dejar sin efecto, a partir del 1 de agosto de 2024, la prórroga de la vigencia de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación n.os 379-2023-MP-FN y 1462-2024-MP-FN, de fechas 15 de febrero de 2023 y 28 de junio de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Nelson Javier Oyarce Hoyos que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Amazonas, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2313809-8