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Autorizan a Rímac Seguros y Reaseguros S.A. la modificación de los artículos 2 y 37 de su estatuto social

Autorizan a Rímac Seguros y Reaseguros S.A. la modificación de los artículos 2 y 37 de su estatuto social

RESOLUCIÓN SBS N° 02540-2024

Lima, 17 de julio de 2024

La Superintendenta de Banca, Seguros y

Administradoras Privadas de Fondos de

Pensiones

VISTA:

La solicitud presentada por Rímac Seguros y Reaseguros S.A. (la Compañía), mediante la cual solicita que esta Superintendencia autorice la modificación parcial de su estatuto social;

CONSIDERANDO:

Que, en la Junta Obligatoria Anual de Accionistas de la Compañía celebrada el día 26 de marzo de 2024, se aprobó la modificación de los artículos 2 y 37 de su estatuto social, a fin de eliminar la facultad de otorgar créditos a los asegurados para el pago de las primas de seguros;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias (Ley General), toda modificación estatutaria debe contar con la aprobación previa de la Superintendencia, salvo el caso de las modificaciones que se deriven de aumentos de capital social a que se refiere el artículo 62 de la Ley General;

Que, para efectos de la autorización solicitada, la Compañía ha cumplido con remitir a este órgano de control la documentación señalada en el Procedimiento N° 44 del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de esta Superintendencia, aprobado por Resolución SBS N° 1581-2023 y sus modificatorias, la cual se ha encontrado conforme tras la evaluación realizada;

Con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros “A” y el Departamento de Asesoría Legal, así como de la Superintendencia Adjunta de Seguros y de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, y;

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 349 de la Ley General y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la misma Ley;

RESUELVE:

Artículo Único.- Autorizar a Rímac Seguros y Reaseguros S.A. la modificación de los artículos 2 y 37 de su estatuto social, cuyos documentos pertinentes quedan archivados en este organismo; y, devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública en la que se insertará el texto de la presente resolución, para su correspondiente inscripción en el registro público respectivo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA

Superintendenta de Banca, Seguros y AFP

2309410-1