Delegan atribuciones en diversos funcionarios del OSITRAN, durante el Año Fiscal 2020
RESOLUCIóN DE PRESIDENCIA
N° 0001-2020-PD-ositran
Lima, 8 de enero de 2020
VISTOS:
El Memorando N° 001199-2019-GA-OSITRAN de la Gerencia de Administración; los Memorandos Nº 00628-2019-GPP-OSITRAN y N° 0003-2020-GPP-OSITRAN de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 0009-2020-GAJ-OSITRAN de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 012-2020-GG-OSITRAN de la Gerencia General; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 26917, Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y sus modificatorias, se creó el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, como organismo público encargado de normar, regular, supervisar, fiscalizar y resolver controversias respecto de los mercados relativos a la explotación de la infraestructura de transporte de uso público;
Que, la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y sus modificatorias, dicta los lineamientos y normas de aplicación general para los Organismos Reguladores, encontrándose incluido dentro de sus alcances el OSITRAN;
Que, la Ley N° 29754 dispone que el OSITRAN es la Entidad competente para ejercer la supervisión de los servicios públicos de transporte ferroviario de pasajeros en las vías concesionadas que forman parte del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao; asimismo, establece que, mediante Decreto Supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta del OSITRAN, se aprueba la adecuación del Reglamento General del OSITRAN y otros documentos de gestión;
Que, de acuerdo con el artículo 6 del Reglamento General del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 044-2006-PCM y sus modificatorias, la estructura orgánica del OSITRAN se rige por su Reglamento de Organización y Funciones;
Que, por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, con el fin de implementar las funciones establecidas por la Ley Nº 29754 y las instancias y órganos competentes, conforme lo señala el Reglamento General de OSITRAN, así como para promover una gestión eficiente, moderna, transparente y con enfoque de procesos y para resultados, cuyas decisiones institucionales sean predecibles;
Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 6.3 del artículo 6 de la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, el Presidente del Consejo Directivo es el Titular de la entidad; asimismo, el artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de OSITRAN aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y su modificatoria, dispone que la Presidencia ejerce la titularidad de la Entidad;
Que, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 9 del ROF, la Presidencia ejerce la competencia y facultades atribuidas al Titular de la Entidad en la normativa de Presupuesto Público, de Contrataciones del Estado y otras según corresponda, pudiendo delegar las mismas conforme con la normativa de la materia;
Que, la Gerencia General, en virtud de lo establecido en el artículo 10 del ROF, es la máxima autoridad administrativa de la Entidad; tiene como función, entre otras, la de planear, organizar, dirigir, gestionar y supervisar la marcha administrativa, operativa, económica y financiera del OSITRAN, de acuerdo con las políticas establecidas por el Consejo Directivo y Presidencia, según corresponda;
Que, conforme al artículo 23 del ROF, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto es el órgano de asesoramiento, responsable de conducir, implementar y efectuar el seguimiento de las actividades, entre otras, en materia de Presupuesto Público;
Que, según lo dispuesto en el artículo 25 del ROF, la Gerencia de Administración es el órgano de apoyo responsable de planificar, conducir, formular, gestionar y ejecutar la asignación de recursos para el óptimo funcionamiento de la Entidad, en materia de Gestión de Recursos Humanos, Logística y Control Patrimonial, Contabilidad, Tesorería, así como de Tecnologías de la Información, en cumplimiento de la normativa según la materia;
Que, con Resolución Nº 0006-2019-PD-OSITRAN se aprobó la delegación de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2019, en materia de contrataciones, de recursos humanos, de tesorería, de presupuesto, contable y tecnologías de la información; siendo modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 0046-2019-PD-OSITRAN;
Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorandos Nº 00628-2019-GPP-OSITRAN y N° 0003-2020-GPP-OSITRAN, remitió dentro de su competencia, su propuesta de delegación de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2020;
Que, la Gerencia de Administración a través del Memorando N° 001199-2019-GA-OSITRAN, propone la delegación de facultades de la Presidencia del Consejo Directivo en el Gerente General y en el Gerente de Administración para el periodo 2020, contando con la conformidad de las jefaturas involucradas de dicha Gerencia y en la cual incorporó la propuesta de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Memorando Nº 0009-2020-GAJ-OSITRAN, consideró jurídicamente viable que la Presidencia, en su calidad de Titular de la Entidad, delegue diversas facultades que se le han atribuido en virtud del ordenamiento jurídico vigente, las mismas que no son privativas de su cargo, a favor del Gerente General, así como del Gerente de Administración, en el marco de las disposiciones legales vigentes;
Que, mediante Memorando N° 012-2020-GG-OSITRAN la Gerencia General expresó que el mencionado proyecto de Resolución de Presidencia cuenta con su conformidad y lo remitió a la Presidencia, debidamente visado para su trámite respectivo;
De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF modificado por Decreto Supremo N° 376-2019-EF; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; la Directiva Nº 001-82-INAP-DNP Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico de Personal en las entidades del Sector Público, aprobada por Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP/DIGESNAP; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 126-2017-EF; la Resolución Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 que aprueba la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15, Directiva de Tesorería, y sus modificatorias; la Resolución Directoral Nº 031-2014-EF/52.03, que establece Disposiciones Adicionales para el Traslado de Fondos a la CUT, Disposiciones para las Municipalidades, Procedimiento para la Designación y Acreditación de Responsables de Cuentas ante la DGETP y modifican la Resolución Directoral Nº 053-2013-EF-52.03; el Decreto Legislativo Nº 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM, que aprueba el Reglamento para la Contratación de Empresas Supervisoras por parte de OSITRAN, y sus Disposiciones Complementarias, aprobadas por Resolución de Consejo Directivo Nº 040-2015-CD-OSITRAN; y, el Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de OSITRAN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Delegar en el Gerente General las siguientes atribuciones:
En materia de contrataciones en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF
1.1. Aprobar y/o modificar el Plan Anual de Contrataciones.
1.2. Aprobar la estandarización de bienes y servicios.
1.3. Autorizar a tener como válidas las ofertas económicas que superen el valor estimado o valor referencial.
1.4. Aprobar los expedientes de contratación correspondiente a las Licitaciones y Concursos Públicos, de las Contrataciones Directas cuyo valor referencial corresponda a una Licitación o Concurso Público.
1.5. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección: licitaciones públicas y concursos públicos.
1.6. Resolver recursos de apelación de procedimientos de selección cuyo valor estimado o valor referencial sea igual o menor a cincuenta (50) UIT.
1.7. Aprobar la cancelación de los procedimientos de selección.
1.8. Declarar la nulidad del procedimiento de selección, en caso el pliego de absolución de consultas y observaciones e integración de bases incurra en alguno de los supuestos previstos en el numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley.
1.9. Aprobar las contrataciones directas reguladas en los supuestos e), g), j), k), l) y m) del numeral 27.1 del artículo 27 de la Ley de Contrataciones del Estado.
1.10. Aprobar prestaciones adicionales y reducción de prestaciones de bienes, servicios y consultorías.
1.11. Evaluar la decisión de conciliar o rechazar la propuesta de acuerdo conciliatorio, conforme a lo previsto en el numeral 224.2 del artículo 224 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
1.12. Aprobar la designación del árbitro por parte de la Entidad, tanto en arbitraje institucional como el ad hoc.
1.13. Suscribir convenios conforme a lo previsto en el numeral 109.1 del artículo 109 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias
1.14. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Ordinarios.
1.15. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Ordinarios.
En materia de Recursos Humanos
1.16. Autorizar las encargaturas de personal con responsabilidad directiva.
1.17. Designar en cargos de confianza y directivos superiores de libre designación y remoción que forman parte del entorno funcional de la Gerencia General.
1.18. Aprobar el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, y sus modificatorias.
En materia de Tesorería
1.19. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias del OSITRAN.
1.20. Abrir cuentas en una entidad financiera distinta del Banco de la Nación.
En materia de Contabilidad
1.21. Suscribir con periodicidad trimestral, semestral y de cierre del ejercicio fiscal, los estados financieros y presupuestarios a ser remitidos a la Dirección General de Contabilidad Pública, para la elaboración de la Cuenta General de la República.
En materia de Presupuesto Público
1.22. Aprobar la formalización de modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático en el marco de lo previsto por el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF y sus modificatorias.
Artículo 2.- Delegar en el Gerente de Administración las siguientes atribuciones:
En materia de contrataciones en el marco del TUO de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF
2.1. Aprobar los expedientes de contratación de los procedimientos de Adjudicación Simplificada, Subasta Inversa Electrónica, Selección de Consultores Individuales, Comparación de Precios y Contrataciones Directas que no correspondan a Licitaciones Públicas y Concursos Públicos. Asimismo, aprobar los expedientes de contratación que son realizados a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco.
2.2. Designar los Comités de Selección para la conducción de los procedimientos de selección para la contratación de consultores individuales.
En materia de contrataciones en el marco del Decreto Supremo Nº 035-2001-PCM y sus Disposiciones Complementarias
2.3. Aprobar los expedientes de contratación de los Procedimientos de Selección Abreviados.
2.4. Aprobar las bases y la convocatoria de los Procedimientos de Selección Abreviados.
Artículo 3.- Las delegaciones autorizadas mediante la presente resolución tiene vigencia durante el Año Fiscal 2020.
Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución de Presidencia Nº 006-2019-PD-OSITRAN, así como todos los actos resolutivos que se opongan a la presente resolución, no obstante, dicha Resolución continuará surtiendo efectos para aquellos casos en los que la misma resulte aplicable por efecto de la temporalidad de las normas.
Artículo 5.- Disponer que el personal en quienes se ha delegado las diferentes facultades materia de la presente resolución, debe dar cuenta e informar a la Presidencia del Consejo Directivo, trimestralmente, respecto de las acciones realizadas en el ejercicio de las facultades delegadas dentro de dicho período.
Artículo 6.- Disponer que la presente resolución entrará en vigencia desde el día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VERÓNICA ZAMBRANO COPELLO
Presidenta del Consejo Directivo
1844175-1