Declaran el “Día Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, el 23 de agosto de cada año
ORDENANZA REGIONAL
N° 028-2024-GRH-CR
“QUE DECLARA DÍA REGIONAL
DE LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN HUÁNUCO, EL 23 DE AGOSTO DE CADA AÑO”
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO.
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión Ordinaria, celebrado en la Provincia de Huánuco, el día 12 de julio de 2024.
VISTO:
El Dictamen N° 032-2023-GRH/CR-COPPATyAL de fecha 11 de julio de 2024, de la COMISIÓN ORDINARIA DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO, ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Y ASUNTOS LEGALES DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO, y;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 22 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; el artículo 191° del Capítulo XIV del Título IV de la Carta Magna, modificado por la Ley N° 27680, y Ley N° 28607, Ley de Reforma Constitucional, concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;
Que, en concordancia con el precepto Constitucional indicado, el artículo 8° de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que: “La autonomía es el derecho y la capacidad efectiva del gobierno en sus tres niveles, de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia. (...)”;
Que, el artículo 13 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, preceptúa que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas; el inciso a) del artículo 15°, expresa que son atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”;
Que, los artículos II y IV del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 012-2019-GRH-CR, modificado por Ordenanza Regional N° 022-2020-GRH-CR, disponen que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco, encargado de realizar las funciones normativas, fiscalizadoras y de control político y constituye el máximo órgano deliberativo”; y “La función normativa del Consejo Regional, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modificación e interpretación de normas de carácter regional, que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia del Gobierno Regional”;
Que, mediante Ley N° 29976, se crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con el objeto de articular esfuerzo, coordinar acciones y proponer políticas de corto, mediano y largo plazo dirigidas a prevenir y combatir la corrupción en el País. En ese contexto, el numeral 9.1 del artículo 9° establece que los Gobierno Regional y Locales implementan Comisiones Regionales y Locales Anticorrupción, cuya conformación se da en el marco de la citad Ley, en lo que fuera aplicable;
Que, con Decreto Supremo N° 089-2013-CMP, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29976, Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, con la finalidad de desarrollar entre otros aspectos, las funciones y los roles que le corresponda a las Comisiones de Alto Nivel Anticorrupción, a cada uno de los representantes que la conforman y a su Coordinación General;
Que, mediante Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, se indica que el Plan es un instrumento que desarrolla los objetivos de la Política Nacional, a través de 69 acciones que tienen metas, plazos, indicadores y responsables, su objetivo general es lograr instituciones transparentes e integras que practiquen y promuevan la probidad en el ámbito público, pero también en su relación con el sector empresarial y la ciudadanía; así como garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la sociedad;
Que, el objetivo general es crear conciencia en la lucha contra esta lacra y difundir el valioso papel que tenemos todos los peruanos de luchar contra ella y prevenirla, y que para ello se designó el 9 de diciembre como Día Internacional contra la Corrupción. Así, el 31 de octubre de 2003, la Asamblea General de la ONU aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, con la finalidad de comprometer a los Estados Parte a adoptar medidas preventivas para combatirla y sancionarla y declaró el 9 de diciembre de cada año como Día Internacional contra la Corrupción, que tiene por objetivo poner de relieve el vínculo crucial entre la lucha contra la corrupción y la paz, la seguridad y el desarrollo. Su núcleo es la noción de que la lucha contra este delito es un derecho y una responsabilidad de todos, y que solo a través de la cooperación y la implicación de todas y cada una de las personas e instituciones podremos superar el impacto negativo de este delito. Los Estados, los funcionarios públicos, los agentes de la ley, los representantes de los medios de comunicación, el sector privado, la sociedad civil, el mundo académico, el público y los jóvenes tienen un papel que desempeñar para unir al mundo contra la corrupción;
Que, mediante Decreto Supremo N° 169-2021-PCM, se modifica el Reglamento de la Ley N° 29976, Ley que Crea la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción, aprobado por Decreto Supremo N° 089-2013-PCM con la finalidad de desarrollar las funciones y los roles que le corresponde a las Comisiones Regionales Anticorrupción y a precisar su vinculación con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción. A su turno, el artículo 25°, señala que los Gobiernos Regionales crean e implementan Comisiones Regionales Anticorrupción en el marco de la Ley y el presente Reglamento, emitiendo la Ordenanza Regional respectiva, a fin de constituir un espacio de articulación para la implementación de la política materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, coordinan para tal efecto con la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y la Secretaria de Integridad y Lucha contra la corrupción en el ámbito de su jurisdicción, coordinando asimismo, con la Comisión de Alto nivel Anticorrupción y la Secretaria de Integridad Pública de la Presidencia de Consejo de Ministros. Las Comisiones Regionales Anticorrupción son de naturaleza permanente y está adscrita al Gobierno Regional que las crea. Asimismo, el artículo 27° establece que en el marco de la Ley y el Reglamento se instalan Comisiones Regionales Anticorrupción, las cuales se conforman teniendo en cuenta la representación departamental de las entidades que conforman la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción y las entidades del Sector Público, Sector Privado y Sociedad Civil, vinculadas en materia anticorrupción de la jurisdicción, para tal efecto, se toma en consideración las equivalencias señaladas en el Anexo A de la presente norma;
Que, a través de la Ordenanza Regional N° 058-2013-CR-GRH de fecha 23 de agosto de 2013, el Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, aprueba la Creación de la Comisión Regional Anticorrupción Huánuco, con el objetivo principal de implementar acciones de prevención para combatir la corrupción, en el marco del Plan Nacional de Lucha contra la Corrupción;
Que, con Ordenanza Regional N° 080-2022-GRH-CR, se aprueba la Creación de la Comisión Regional Anticorrupción de Huánuco, como espacio de articulación para la implementación de la política en materia de integridad y lucha contra la corrupción en el ámbito de la Jurisdicción Regional de Huánuco , seguidamente con Ordenanza Regional N° 087-2022- GRH-CR de fecha 24 de octubre de 2022, se modifica el Artículo Segundo de la Ordenanza Regional N° 080-2022-GRH-CR, que aprueba la Creación de la Comisión Regional Anticorrupción de Huánuco, en cuanto a su conformación;
Que, a través del Oficio N° 011-2024-CRAH-HUANUCO de fecha 19 de abril de 2024, el Presidente de la Comisión Regional Anticorrupción solicita oficializar la fecha de Aniversario de la CRAH el 23 de agosto de cada año, fecha en que fue creada mediante Ordenanza Regional N° 058-2013-CR-GRH, asimismo por unanimidad decidieron solicitar al Gobierno Regional Huánuco, en mérito de los acuerdos adoptados en la segunda Sesión Ordinaria de la misma, efectuado el 04 de abril de 2024;
Que, en la mesa de trabajo de fecha 06 de junio de 2024, realizado por la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional de Huánuco, se trató como agenda: Oficializar la fecha de Aniversario de la CRAH el 23 de agosto de cada año, luego se procedió con la sustentación técnica por parte del área usuaria, seguidamente el debate y como resultado se ha obtenido una serie de acuerdos, conforme se describe en el acta y en el presente informe; cabe precisar que, en la mesa de trabajo participaron los miembros de la comisión; en representación de la CRAH, participó el Dr. Jeremías Rojas Velásquez, Fiscal Adjunto Superior – Fiscalía Anticorrupción del Distrito Fiscal de Huánuco, en su condición de miembro alterno de la CRAH; la Abg. Lizeth Chaparin Simón en su calidad de Especialista de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del Gobierno Regional Huánuco y en su condición de Secretaria Técnica de la Comisión Regional Anticorrupción; el asesor de la Gerencia General Regional, Abg. German Bedoya Gómez; los acuerdos a los cuales arribaron, son los siguientes:
• Devolver a la Gerencia General del Gobierno Regional Huánuco, el Informe N° 001-2024-GRH/GGR-LADS de fecha 22 de mayo de 2024, para que a través de la Unidad Funcional de Integridad Institucional del GOREHCO reajuste y modifique el mismo, en mérito a los señalado en la presente mesa de trabajo.
• Encargar a la Gerencia General Regional, el diseño del Plan de la Política Regional Anticorrupción de Huánuco.
• Modificar el Artículo 1° del proyecto de Ordenanza Regional, debiendo consignarse oficializar el 23 de agosto de cada año, como el “Día de la Lucha contra la Corrupción de Huánuco”.
Que, a través del Informe Técnico N° 00002-2024-GRH/GRR-LACS de fecha 21 de junio de 2024, la Responsable de la Unidad Funcional de Integridad Institucional, concluye en lo siguiente: Conforme a la normativa expuesta, resulta necesario Oficializar mediante Ordenanza Regional el “Dia Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, el 23 de agosto de cada año; sustentando que El “Día Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, ya que será propicia para la difusión de las acciones, actividades, compromisos y rendir cuentas a la ciudadanía de las acciones adoptadas para combatir y mitigar la corrupción, de esa manera identificar a las instituciones vulnerables a la corrupción en nuestra región, y de manera articulada contribuir a superar las deficiencias en las instituciones que conforman la CRAH. Asimismo, las actividades que se programaran en el “Día Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, (feria informativa, conferencia de prensa, Boletines informativos, entre otros) permitirá sensibilizar a la ciudadanía y resaltar la relevancia de aplicar mecanismos de prevención y de lucha contra la corrupción; así como, de inculcar la impostergable necesidad de implementar la cultura de integridad institucional y coadyuvar a reducir las cifras de corrupción del INCO, publicado en el Observatorio Nacional Anticorrupción de la Contraloría General de la República y disminuir los casos de corrupción en nuestra región, según el reporte de casos 2024, presentado por la Defensoría del Pueblo; para lo cual se sugiere elaborar también el Plan Regional Anticorrupción de Huánuco 2024-2028;
Que, mediante Informe Legal N° 000733-2024-GRH/GRAJ de fecha 03 de julio de 2024, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión legal respecto a la procedencia de emitir la Ordenanza Regional que declara Día Regional de Lucha contra la Corrupción en la Región Huánuco, el 23 de agosto de cada año;
Que, a través del Oficio N° 663-2024-GRH/GGR de fecha 04 de julio de 2024, la Gerente General Regional del Gobierno Regional Huánuco, remite información en relación a la solicitud de oficializar el “Día de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, para lo cual adjunta el informe Técnico e Informe Legal correspondiente;
Que, con Dictamen N° 032-2024-GRH/CR-COPPATyAL de fecha 11 de julio de 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, concluye indicando que:
• Estando a lo esgrimido en los numerales precedentes, la comisión considera que el Consejo Regional, debe emitir la Ordenanza Regional que declara Día Regional de Lucha contra la Corrupción en la Región Huánuco, el 23 de agosto de cada año.
Que, habiéndose tratado en la Sesión Ordinaria de Consejo Regional de fecha 12 de julio de 2024, el Dictamen N° 032-2024-GRH/CR-COPPATyAL, de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos;
Que, el artículo 38° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”;
Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional de Huánuco, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, aprueba por UNANIMIDAD la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- DECLARAR, el “Día Regional de la Lucha contra la Corrupción en Huánuco”, el 23 de agosto de cada año.
Artículo Segundo.- DERÓGUESE, las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Oficina de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 18 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
CARLOS ALBERTO ESTEBAN ATENCIA
Consejero Delegado
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 24 días del mes de julio del año dos mil veinticuatro.
ANTONIO L. PULGAR LUCAS
Gobernador Regional
2311617-1