Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Otorgan duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería

Otorgan duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil de la Universidad Nacional de Ingeniería

UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 2619-2024-UNI

Lima, 15 de julio de 2024

VISTO:

El Expediente con Registro Nº 074799-2024 del Sistema de Gestión Documentaria sobre la solicitud de expedición del duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor EDWIN ALARCON MARQUEZ, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería.

CONSIDERANDO:

Que el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que, “cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;

Que el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria establece que “el Estado reconoce la autonomía universitaria, que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable”. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que el artículo 18° del Estatuto de la Universidad, aprobada mediante Resolución Rectoral N° 1787 de 16 de diciembre de 2014, establece que “el Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y de ejecución académica y administrativa de la universidad (…)”;

Que mediante la Resolución Rectoral Nº 1685 del 08 de noviembre de 2013, se aprobó la modificación de los artículos 3° y 4º del Reglamento para el Otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería, que establece los requisitos para el otorgamiento de duplicado de diplomas por motivo de pérdida del diploma original y los requisitos para el otorgamiento de duplicado de diplomas por motivo de deterioro o mutilación del diploma original;

Que mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD del 18 de diciembre de 2015, se aprobó el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos modificado por la Resolución del Consejo Directivo Nº 010-2017-SUNEDU/CD del 22 de marzo de 2017, que establece adecuar los procedimientos administrativos y servicios que brinda en exclusividad contenidos en el Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos;

Que el artículo 14° del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo Nº 009-2015-SUNEDU/CD del 18 de diciembre de 2015, establece que la emisión del duplicado del diploma por parte de la universidad, institución o escuela de educación superior genera, previa solicitud, la anulación de la inscripción primigenia;

Que mediante la solicitud recibida el 27 de mayo de 2024, el señor EDWIN ALARCON MARQUEZ, identificado con D.N.I. Nº 09975894, egresado de esta casa superior de estudios, solicitó la expedición del duplicado de su diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil por pérdida, adjuntando la documentación de sustento respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por la Resolución Rectoral Nº 0122 del 18 de enero de 2008, modificada por la Resolución Rectoral N° 1685 del 08 de noviembre de 2013;

Que la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General de la Universidad Nacional de Ingeniería mediante el Informe N° 137-2024-UNI/SG/UGyT del 15 de mayo de 2024, precisó que el diploma del señor EDWIN ALARCON MARQUEZ se encuentra registrado en el libro de bachilleres Nº 07, página 154 y con registro N° 21383-B;

Que mediante el Oficio N° 963-2024-CA-VA/UNI del 13 de junio de 2024, la presidenta de la Comisión Académica del Consejo Universitario informó que, en Sesión Nº 20-2024 del 10 de junio de 2024, previa revisión y verificación del Expediente Nº 74799-2024, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor EDWIN ALARCON MARQUEZ; y,

Estando al Proveído Nº 3636/ALCHN Rect.24 del 19 de junio de 2024 del despacho del Rectorado, a lo aprobado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 11 del 27 de junio de 2024 y de conformidad con el literal d) del artículo 5° del Reglamento para el Otorgamiento de Duplicado del Diploma de Grado Académico o del Título Profesional de la Universidad Nacional de Ingeniería, y de conformidad con lo dispuesto en el inciso d) del artículo 25° del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería, sobre las atribuciones del rector para refrendar los diplomas de grados académicos y títulos profesionales, así como las distinciones universitarias conferidas por el Consejo Universitario;

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Anular el diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil del señor EDWIN ALARCON MARQUEZ, registrado en el libro de bachilleres Nº 07, página 154 y con registro N° 21383-B, otorgado el 06 de octubre de 2000, por motivo de pérdida.

Artículo 2°.- Otorgar el duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil a favor del señor EDWIN ALARCON MARQUEZ, en mérito a los considerandos de la presente resolución rectoral.

Artículo 3°.- Encargar a la Unidad de Grados y Títulos, la expedición del duplicado de diploma de grado académico de bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Civil y su inscripción ante la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).

Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA

Rector

SONIA ANAPAN ULLOA

Secretaria General

2309160-1