Formalizan el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, y otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
N° 000101-2024-SERVIR-PE
Lima, 2 de agosto de 2024
VISTOS: El Informe N° 000050-2024-SERVIR-GG-OGAF-SJC y los Memorandos Nos. 000066-2024-SERVIR-GG-OGAF-SJC y 000073-2024-SERVIR-GG-OGAF-SJC de la Subjefatura de Contabilidad de la Oficia General de Administración y Finanzas; el Informe N° 000099-2024-SERVIR-GG-OGAF y el Memorando 000965-2024-SERVIR-GG-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas; los Informes Nos. 000156-2024-SERVIR-GG-OPP y 000178-2024-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Memorandos Nos. 000238-2024-SERVIR-GG y 000241-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; y, el Informe Legal N° 000325-2024-SERVIR-GG-OAJ y las Hojas Informativas Nos. 000066-2024-SERVIR-GG-OAJ y N° 000070-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023, se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, como Organismo Técnico Especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, que comprende el conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizados por las entidades del sector público en la gestión de los recursos humanos;
Que, el numeral 4.3 del artículo 4 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, aprobado mediante Decreto Supremo N° 057-2022-EF, establece que el marco para la preparación de la información financiera en las entidades del Sector Público son las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (NICSP), excepto en aquellas entidades a las que, por su naturaleza y características operativas, les aplique un marco distinto; disponiendo que, estos marcos son adoptados conforme a las disposiciones que establezca la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, a través de la Resolución Directoral N° 013-2023-EF/51.01, la Dirección General de Contabilidad Pública aprueba la aplicación en el Perú de las NICSP de acumulación (o devengo), el Prólogo a las NICSP y el Marco Conceptual para la Información Financiera con Propósito General de las Entidades del Sector Público, de la edición 2022 en su versión en español del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público (IPSASB, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (IFAC, por sus siglas en inglés), que forman parte del marco para la preparación de la información financiera en las entidades del Sector Público, cuyos títulos se detallan en el Anexo de dicha Resolución, con vigencia desde el 01 de enero de 2024 y en concordancia con lo establecido en cada una de las normas indicadas en dicho Anexo;
Que, en dicho contexto, con Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01, la Dirección General de Contabilidad Pública aprueba la Directiva N° 001-2024-EF/51.01, “Directiva General para el proceso de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, cuyo objeto es establecer los lineamientos generales para el proceso de transición al Marco de las NICSP en las entidades del sector público, que permita la generación de información financiera e información presupuestaria para la rendición de cuentas y toma de decisiones, que contribuyan con la transparencia pública; y, resulta aplicable a las entidades del Sector Público, denominadas entidades adoptantes; en cuyo numeral 6.1 dispone que, el titular de la entidad adoptante, suscribe y/o presenta la rendición de cuentas a la Dirección General de Contabilidad Pública y es la autoridad responsable de la transición al Marco de las NICSP;
Que, asimismo, por medio de la Resolución Directoral N° 005-2024-EF/51.01, se aprueba el Instructivo N° 001-2024-EF/51.01, “Instructivo para la planificación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público” (en adelante, el Instructivo), cuyo objeto es establecer los lineamientos para las acciones correspondientes a las etapas de planificación, ejecución, culminación y seguimiento, en el contexto del proceso de transición al Marco NICSP para las entidades del sector público; siendo que el numeral 3.2.1 del citado Instructivo establece que la transición al Marco NICSP, es un proceso mediante el cual la entidad adoptante aplica las exenciones para la adopción del Marco NICSP y comprende desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2026;
Que, los numerales 4.1.1, 4.1.2, 4.1.3 y 4.1.4 del referido Instructivo señalan que, corresponde al Titular de la entidad adoptante los siguientes roles y funciones: i) Aprobar la conformación de una Comisión Especial de Transición (CET), a propuesta de la jefatura de la Oficina General de Administración; ii) Designar mediante resolución, sin que esta función sea delegable, al personal a cargo de las acciones de seguimiento durante el periodo en que se lleve a cabo la transición al Marco NICSP; iii) Aprobar mediante resolución el Programa de Transición de la entidad adoptante a propuesta de la CET; iv) Aprobar los resultados de la ejecución y la culminación de la transición al Marco NICSP mediante la suscripción y/o presentación de la información financiera del respectivo periodo; y, v) disponer y supervisar que la CET cuente con los recursos necesarios para ejecutar la transición al Marco NICSP, teniendo en cuenta las disposiciones presupuestarias vigentes;
Que, adicionalmente, el numeral 4.1.5. del acotado Instructivo, indica que el titular de la entidad adoptante puede delegar en la máxima autoridad administrativa o en quien haga sus veces, la aprobación de las acciones requeridas para la transición al Marco NICSP, sin que ello implique la delegación de responsabilidad de supervisión; disponiendo en su numeral 4.2.2, que la CET está conformada de forma obligatoria, entre otros, por una/un representante de la/el Titular de la entidad;
Que, el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias, establece que El/la Gerente/a General es la máxima autoridad administrativa de SERVIR;
Que, por otro lado, de acuerdo con el literal d) del artículo 4-B del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias, es función y atribución del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobar el Presupuesto Institucional, los Estados Financieros, el Balance General, el Plan Estratégico Institucional y el Plan Operativo Institucional;
Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000011-2024-SERVIR-PE, se formalizó el acuerdo de Consejo Directivo adoptado en la Sesión N° 01-2024-CD, mediante el cual se aprobó delegar en el/la Presidente/a Ejecutivo/a para el Año Fiscal 2024, entre otras, la función de aprobar y suscribir los Estados Financieros con periodicidad trimestral y semestral;
Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, señala que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, precisando que procede también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad;
Que, mediante el Informe N° 000099-2024-SERVIR-GG-OGAF y el Memorando N° 000965-2024-SERVIR-GG-OGAF, la Oficina General de Administración y Finanzas, en atención al Informe N° 000050-2024-SERVIR-GG-OGAF-SJC y Memorando N° 000066-2024-SERVIR-GG-SJC de la Subjefatura de Contabilidad, sustenta y solicita se evalúe la delegación de las acciones que permitan cumplir con el proceso de transición al Marco NICSP, indicando que en el Instructivo, se han desarrollado funciones que corresponden al titular de la entidad, siendo pasibles de delegación las siguientes: i) aprobar la conformación de la Comisión Especial de Transición, ii) aprobar el Programa de Transición a propuesta de la Comisión Especial de Transición, iii) aprobar los resultados de la ejecución y la culminación de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público, mediante la suscripción y/o presentación de la información financiera del respectivo periodo, y, iv) disponer y supervisar que la Comisión Especial de Transición cuente con los recursos necesarios para ejecutar la transición al Marco de las NICSP. Asimismo, manifiesta que resulta necesario que el titular de la entidad designe a su representante ante la Comisión Especial de Transición; así como, al personal a cargo de las acciones de seguimiento durante el periodo en que se lleve a cabo la transición;
Que, a través de los Informes Nos. 000156-2024-SERVIR-GG-OPP y 000178-2024-SERVIR-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que, el rol de titular de la entidad para efectos de la aplicación de lo dispuesto en el Instructivo recae en el Consejo Directivo de SERVIR; precisando que, resulta viable que se delegue a la Gerencia General, en su calidad de máxima autoridad administrativa de SERVIR, las funciones previstas en los numerales 4.1.1., 4.1.3. y 4.1.4. del Instructivo;
Que, con Informe Legal N° 000325-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente viable poner a consideración del Consejo Directivo de SERVIR, la propuesta de delegación de funciones validada por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; así como, designar al representante del Consejo Directivo de SERVIR en la Comisión Especial de Transición y del personal a cargo de las acciones de seguimiento, durante el periodo en que se lleve a cabo el proceso de transición al Marco NICSP. Adicionalmente, dicho órgano de asesoramiento a través de la Hoja Informativa N° 000066-2024-SERVIR-GG-OAJ, de acuerdo a la precisión efectuada por la Subjefatura de Contabilidad en el Memorando N° 000073-2024-SERVIR-GG-OGAF-SJC, señala que correspondería a la Gerencia General asumir la función de aprobar y suscribir los Estados Financieros durante el periodo que dure la transición al Marco de las NICSP; en cuyo caso, recomienda dejar sin efecto la delegación aprobada por el Consejo Directivo y formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000011-2024-SERVIR-PE;
Que, por medio del Memorando N° 000238-2024-SERVIR-GG, complementado con el Memorando N° 000241-2024-SERVIR-GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 09-2024-CD, el Colegiado aprobó delegar al Gerente General, en su calidad de máxima autoridad administrativa, hasta el 31 de diciembre de 2026, las funciones previstas para el Consejo Directivo como Titular de la Entidad, contenidas en los numerales 4.1.1., 4.1.3., y 4.1.4. del Instructivo; así como, delegarle la función de aprobar y suscribir los Estados Financieros y Presupuestales de SERVIR, en el periodo anual, semestral y trimestral hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo dejar sin efecto la delegación formalizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000011-2024-SERVIR-PE, respecto al extremo contenido en el literal c) del artículo 1 de dicha Resolución. Asimismo, señaló que el Consejo Directivo acordó designar: i) a el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto como su representante ante la Comisión Especial de Transición; y, ii) a el/la Asesor/a I de la Presidencia Ejecutiva como personal a cargo de las acciones de seguimiento, durante el periodo en que se lleve a cabo la transición al Marco NICSP;
Que, mediante Hoja Informativa N° 000070-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza los acuerdos del Consejo Directivo;
Con el visado de la Gerencia General, de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, y modificatorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, y modificatorias; la Directiva N° 001-2024-EF/51.01 “Directiva General para el proceso de Transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, aprobada por Resolución Directoral N° 004-2024-EF/51.01; y, el Instructivo N° 001-2024-EF/51.01,“Instructivo para la planificación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, aprobado por Resolución Directoral N° 005-2024-EF/51.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, a través del cual se aprueba delegar en el/la Gerente/a General, hasta el 31 de diciembre de 2026, las funciones previstas para el Consejo Directivo como titular de la entidad, contenidas en los numerales 4.1.1, 4.1.3, y 4.1.4 del Instructivo N° 001-2024-EF/51.01, “Instructivo para la planificación, ejecución, culminación y seguimiento de la transición al Marco de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público en las entidades del Sector Público”, siendo las siguientes:
a) Conformar la Comisión Especial de Transición (CET).
b) Aprobar el Programa de Transición de la entidad adoptante a propuesta de la Comisión Especial de Transición (CET).
c) Aprobar los resultados de la ejecución y la culminación de la transición al Marco NICSP, mediante la suscripción y/o presentación de la información financiera del respectivo periodo.
d) Disponer y supervisar que la Comisión Especial de Transición (CET) cuente con los recursos necesarios para ejecutar la transición al Marco NICSP, teniendo en cuenta las disposiciones presupuestarias vigentes.
Artículo 2.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, mediante el cual se aprueba delegar en el/la Gerente/a General, hasta el 31 de diciembre de 2026, la función de aprobar y suscribir los Estados Financieros y Presupuestales de SERVIR, en el periodo anual, semestral y trimestral.
Artículo 3.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, mediante el cual se aprueba designar a el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto como representante del Consejo Directivo ante la Comisión Especial de Transición (CET).
Artículo 4.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR adoptado en la Sesión N° 009-2024-CD, mediante el cual se aprueba designar a el/la Asesor/a I de la Presidencia Ejecutiva como personal a cargo de las acciones de seguimiento, durante el periodo en que se lleve a cabo la transición al Marco NICSP.
Artículo 5.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR, adoptado en la Sesión N° 09-2024-CD, mediante el cual se deja sin efecto la delegación de función contenida en el literal c) del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000011-2024- SERVIR-PE.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva a la Gerencia General, a la Oficina General de Administración y Finanzas, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a el/la Asesor/a I de la Presidencia Ejecutiva, para los fines pertinentes.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO STEVE VALDIVIESO PAYVA
Presidente Ejecutivo
Consejo Directivo
2312452-1