Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje del Alcalde regidores y funcionario a España en representación de la municipalidad

Autorizan viaje del Alcalde, regidores y funcionario a España, en representación de la municipalidad

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 058-2024-C/MPP

Puno, 22 de julio del 2024

EL CONCEJO PROVINCIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO

POR CUANTO:

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PUNO.

VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 19 de julio del 2024, Acuerdo de Concejo Nº 033-2023-C/MPP de fecha 26 de julio de 2023, Informe Nº 108-2024/MPP/GAJ, de fecha 09 de julio de 2024, Informe Nº 259-2024-MPP/GDHPC de fecha 12 de julio del 2024, Informe Nº 0890-2024-MPP/GPP de fecha 05 de julio de 2024, Informe Nº 0886-2024-MPP/GPP/SGP de fecha 05 de julio de 2024, Opinión Legal Nº 165-2024/MPP/GAJ de fecha 17 de julio del 2024, Dictamen Nº 29-2024-COALR del 17 de julio de 2024, Carta Nº 05-2024-MPP/SG-SR-NEPR de fecha 19 de julio de 2024, Carta Nº 09-2024-MPP/SG-SR-MVRE del 19 de julio de 2024; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”;

Que, el Artículo 9º Inc. 11 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal Autorizar los viajes al exterior del País que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario;

Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, establece en su artículo 1º que: “(...)Regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público (...).”. Además, precisa que, “los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos (…) Alcaldes Provinciales y Distritales, (…) y todos los funcionarios y servidores públicos de menor jerarquía del Sector Público en general, que en misión oficial viajen al exterior y que irroguen gasto al Estado, deberán utilizar pasajes en la categoría económica o similar” (…);

Que, además, de considerar lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, y el artículo 1º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, además, es de precisar que, la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución;

Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2023-C/MPP de fecha 26 de julio de 2023, se aprobó y autorizó al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, Lic. Javier Ponce Roque, realizar la suscripción del Acuerdo de Hermanamiento entre la Municipalidad Provincial de Puno de la República del Perú y el Ayuntamiento de Candelaria del Reino de España para el fomento de relaciones entre ambos municipios, que tiene como objeto el hermanamiento entre la Municipalidad Provincial de Puno de la República del Perú y el Ayuntamiento de Candelaria del Reino de España y encargó el cumplimiento e implementación del convenio a la Gerencia Municipal, Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, la Gerencia de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana, y todas las áreas competentes de la Municipalidad Provincial de Puno; en ese sentido, el Concejo Municipal autorizó al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno la suscripción del Acuerdo de Hermanamiento, el cual motiva la invitación realizada por la Sra. María Concepción Brito Núñez - Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria, haciéndose extensiva tanto a la Corporación Provincial de Puno y otras autoridades de Perú, como al Parlamentarlo Andino - Gustavo Pacheco y al Cónsul en Castilla y León - José Carlos Palomino que han sido partícipes de las gestiones para el hermanamiento;

Que, se tiene información técnica de los siguientes servidores públicos: Asesor de la Sala de Regidores (Carta Nº 11-2024-MPP/SR/JPGS.A), Jefe de la Unidad de Imagen Institucional (Informe Nº 0212-2024-MPP/SG-UIIP/CJCC), Sub Gerente de Turismo y Comercio Exterior (Informe Nº 330-2024-MPP/GTDE-SGTCE), Gerente de Turismo y Desarrollo Económico (Informe Técnico Nº 001 -2024-MPP/GTDE), y del Mgtr. Yonell de la Cruz Cornejo como presidente de la Comisión Festividad Virgen de la Candelaria 2025 (Informe Nº 003-2024-MPP/CFVC2025); de los cuales se advierte, principalmente los siguientes fundamentos: a) PROMOCIÓN CULTURAL Y PATRIMONIAL; b) INCREMENTO DE TURISMO; c) GENERACIÓN DE EMPLEO; d) En ese orden de ideas la difusión turística de la festividad de la Virgen de la Candelaria no solo beneficia al desarrollo económico, sino que también promueve la conservación del patrimonio cultural, fortalece la identidad cultural y fomenta el desarrollo sostenible. Es crucial que esta promoción se realice de manera equilibrada y respetuosa, asegurando que los beneficios del turismo se compartan de manera justa y responsable entre todos los actores involucrados;

Que, en ese marco, se ha realizado el trámite correspondiente en las áreas competentes como la Gerencia de Administración, Sub Gerencia de Logística y Control Patrimonial, Gerencia de Planificación y Presupuesto, y Sub Gerencia de Presupuesto; para efectuar el cálculo del gasto total para el viaje del Alcalde, funcionarios y servidores públicos de la Municipalidad Provincial de Puno, recabando para ello la cotización de gastos y viáticos, y disponiendo presupuesto, para el viaje al Ayuntamiento de Candelaria en España;

Que, al respecto, la Gerente de Planificación y Presupuesto mediante el Informe Nº 0890-2024-MPP/GPP y el Informe Nº 0889-2024-MPP/GPP, hace referencia del Informe Nº 0885-2024-MPP/GPP/SGP y el Informe Nº 0886-2024-MPP/GPP/SGP, de la Sub Gerencia de Presupuesto, respectivamente, DANDO OPINIÓN FAVORABLE DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL por el monto de S/. 267,370.00 (doscientos sesenta y siete mil trescientos setenta con 00/100 soles) para el Alcalde y Regidores; y S/. 59,086.00 (cincuenta y nueve mil ochenta y seis con 00/100 soles), para un funcionario y un servidor cuya sumatoria asciende al MONTO TOTAL de S/. 326,456.00 (trescientos veintiséis mil cuatrocientos cincuenta y seis con 00/100 soles);

Que, a través de la Opinión Legal Nº 165-2024/MPP/GAJ de fecha 17 de julio del 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye en su opinión que: “(…) ES VIABLE que el CONCEJO MUNICIPAL proceda a la evaluación y determinación, respecto a lo siguiente: 1) La autorización del viaje al exterior, viáticos y pasajes a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España, del Lic. Javier Ponce Roque - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria y la respectiva Agenda de Actividades; 2) La autorización del viaje al exterior, viáticos y pasajes a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España, de ocho [08) Regidores, un [01 ] funcionario público y un servidor (01) de la Municipalidad Provincial de Puno, conforme a lo detallado en el Cuadro Nº 01 de la presente opinión legal. Todo ello en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria y la respectiva Agenda de Actividades; 3) La disposición de presupuesto que será puesta a su consideración. (…)”;

Que, mediante Dictamen Nº 29-2024-COALR, del 17 de julio de 2024 de la Comisión Ordinaria de Asuntos Legales y Reglamentos Dictamina que: “(…) ES VIABLE que el CONCEJO MUNICIPAL proceda a la evaluación y determinación, respecto a lo siguiente: 1) La autorización del viaje al exterior, viáticos y pasajes a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España, del Lic. Javier Ponce Roque - Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria y la respectiva Agenda de Actividades(…)

Que, mediante Carta Nº 05-2024-MPP/SG-SR-NEPR y la Carta Nº 09-2024-MPP/SG-SR-MVRE ambas del 19 de julio de 2024, remitido por las Regidoras Norma Emma Paredes Romero y María Vianney Rodríguez Espezúa, correspondientemente, solicitan al Concejo Municipal declinar y cancelar sus intensiones de realizar el viaje a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España por asuntos estrictamente personales, solicitudes que fueran pasibles de votación en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 09 de julio de 2024, por parte de los Miembros del concejo municipal, aceptando y aprobando por mayoría la renuncia a participar del viaje al exterior, solicitadas por las solicitantes;

Estando a las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972 y a lo dispuesto en Sesión Ordinaria de Concejo, el Pleno del Concejo Municipal por UNANIMIDAD dictó el siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero en representación de la Municipalidad Provincial de Puno con destino a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España al Señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, LIC. JAVIER PONCE ROQUE, en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria, el lanzamiento de la Festividad de Virgen de la Candelaria en el Ayuntamiento de Candelaria y la firma del Acuerdo de Hermanamiento entre las localidades de Candelaria y Puno autorizado mediante Acuerdo de Concejo Nº 033-2023-C/MPP del 26 de julio de 2023; autorización que comprende el periodo del 7 al 16 de agosto del 2024.

Artículo Segundo.- AUTORIZAR el viaje al extranjero en representación de la Municipalidad Provincial de Puno con destino a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España a los siguientes Señores Regidores: Dr. Salvador Hancco Aguilar, Sra. Dina Soledad Mamani Ramos, Dra. Eliseny Vargas Ramos, Msc. Henry Jesús Flores Villasante, Abog. Jonathan Cristian Guerra Monzón, Lic. Rogelio Roque Arazola, en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria y el lanzamiento de la Festividad de Virgen de la Candelaria en el Ayuntamiento de Candelaria; autorización que comprende el periodo del 07 al 16 de agosto del 2024.

Artículo Tercero.- AUTORIZAR el viaje al extranjero en Representación de la Municipalidad Provincial de Puno, con destino a la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, Madrid, España al Mgtr. YONELL DE LA CRUZ CORNEJO, Gerente de Desarrollo Humano y Participación Ciudadana y del LIC. CRISTIAN JIWSEL CHILE CARIAPAZA, Jefe de la Unidad de Imagen Institucional y Protocolo, Funcionario y Servidor de la Municipalidad Provincial de Puno respectivamente; en el marco de la invitación de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Candelaria y el lanzamiento de la Festividad de Virgen de la Candelaria en el Ayuntamiento de Candelaria; autorización que comprende el periodo del 07 al 16 de agosto del 2024.

Artículo Cuarto.- DELEGAR las atribuciones políticas del Titular del Pliego, a los siguientes regidores hábiles: La Lic. MARÍA VIANNEY RODRÍGUEZ ESPEZÚA, los días 07 al 09 de agosto de 2024, a la C.D. NORMA EMMA PAREDES ROMERO los días 12 al 14 de agosto de 2024, al regidor GOT. EFRAÍN COLCA BORDA los días 15 y 16 de agosto de 2024 y DELEGAR las atribuciones administrativas al Gerente Municipal DR. RICARDO WILLAN ÁLVAREZ GONZALES los días 07 al 16 agosto del presente año.

Artículo Quinto.- AUTORIZAR el egreso que demande el costo de los pasajes aéreos, Juliaca – Lima, Lima – Madrid/Santa Cruz de Tenerife y viceversa, en mérito a la autorización otorgada en los artículos precedentes y conforme al Informe Nº 0890-2024-MPP/GPP de fecha 05 de julio de 2024, de la Gerencia de Planificación y Presupuesto.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, y, el cumplimiento del presente acuerdo.

Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la notificación del presente acuerdo de concejo a quien corresponda, y su publicación en el Diario Oficial El Peruano; y a la Oficina de Tecnología e Informática su publicación en el portal institucional: https://portal.munipuno.gob.pe/.

Regístrese, comuniquese y cúmplase.

JAVIER PONCE ROQUE

Alcalde

2309356-1