Autorizan viaje de personal militar a Bolivia, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 00793-2024-DE
Lima, 2 de agosto del 2024
VISTOS:
El Oficio N° 126 SCGE/N-04 de la Jefatura de la Oficina de Dispositivos Legales de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú; el Oficio N° 02195-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal N° 01302-2024-MINDEF/ SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Oficio N° 106/AGREDEF MIL PERU BOLIVIA/W-c.3.3 el Agregado de Defensa y Militar a la Embajada del Perú en el Estado Plurinacional de Bolivia informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú, sobre la invitación para que dos (2) Alumnos de la Escuela Técnica del Ejército del Perú visiten la Escuela Militar de Sargentos del Ejército de Bolivia, del 05 al 09 de agosto de 2024, ubicado en la ciudad de Cochabamba – Estado Plurinacional de Bolivia;
Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 010/U-10.f, elaborada por la Dirección de la Escuela Técnica del Ejército – ETE “Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa”, y aprobada por el Comandancia General del Ejército del Perú, se designó a la Alumna III año Eliana Isabel DONAYRE RAMÍREZ (titular), al Alumno III año José Alex JARA BONIFACIO (titular), al Alumno III año Alex Vidal UTURUNCO COAQUIRA (suplente) y a la Alumna III año Liset COLLANTES OLIVA (suplente), para participar en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela Militar de Sargentos “Sargento Maximiliano PAREDES TEJERINA”, ubicado en la ciudad de Cochabamba - Estado Plurinacional de Bolivia;
Que, a través del Oficio N° 126 SCGE la Jefatura de la Oficina de Dispositivos Legales de la Secretaría de la Comandancia General del Ejército del Perú solicita que se gestione la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, de los citados alumnos para que participen en el el Programa de Intercambio Académico con la Escuela Militar de Sargentos “Sargento Maximiliano PAREDES TEJERINA”, ubicado en la ciudad de Cochabamba - Estado Plurinacional de Bolivia, del 05 al 09 de agosto de 2024, autorizándose su salida un día antes y su regreso un día después del citado programa;
Que, la Exposición de Motivos suscrita por el Director de la Escuela Técnica del Ejército del Perú – ETE “Sargento 2do. Fernando Lores Tenazoa”, señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje, en misión de estudios, de dos (02) alumnos para participar en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela Militar de Sargentos “Sargento Maximiliano PAREDES TEJERINA”, ya que permitirá disponer de personal técnico altamente capacitado, accediendo a nuevos conocimientos e intercambiar experiencias en el extranjero que contribuirán a elevar su formación militar y profesional para que, posteriormente, los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho del Ejército del Perú;
Que, de acuerdo con la Carta N° 002 U-10.a el Director de la Escuela Técnica del Ejército - ETE “Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa” informa al Jefe de Departamento VI - Educación del Ejército de Bolivia que, de conformidad a los acuerdos establecidos, el Ejército del Perú asumirá los gastos de traslado internacional (ida y vuelta) y del seguro médico; mientras que los gastos de alimentación, alojamiento y transporte interno serán cubiertos por el Ejército de Bolivia;
Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos suscrita por el Director de la Escuela Técnica del Ejército – ETE “Sargento 2do Fernando Lores Tenazoa”, los gastos derivados por concepto de pasajes aéreos internacionales que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 7 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG;
Que, asimismo, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000001334, emitida por el Jefe de la Oficina de Presupuesto del Ejército, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como, su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través de los Oficios N° 02195-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico N° 039-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 01302-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que es legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en misión de estudios, a la Alumna III año Eliana Isabel DONAYRE RAMIREZ (titular), al Alumno III año José Alex JARA BONIFACIO (titular), al Alumno III año Alex Vidal UTURUNCO COAQUIRA (suplente) y a la Alumna III año Liset COLLANTES OLIVA (suplente), para participar en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela Militar de Sargentos “Sargento Maximiliano PAREDES TEJERINA”, ubicada en la ciudad Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que se detalla a continuación, para que participe en el Programa de Intercambio Académico con la Escuela Militar de Sargentos “Sargento Maximiliano PAREDES TEJERINA”, ubicada en la ciudad Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, del 5 al 9 de agosto de 2024, así como, autorizar su salida del país el 4 de agosto y su retorno el 10 de agosto de 2024:
N° |
Grado |
Apellidos y nombres |
DNI |
1 |
Alumna III año |
Eliana Isabel DONAYRE RAMIREZ (titular) |
74291001 |
2 |
Alumno III año |
José Alex JARA BONIFACIO (titular) |
78010674 |
3 |
Alumno III año |
Alex Vidal UTURUNCO COAQUIRA (suplente) |
70064209 |
4 |
Alumna III año |
Liset COLLANTES OLIVA (suplente) |
76404234 |
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectúa los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aéreos (ida y vuelta)
Lima – La Paz (Estado Plurinacional de Bolivia) – Lima (Clase económica):
US$ 1,000.00 x 02 personas (incluye TUUA) US$ 2,000.00
Total a pagar en Dólares Americanos: US$ 2,000.00
Articulo 3.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular, en estricto orden de prelación.
Artículo 4.- El Comandante General del Ejército del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados y/o variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni la designación del personal.
Artículo 5.- El personal militar deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2312436-1