Aprueban el Plan Regulador del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de San Juan de Miraflores
ORDENANZA N° 522/MDSJM
San Juan de Miraflores, 24 de julio de 2024
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que aprueba el Plan Regulador del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de San Juan de Miraflores; y
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional - establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades, cuyo artículo 40º precisa que las ordenanzas son normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, mediante las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, el artículo 1° de la Ley N° 31917 - de Transporte Público de Personas en Vehículos Automotores Menores, tiene por objeto legislar sobre el transporte público de personas en vehículos automotores menores (categoría vehicular L5), conocidos como mototaxis como un medio de transporte complementario del sistema integrado de transporte urbano y/o rural que permita satisfacer las necesidades de traslado de los ciudadanos en distancias cortas de manera eficiente, sostenible, accesible, segura y ambientalmente limpia; señalando su artículo 2° que la finalidad es establecer los derechos, las obligaciones, los requisitos y las condiciones de la prestación del servicio de transporte público de personas en vehículos automotores menores (categoría vehicular L5); precisando su artículo 11° que el plan regulador constituye una herramienta técnica y de gestión para la municipalidad que i) determina los parámetros técnicos normativos para la prestación del servicio de transporte público de personas en vehículos automotores menores (categoría vehicular L5); ii) identifica las zonas de trabajo, paraderos, las vías de libre tránsito para los vehículos menores, la oferta y demanda del servicio; y iii) incluye acciones de prevención de la salud y seguridad de los pasajeros y del conductor;
Que, mediante Informe N° 271-2024-SGTTSV-GSCSV-MDSJM, la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial hace suyo el estudio Técnico del Plan Regulador del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de San Juan de Miraflores, solicitando su aprobación mediante la respectiva ordenanza municipal; contando con la conformidad de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Seguridad Vial, de acuerdo a sus Memorándums Nos. 1706 y 1784-2024-GSYV/MDSJM; así como de la Subgerencia de Presupuesto y Programación de Inversiones (Memorándum Nº 1763-2024-SGPyPI/GPP/MDSJM), Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 180-2024-SGPEyCT/GPP/MDSJM), Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 310-2024-GPP/MDSJM), y la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 320-2024-GAJ/MDSJM) y la aprobación de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 352-2024-GM/MDSJM);
De conformidad con los artículos 9, numeral 8), y 40° de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; así como Ley Nº 31917; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con el Voto MAYORITARIO de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Miraflores aprueba la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
EL PLAN REGULADOR DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL DE PASAJEROS Y CARGA EN VEHÍCULOS MENORES MOTORIZADOS Y NO MOTORIZADOS EN EL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Regulador del Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores Motorizados y No Motorizados en el distrito de San Juan de Miraflores, el mismo que como Anexo forma parte de la presente ordenanza; y cuyo texto íntegro será publicado en la página web de esta entidad municipal.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de sus unidades orgánicas, así como áreas administrativas que correspondan, el estricto cumplimiento de esta norma municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte Informático, la publicación del íntegro de la presente ordenanza y Anexo en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores (www.munisjm.gob.pe).
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA
Alcaldesa
2311872-1