Aprueban y autorizan viaje de la Vicegobernadora Regional de Puno para participar en evento a realizarse en España
Consejo Regional Puno
ACUERDO REGIONAL
Nº 071-2024-GRP-CRP
VISTO:
Conforme a la Sesión Ordinaria de Consejo Regional desarrollado el 11 de julio del 2024, el Pleno del Consejo Regional en atención al Oficio Nº 000405-2024-GRP/GR PUNO, se aprobó la emisión del Acuerdo Regional, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva;
CONSIDERANDO:
Que, conforme establece el Artículo 191° de la Constitución Política del Perú, los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el Artículo 20° de la Ley Nº 27867, texto normativo que señala que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;
Que, de conformidad al Artículo 13º de la Ley Nº 27867, modificado por el Artículo único de la Ley Nº 29053, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente ley y aquellas que le sean delegadas (...); asimismo conforme se desprende del Artículo 15° de la Ley Nº 27867, son atribuciones del Consejo Regional: a. Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. (...) k. Fiscalizar la gestión pública del Gobierno Regional. Para tal efecto, el Gobierno Regional le asigna los recursos que le permitan la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios. (...); así también el Artículo 16° establece derechos y obligaciones funcionales de los Consejeros Regionales: a. proponer normas y acuerdos regionales (...); finalmente el Artículo 39° de la Ley Nº 27867, estipula que los acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;
Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, constituye el máximo órgano deliberativo en asuntos de regulación sobre prestación de servicio público regional y administración pública regional, aprecia los hechos y resuelve de acuerdo a los principios contenidos en la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, a los principios generales del derecho; conforme a lo establecido en la Constitución Política, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias y demás disposiciones concordantes, y de acuerdo al Plan de Desarrollo Regional Concertado, Presupuesto Participativo Regional y demás normas de gestión institucional;
Que, el literal a) del Artículo 12° del Reglamento Interno de Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 029-2023-GRP-CRP, señala que son atribuciones del Consejo Regional las que están consideradas en el Artículo 15° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias el aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;
Que, el Artículo 125° del Reglamento Interno de Consejo Regional, señala que los Acuerdos Regionales expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional, el mismo que comprende el conjunto de actos sucesivos e integrados que se realizan para promover el debate y acuerdos dentro del Consejo Regional para la emisión del Acuerdo Regional correspondiente;
Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, cuyo objeto es establecer la regulación de autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público (…);
Que, la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10º establece que durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el Artículo 52° de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas. La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, se tiene como antecedente la Directiva Regional Nº 03-2024-GR PUNO, aprobado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 155-2024-GR PUNO/GR, correspondiente a las Disposiciones y Procedimientos para la Autorización de viajes por Comisión de Servicios y Pago de Viáticos en el Gobierno Regional Puno, el mismo que tiene como finalidad el establecer las disposiciones y procedimientos internos para la autorización de viajes por comisión de servicios al interior y exterior del país y en el ámbito regional; así como controlar los gastos en los viajes en comisión de servicios de los funcionarios y servidores públicos del Gobierno Regional de Puno, en el marco de las medidas de austeridad y racionalidad del gasto público;
Que, conforme al desarrollo de la Sesión Ordinaria, se tiene como punto de agenda en la estación Orden del Día, el Oficio Nº 000405-20243-GRP/GR PUNO, mediante el cual el Gobernador Regional de Puno, remite al Consejo Regional la solicitud de autorización de viaje de la Vicegobernadora Regional de Puno, Adjuntando a ello el Oficio Nº 004-2024-MPP/CFVC2025 presentado por el representante de la Comisión Festividad Virgen de la Candelaria 2025, de la Municipalidad Provincial de Puno, el cual realiza invitación a la Vicegobernadora del Gobierno Regional de Puno, DSc. Eladia Margot de la Riva Valle para participar en la presentación de la Festividad Virgen de la Candelaria 2025 en España; asimismo se cuenta con el Oficio Nº 0448-2024-MPP/A, mediante el cual el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Puno, Lic. Javier Ponce Roque, realiza invitación a la Vicegobernadora Regional, a participar en la actividad, fiestas de nuestra señora de Candelaria Patrona General del Archipiélago Canario de la provincia de Santa Cruz de Tenerife, Isla Tenerife – Canarias, en el país de España; adjuntando el cronograma e invitación de la Alcaldesa - Presidenta del Ayuntamiento Candelaria al Cónsul Honorario del Perú en Santa Cruz de Tenerife, mediante el cual invita formalmente a la Municipalidad Provincial de Puno y demás autoridades representativas a los actos principales a desarrollar; asimismo se adjunta la agenda de viaje España 2024 cuyo cronograma data del martes 13 al viernes 16 de agosto del 2024, sobre las diferentes actividades a desarrollar en tan importante evento que fortalece los lazos culturales y turísticos con el país europeo;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 161-2023-GR-PUNO, el Gobernador Regional de Puno, Richard Hancco Soncco delega las funciones de Presidente del Comité de Salvaguarda de la Festividad Virgen de la Candelaria de Puno a doña Eladia Margot de la Riva Valle Vice Gobernadora del Gobierno Regional Puno, a partir del 13 de enero del 2023, a fin de promocionar dicha festividad;
Que, conforme al debate entre el Pleno del Consejo Regional, se aprueba AUTORIZAR, el viaje al exterior del país a la DSc. Eladia Margot De la Riva Valle, Vicegobernadora Regional de Puno, para su participación en dicho evento con el fin de fortalecer las capacidades, compartiendo conocimientos para estrechar lazos de integración en el plano internacional;
Que, conforme al desarrollo de la sesión, el Pleno del Consejo Regional en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias Ley 29053, Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926 y Ley Nº 28961 y la Ley 31433, por unanimidad;
ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR Y AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR de la Vicegobernadora Regional de Puno, DSc. Eladia Margot De la Riva Valle al país de España – Provincia de Santa Cruz de Tenerife, Isla de Tenerife - Canarias, a efectos de que pueda participar en el evento denominado “INVITACIÓN A LA PRESENTACIÓN DE LA FESTIVIDAD VIRGEN DE LA CANDELARIA 2025 EN ESPAÑA”, conforme a la agenda de viaje España 2024.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, en coordinación con las oficinas competentes y acorde a las directivas internas prosigan con el trámite correspondiente en cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional.
Artículo Tercero.- DISPONER, a la Oficina de Imagen Institucional del Gobierno Regional de Puno, conforme a sus atribuciones, publique el presente Acuerdo Regional en el diario oficial El Peruano y en el Portal Web del Gobierno Regional Puno, la misma que entra en vigencia al día siguiente de su publicación, bajo responsabilidad.
POR TANTO:
Dado en la ciudad de Puno, a los 15 días del mes de julio del año 2024.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
WIDO W. CONDORI CASTILLO
Presidente del Consejo Regional
2310764-1