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Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental – PLANEFA de la SUTRAN correspondiente al año 2025

Aprueban el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la SUTRAN, correspondiente al año 2025

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° D000038-2024-SUTRAN-SP

Lima, 31 de julio de 2024

El Informe N° D000509-2024-SUTRAN-GSF del 25 de julio de 2024, de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización; el Memorando N° D004320-2024-SUTRAN-GAT del 25 de julio de 2024, de la Gerencia de Articulación Territorial; el Memorando N° D001747-2024-SUTRAN-GPS del 25 de julio de 2024, de la Gerencia de Procedimientos y Sanciones; el Informe N° D000052-2024-SUTRAN-SGN del 30 de julio de 2024, de la Subgerencia de Normas de la Gerencia de Estudios y Normas; el Memorando Nº D000168-2024-SUTRAN-OPP del 30 de julio de 2024, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº D000432-2024-SUTRAN-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 29380, se crea la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, adscrita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargada de normar, supervisar, fiscalizar y sancionar los servicios de transporte terrestre de personas, carga y mercancías en los ámbitos nacional e internacional, siendo competente para supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito;

Que, según lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento de la SUTRAN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2009-MTC, esta cuenta con las funciones de supervisión, fiscalización y control del cumplimiento de las normas relacionadas con el tránsito, en el ámbito de la red vial nacional, departamental o regional;

Que, el artículo 1 de la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (en adelante, la Ley N° 29325), se crea el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, el cual está a cargo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, órgano rector en temas ambientales;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley N° 29325, esta rige para toda persona natural o jurídica, pública o privada, principalmente, para las entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local que ejerzan funciones de evaluación, supervisión, fiscalización, control y potestad sancionadora en materia ambiental;

Que, el artículo 7 de la Ley N° 29325, señala que las Entidades de Fiscalización Ambiental Nacional, Regional o Local (EFA) son aquellas con facultades expresas para desarrollar funciones de fiscalización ambiental, forman parte del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental y sujetan su actuación a las normas de dicha Ley y otras normas en materia ambiental, así como a las disposiciones que dicte el OEFA;

Que, de manera complementaria, el literal g) del artículo 5 del Reglamento de Supervisión del OEFA, aprobado con Resolución de Consejo Directivo N° 006-2019-OEFA/CD, señala que las EFA son entidades públicas de ámbito nacional, regional o local que tienen atribuidas algunas o todas las funciones de fiscalización ambiental, en sentido amplio, la cual es ejercida por una o más unidades orgánicas;

Que, el OEFA como órgano rector del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental, mediante Informe N° 540-2017- OEFA/OAJ, Informe N° 00113-2022- OEFA/DPEF-SEFA, Informe N° 00077-2023-OEFA/DPEF-SEFA e Informe N° 00213-2023-OEFA/DPEF-SEFA, ha determinado que la SUTRAN es la EFA competente para fiscalizar el cumplimiento de los Límites Máximos Permitidos (LMP) de emisiones contaminantes en vehículos en circulación, dentro del ámbito de la red vial nacional y departamental o regional;

Que, conforme a lo dispuesto en el literal f) del artículo 4 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD del OEFA, se define al Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA, como el instrumento a través del cual cada Entidad de Fiscalización Ambiental - EFA, planifica las acciones de fiscalización ambiental de su competencia a ser efectuadas durante el año calendario siguiente, las cuales son priorizadas siguiendo los criterios de priorización para las acciones de fiscalización ambiental establecidos en su artículo 7;

Que, el numeral 5.2 del artículo 5 de los Lineamientos antes mencionado, establece que el PLANEFA es formulado de manera coordinada por los órganos de la Entidad de Fiscalización Ambiental que ejercen las acciones de fiscalización ambiental y el órgano que tenga a cargo las funciones de planificación y presupuesto;

Que, asimismo, los numerales 8.1 y 8.2 del artículo 8 de los Lineamientos del PLANEFA establecen que el PLANEFA se aprueba mediante Resolución del Titular de la Entidad de Fiscalización Ambiental, hasta el día quince (15) del mes de marzo del año anterior a su ejecución; siendo que para el PLANEFA 2025, a través de la Resolución de Consejo Directivo Nº 00003-2024-OEFA/CD, se ha establecido que el mismo se aprueba como máximo el 31 de julio de 2025;

Que, la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, a través del Informe Nº 509-2024-SUTRAN-GSF sustenta la necesidad de aprobar el PLANEFA de la SUTRAN correspondiente al año 2025, el cual se encuentra acorde con lo establecido en los Lineamientos antes referidos;

Que, la Gerencia de Articulación Territorial y la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, como órganos involucrados en la elaboración del PLANEFA 2025 de la SUTRAN, a través del Memorando N° D004320-2024-SUTRAN-GAT y el Memorando N° D001747-2024-SUTRAN-GPS, respectivamente, emiten conformidad, así como la Subgerencia de Normas de la Gerencia de Estudios y Normas, a través del Informe N° D000052-2024-SUTRAN-SGN emite opinión técnica favorable respecto de la propuesta del PLANEFA 2025 de la SUTRAN;

Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, por medio del Memorando Nº D000168-2024-SUTRAN-OPP traslada el Informe N° D000110-2024-SUTRAN-UPM elaborado por la Unidad de Planeamiento y Modernización, por medio del cual emite opinión favorable a la aprobación de la propuesta del PLANEFA de la SUTRAN correspondiente al año 2025, señalando que dicho Plan se ajusta a la estructura y contenido del PLANEFA establecido en el artículo 6 de los Lineamientos antes mencionados;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº D000432-2024-SUTRAN-OAJ, opina que resulta legalmente viable que el Superintendente de la SUTRAN, mediante acto resolutivo, apruebe el PLANEFA de la SUTRAN correspondiente al año 2025;

Con los vistos de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización, la Gerencia de Articulación Territorial, la Gerencia de Procedimientos y Sanciones, la Gerencia de Estudios y Normas, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Oficina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General, y;

De conformidad con la Ley N° 29325, Ley del Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental; Ley Nº 29380, Ley de creación de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2015-MTC; y los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-0EFA/CD;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la SUTRAN, correspondiente al año 2025, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Articulo 2.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización el registro del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la SUTRAN, correspondiente al año 2025, en el aplicativo informático disponible en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, conforme a lo dispuesto en el numeral 9.1 del artículo 9 de los “Lineamientos para la formulación, aprobación, seguimiento y evaluación del cumplimiento del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA”, aprobados por Resolución de Consejo Directivo N° 004-2019-OEFA/CD.

Artículo 3.- Encargar a la Gerencia General la supervisión del cumplimiento de la implementación, ejecución y/o desarrollo del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la SUTRAN, correspondiente al año 2025.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancía - SUTRAN (http://www.gob.pe/sutran).

Artículo 5.- Disponer la publicación del Plan Anual de Evaluación y Fiscalización Ambiental - PLANEFA de la SUTRAN, correspondiente al año 2025, aprobado mediante el artículo 1° de la presente Resolución, en la sede digital de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancía - SUTRAN (http://www.gob.pe/sutran).

Regístrese y comuníquese.

ABEL AMÉRICO ALVARADO HUERTAS

Superintendente de la Superintendencia

SUTRAN

2311616-1