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Aprueban el Reglamento de Organización Funciones y el Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Magdalena del Mar

Aprueban el Reglamento de Organización, Funciones y el Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Magdalena del Mar

ORDENANZA N° 229-2024-MDMM

Magdalena del Mar, 22 de julio de 2024

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y EL PROCESO DE ELECCIÓN DE LAS JUNTAS VECINALES COMUNALES DEL DISTRITO DE

MAGDALENA DEL MAR

POR CUANTO

El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N°15 de la fecha en mención;

VISTOS

El Memorándum N°243-2024-OGPV-MDMM emitido por la Oficina General de Participación Vecinal, el Informe N°397-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N°695-2024-GM-MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley N°30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, el artículo 31 de nuestra Carta Magna, modificado por Ley Nº28480, establece que es derecho y deber de los vecinos participar en el gobierno municipal de su jurisdicción, en tanto que el artículo 197 de aquella preceptúa que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local;

Que, el artículo 73, numeral 5) de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia municipal, en materia de participación vecinal, entre otras, promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el desarrollo local, así como organizar los registros de organizaciones sociales y vecinales de su jurisdicción;

Que, el artículo 116 de la misma norma indica que los concejos municipales, a propuesta del alcalde, de los regidores, o a petición de los vecinos, constituyen juntas vecinales, mediante convocatoria pública a elecciones; las juntas estarán encargadas de supervisar la prestación de servicios públicos locales, el cumplimiento de las normas municipales, la ejecución de obras municipales y otros servicios que se indiquen de manera precisa en la ordenanza de su creación. Las juntas vecinales comunales, a través de sus representantes acreditados, tendrán derecho a voz en las sesiones del concejo municipal;

Que, para el caso de esta entidad, por medio de la Ordenanza Nº191-2023-MDMM, publicada el 16 de octubre de 2023 en el diario oficial El Peruano, se aprueba el Reglamento de Organización, Funciones y el Proceso de Elección de Juntas Vecinales Comunales del distrito de Magdalena del Mar;

Que, la Oficina General de Participación Vecinal, a través del documento del visto, señala que es necesario proceder con la actualización de la mencionada Ordenanza Nº191-2023-MDMM, a fin de atender la demanda de nuestros vecinos, a fin de brindarles servicios de calidad;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del informe del visto, concluye que el proyecto de ordenanza revisado se encuentra ajustado a la normativa vigente y permitirá contar con una herramienta útil para el óptimo registro de las organizaciones sociales del distrito, por lo tanto, emite opinión legal favorable respecto de su aprobación;

Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9, numeral 8) y el artículo 40 de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de Magdalena del Mar aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de comisiones, así como de lectura y aprobación del acta, la siguiente:

ORDENANZA

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización, Funciones y el Proceso de Elección de las Juntas Vecinales Comunales del distrito de Magdalena del Mar, en Anexo que forma parte integrante de la presente ordenanza.

Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Nº191-2023-MDMM, así como toda norma o disposición de la misma o inferior jerarquía, que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas reglamentarias o complementarias que se requieran para la adecuada ejecución e implementación de las disposiciones de la presente Ordenanza.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General de Participación Vecinal, así como a los órganos y unidades orgánicas que resultaren competentes, el cabal cumplimiento de la presente ordenanza.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación del presente dispositivo en el diario oficial El Peruano, y la publicación del íntegro de la presente Ordenanza y su anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE

Alcalde

2310862-1