Autorizan viaje de Gobernadora Regional a los EE.UU., en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
N° 226-2024-CR/GRM
4 de julio de 2024
VISTOS: En Sesión Ordinaria de Consejo Regional N° 007-2024-CR/GRM del 04 de julio del dos mil veinticuatro, el Pleno del Consejo ha debatido y aprobado emitir el presente Acuerdo de Consejo Regional; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. ( ... ) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforma el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador (…)”.
Que, la Constitución Política del Perú, en sus artículos 188 y 192 del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, modificado por Ley N° 27880 - Ley de Reforma Constitucional, establecen que, el objetivo fundamental de la Descentralización como forma de Organización Democrática y de Política Permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional.
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su modificatoria, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; por otra parte, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la región, conforme lo expresan los artículos 4 y 5 de la Ley N° 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus normas y sus disposiciones se rigen por los Principios de Exclusividad, Territorialidad, Legalidad y Simplificación Administrativa.
Que, el artículo 13 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas.
Que, el literal b. de artículo 14 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sobre el régimen de sesiones del consejo regional, se establece que, se reúne en sesiones ordinarias y extraordinarias, de acuerdo con lo que establece su Reglamento, deberá reunirse como mínimo en una sesión ordinaria al mes, adicionalmente se convocará a solicitud de un tercio del número legal de consejeros. Las sesiones ordinarias son convocadas con al menos cinco días hábiles de anticipación, deben realizarse en el local de la entidad, en días laborables y bajo responsabilidad administrativa del titular de la entidad.
Que, el artículo 16 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como derechos de los consejeros regionales: a. Proponer normas y acuerdos regionales.
Que, el literal t) del artículo 12 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional Nº 01-2011-CR/GRM, se establece como una de las atribuciones del Consejo Regional: t) Autorizar los viajes en comisión oficial del servicio fuera del país del Presidente, del Vicepresidente, los Consejeros Regionales y Funcionarios, también autorizar los viajes oficiales fuera del departamento de los Consejeros Regionales.
Que, el artículo 63 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional Nº 01-2011-CR/GRM, define a los Acuerdos de Consejo Regional como aquellas normas de carácter interno del Consejo Regional a través de las cuales declaran su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional.
Que, mediante Oficio Circular Nº 033-2024-GRM/CR/CD/AJQR del 27 de junio del 2024, el consejero regional Alonso Joann Quispe Romero en su condición de Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua para el periodo del 2024, convocó a la Sesión Ordinaria Nº 007-2024, a desarrollarse el jueves 04 de julio del 2024.
Que, al desarrollarse la “agenda” de convocatoria de la Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 007-2024, se abordó como primer punto, el referente a la: Autorización a Gilia Ninfa Gutierrez Ayala en su condición de Gobernadora Regional de Moquegua, a realizar un viaje de comisión hacia el Estado de Nueva York de los E.E.U.U., por el periodo del 09 al 13 de julio del año 2024, con el objeto de participar en el High Level Política Forum que realiza la Organización de Regiones Unidas ORU-FOGAR.
Que, en atención al presente punto de agenda, el Pleno del Consejo Regional sometió a debate y deliberación, la aprobación del Acuerdo de Consejo Regional consistente en la: Autorización a Gilia Ninfa Gutierrez Ayala en su condición de Gobernadora Regional de Moquegua, a realizar un viaje de comisión hacia el Estado de Nueva York de los E.E.U.U., por el periodo del 09 al 13 de julio del año 2024, con el objeto de participar en el High Level Política Forum que realiza la Organización de Regiones Unidas ORU-FOGAR; quedando aprobado por mayoría.
Por lo que, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua, en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867, y, el Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Moquegua aprobado por Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/GRM; con el voto por mayoría de sus miembros y con la dispensa de la lectura del presente acuerdo para su emisión.
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a Gilia Ninfa Gutierrez Ayala en su condición de Gobernadora Regional de Moquegua, a realizar un viaje de comisión hacia el Estado de Nueva York de los E.E.U.U., por el periodo del 09 al 13 de julio del año 2024, con el objeto de participar en el High Level Política Forum que realiza la Organización de Regiones Unidas ORU-FOGAR.
Artículo Segundo.- SEÑALAR que el viaje en comisión de la Gobernadora Regional de Moquegua aprobado en el artículo precedente, no generará ningún gasto al presupuesto institucional del Gobierno Regional de Moquegua.
Artículo Tercero.- SOLICITAR a la Gobernadora Regional de Moquegua, presente y exponga ante el Pleno del Consejo Regional, un informe detallado y documentado sobre las acciones realizadas y logros obtenidos, del viaje realizado para su participación en el High Level Política Forum.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional de Moquegua disponga las acciones necesarias y complementarias para dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional.
Artículo Quinto.- REMITIR, el presente Acuerdo de Consejo Regional a la Gobernación del Gobierno Regional de Moquegua, al Órgano de Control Institucional, y, a la Oficina Regional de Tecnologías de la Información y Comunicación del Gobierno Regional de Moquegua.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALONSO JOANN QUISPE ROMERO
Consejero Delegado
Consejo Regional
2306787-1