Designan a la Secretaria General de la Universidad Nacional de Arte “Diego Quispe Tito” del Cusco como responsable de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
UNIVERSIDAD NACIONAL DE ARTE
DIEGO QUISPE TITO DEL CUSCO
comisión organizadora
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
N° 182-2024-UNADQTC/PCO
Cusco, 22 de marzo de 2024
VISTOS:
La Resolución Presidencial N° 041-2024-UNADQTC/PCO de fecha 30 de enero de 2024, Memorándum N° 0390-2024-UNADQTC/PCO de fecha 20 de marzo de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional de Arte “Diego Quispe Tito” del Cusco, antes Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” del Cusco de acuerdo a los alcances de la Ley N° 24400-Ley de Autonomía; Ley N° 30220-Ley Universitaria; Ley N° 30597-Ley que denomina Universidad Nacional Diego Quispe Tito a la Escuela Superior Autónoma de Bellas Artes “Diego Quispe Tito” del Cusco; Ley N° 31645-Ley que modifica la Ley 30597, a fin de cambiar la denominación de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito; Ley N° 30851, Ley que establece medidas para la correcta aplicación de la ley 30597; Decreto Supremo N° 014-2018-MINEDU, Resolución Viceministerial N° 070-2022-MINEDU y Resolución Viceministerial N° 166-2023-MINEDU;
Que, conforme al cuarto párrafo del artículo 18° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8° de la Ley Nº 30220-Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía Universitaria en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, en concordancia con el artículo 1° de la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Que, con Resolución Viceministerial N° 166-2023-MINEDU, de fecha 14 de diciembre de 2023, se designa al M. Cs. VICTOR AYMA GIRALDO en el cargo de Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco, quien hace uso de sus facultades en cumplimiento de lo establecido en el numeral 6.1.5 de la Resolución Ministerial N° 244-2021-MINEDU;
Que, el señor Presidente de la Comisión Organizadora de la UNADQTC, es el personero y representante legal de la Universidad conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30220-Ley Universitaria, tiene a su cargo la dirección, conducción y gestión del Gobierno Universitario en todos sus ámbitos, concordante con el Numeral 6.1.5, de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificado por Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, establece como funciones del Presidente de la Comisión Organizadora: “Dirigir (…) la gestión administrativa, económica y financiera y emitir resoluciones en los ámbitos de su competencia;
Que, el numeral 5 del Artículo 2° de la Constitución Política del Perú, estipula el derecho fundamental de acceso a la Información, al prescribir que: “Toda persona tiene derecho a solicitar sin expresión de causa la información que requiera y recibirla de cualquier Entidad Pública en el plazo legal y con el costo que irrogue este pedido”;
Que, mediante el Decreto Supremo N° 021-2019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modificado por el Decreto Supremo 070-2013-PCM, se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, donde en su Título I: Disposiciones Generales establece en el literal b. del Artículo 3° Obligaciones de la Máxima Autoridad de la Entidad: “Designar a los funcionarios responsables de entregar la información de acceso público”;
Que, además, el artículo 4° del Reglamento antes mencionado, dispone que las Entidades que cuenten con oficinas desconcentradas o descentralizadas, designarán en cada una de ellas al funcionario responsable de entregar la información que se requiera al amparo de la Ley, con el objeto de que la misma pueda tramitarse con mayor celeridad. La designación del funcionario o funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario Oficial El Peruano;
Que, con la Resolución Presidencial N° 041-2024-UNADQTC/PCO de fecha 30 de enero de 2024, se designo al Abog. Francisco Javier García Flores, en calidad de Secretario General (e) como funcionario responsable del Acceso a la Información Publica en la Sede Central de la UNADQTC;
Que, a través del artículo Primero de la Resolución Presidencial N° 068-2024-UNADQTC/PCO de fecha 02 de febrero se designa a la Abg. Milagros Gamarra Santos, en el cargo de confianza de Secretaria General de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco, a partir del 05 de febrero de 2024, en consecuencia, en el Artículo Segundo se resuelve dar por concluida el encargo de funciones al Abog. Francisco Javier García Flores como Secretario General (e);
Que, mediante el Memorándum N° 0390-2024-UNADQTC/PCO de fecha 20 de marzo de 2024 el Presidente de la Comisión Organizadora designa al nuevo funcionario responsable de entregar la información de acceso publico a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica en el ámbito de la Sede Central a la Mg. Abog. Milagros Gamarra Santos en adición a sus funciones, asimismo, ratifica a la Mg. Nélida Huamán Álvarez en el ámbito de la Sede Desconcentrada de Calca y al Lic. Freddy Alberto Chambi Quispe en el ámbito de la Sede Desconcentrada de Checacupe, autorizando la emisión del presente acto resolutivo,
y;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220-Ley Universitaria, a las “Disposiciones para la Constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial Nº 244-2021-MINEDU, modificada con Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU y Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, el Estatuto de la UNADQTC, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 404-2023-UNADQTC/PCO de fecha 02 de agosto de 2023.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DESIGNAR a partir del 20 de marzo de 2024, hasta que la autoridad lo determine, a la Mg. Abog. Milagros Gamarra Santos en su condición de Secretaria General, como responsable de entregar la información de acceso público a que se refiere el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2019-PCM, y su Reglamento, en el ámbito de la Sede Central de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco.
Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Presidencial N° 041-2024-UNADQTC/PCO, de fecha 30 de enero de 2024.
Artículo Tercero.- RATIFICAR como responsable de brindar información de acceso público solicitada en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado con Decreto Supremo N° 021-2019-JUS y su Reglamento, a la Mg. Nélida Huamán Álvarez en el ámbito de la Sede Desconcentrada de Calca y al Lic. Freddy Alberto Chambi Quispe en el ámbito de la Sede Desconcentrada de Checacupe de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración, dictar las medidas necesarias para la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el Peruano.
Artículo Quinto.- DISPONER que los funcionarios de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco, proporcionen toda la información que los responsables designados requieran dentro de los plazos establecidos sobre la materia, bajo responsabilidad.
Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución a los interesados y dependencias administrativas de la Universidad Nacional Diego Quispe Tito para su conocimiento y fines.
Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la presente resolución en el Portal Web de la Universidad Nacional de Arte Diego Quispe Tito del Cusco (www.unadqtc.edu.pe), bajo responsabilidad.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VICTOR AYMA GIRALDO
Presidente de la Comision Organizadora
MILAGROS GAMARRA SANTOS
Secretaria General
2310668-2