Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la publicación del proyecto de Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas

Disponen la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° D000154-2024-CONADIS-PRE

Lima, 31 de julio del 2024

VISTOS:

La Nota N° D000560-2024-CONADIS-GG, emitido por la Gerencia General; el Memorando N° D000358-2024-CONADIS-DPSGE y el Informe N° D000059-2024-CONADIS-SDPP, emitidos por la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia; el Memorando N° D0001129-2024-CONADIS-OPPM y el Informe N° D000034-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, emitido por la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, la Nota N° D000387-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000386-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica;

Que, el artículo 14 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, dispone que las autoridades de los distintos a sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones que representan a las personas con discapacidad, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad;

Que, el artículo 12 del Reglamento de la Ley General de la Persona con Discapacidad, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, establece que previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad, éstas deben ser difundidas por un plazo no menor de treinta (30) días, período en el cual las organizaciones de y para personas con discapacidad formulen las observaciones correspondientes; en concordancia con lo previsto en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

Que, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia del CONADIS, mediante el Memorando N° D000358-2024-CONADIS-DPSGE y el Informe N° D000059-2024-CONADIS-SDPP, a fin de contribuir al desarrollo integral y pleno goce de los derechos de las personas autistas a través de la implementación de intervenciones que exijan la articulación intersectorial e intergubernamental, propone la “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”, conforme a las intervenciones indicadas por las entidades públicas que participan en los objetivos estratégicos y líneas de acción de la propuesta de estrategia;

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, por medio del Informe N° D000034-2024-CONADIS-OPPM-LKAQ, opina que la propuesta de estrategia se encuentra alineada a los siguientes objetivos estratégicos institucionales: “OEI.01 Fortalecer el diseño e implementación de políticas públicas en materia de discapacidad en las entidades”, “OEI.02 Promover la igualdad de oportunidades en favor de las personas con discapacidad” y “OEI.03 Incrementar el cumplimiento de la normatividad en materia de discapacidad en las entidades fiscalizadas priorizadas de los tres niveles de gobierno y del sector privado”; establecidos en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2022-2027 ampliado del CONADIS;

Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante la Nota N° D000387-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000386-2024-CONADIS-OAJ, emite opinión jurídica favorable, señalando que corresponde la publicación de la “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”, en cumplimiento de la Ley N° 29973 y su reglamento;

Que, en ese sentido, a fin de hacer efectivo el derecho de consulta de las organizaciones de y para personas con discapacidad, así como para recibir los aportes, sugerencias y/o comentarios de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas, es necesario publicar el proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”;

Con el visto bueno de la Gerencia General, la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia, de la Oficina de Planeamiento Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP; la Directiva N° D000002-2021-CONADIS-PRE, “Directiva que establece las pautas para el desarrollo de procesos de consulta a las personas con discapacidad”, aprobada por la Resolución de Presidencia N° D000040-2021-CONADIS-PRE; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, aprobado por la Resolución de Presidencia N° D000119-2024-CONADIS-PRE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas” en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y la Sede Digital del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (www.gob.pe/conadis), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2.- ESTABLECER un plazo de treinta (30) días hábiles, contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para recibir aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.

Artículo 3.- DISPONER que la Dirección de Políticas, Seguimiento y Generación de Evidencia publique el plan de consulta, realice las acciones de difusión, así como la recepción, sistematización y evaluación de los aportes, sugerencias y/o comentarios que se presenten con relación al proyecto de “Estrategia para la implementación de intervenciones orientadas a la atención de las personas autistas”.

Artículo 4.- HABILITAR la Mesa de Partes Virtual del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad – CONADIS (mesapartes@conadisperu.gob.pe), la dirección de correo electrónico: derechodeconsulta@conadisperu.gob.pe, la Plataforma de Consulta Ciudadana en Discapacidad: https://sistemas.conadisperu.gob.pe/dpdnormativos/ y otros canales que se estimen pertinentes para recoger los aportes, sugerencias y/o comentarios de las organizaciones de la sociedad civil, de las entidades públicas y privadas, y de las personas naturales interesadas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SANDRA PILAR PIRO MARCOS

Presidenta

Consejo Nacional para la Integración de la

Persona con Discapacidad

2311431-1