Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 009-2024-ALC/MVES

Villa El Salvador, 30 de julio del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

VISTOS: El Memorando Nº 887-2024-GM/MVES de la Gerencia Municipal, el Informe N° 234-2024-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe Nº 115-2024-GRAT/MVES de la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Informe Nº 415-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, sobre prórroga de la Ordenanza Nº 504-MVES, Ordenanza que Establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° establece que: “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 504-MVES, se establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, cuyos predios se encuentran declarados como uso casa habitación; estableciéndose en dicha normativa municipal que tendría vigencia hasta el 31 de mayo del 2024; precisándose en su Cuarta Disposición Transitoria y Final que se facultaba al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar la vigencia de la misma;

Que, mediante Decreto de Alcaldía N° 005-2024-ALC/MVES, se prorroga hasta el 28 de junio del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador; posteriormente, con Decreto de Alcaldía N° 008-2024-ALC/MVES, se prorroga hasta el 31 de julio del 2024, la vigencia de la referida Ordenanza;

Que, con Informe Nº 115-2024-GRAT/MVES, la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, teniendo en consideración el Informe N° 415-2024-SGRCEC-GRAT/MVES de la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, informa que, desde la entrada en vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, se ha obtenido como resultado una buena recaudación para el ejercicio fiscal 2024, por lo que recomienda continuar otorgando los beneficios de la referida Ordenanza, con la finalidad de captar a los contribuyentes que aún no han regularizado sus obligaciones tributarias; en dicho sentido, siendo que esta se encuentra próxima a vencer, la referida Gerencia recomienda prorrogar la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, hasta el 31 de agosto del 2024;

Que, con Informe Nº 234-2024-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica, emite opinión precisando que resulta legalmente viable la aprobación mediante Decreto de Alcaldía de la prórroga de la vigencia de los beneficios otorgados mediante Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador, hasta el 31 de agosto del 2024, conforme a lo solicitado por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, así como lo previsto en el numeral 6) del artículo 20° y artículo 42° la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y lo dispuesto en la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 504-MVES;

Que, con Memorando N° 887-2024-GM/MVES, la Gerencia Municipal, teniendo en consideración el informe técnico y legal emitido, hace suya la propuesta y solicita se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se prorrogue hasta el 31 de agosto del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador;

Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20° y 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y lo establecido en el numeral 13.2 del artículo 13° de la Ordenanza N° 479-MVES, que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, y la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 504-MVES;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto del 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 504-MVES, Ordenanza que establece beneficios tributarios a favor de los contribuyentes del distrito de Villa El Salvador.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria, la Subgerencia de Recaudación, Control y Ejecutoria Coactiva, la Unidad de Tesorería y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico, el cabal cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y a la Unidad de Imagen Institucional, su correcta difusión.

Artículo Tercero.- DISPONER que el presente Decreto entrará en vigencia a partir del 01 de agosto del 2024 y previa publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General cumpla con la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, así como a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación correspondiente en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GUIDO IÑIGO PERALTA

Alcalde

2310820-1