Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 360-MDSL/C que estableció beneficios para incentivar el cumplimiento de obligaciones tributarias

Prorrogan la vigencia de la Ordenanza
N° 360-MDSL/C que estableció beneficios para incentivar el cumplimiento de obligaciones tributarias

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 005-2024-MDSL

San Luis, 25 de julio de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS

VISTOS:

El Informe Nº 000112-2024-MDSL-GSAT de la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria; el Informe Legal Nº 000206-2024-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 000950-2024-MDSL-GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, su artículo 42º establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF establece que conforme a lo establecido por el numeral 4 del artículo 195 y por el artículo 74 de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas, y otorgan exoneraciones, dentro de los límites que fije la ley;

Que, el artículo 41 del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF establece que la deuda tributaria sólo podrá ser condonada por norma expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los Gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonación también podrá alcanzar al tributo;

Que, mediante Ordenanza Nº 360-MDSL/C publicada con fecha 23 de mayo de 2024 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la Ordenanza de Beneficio Tributario “Por nuestro Aniversario paga con Beneficio”, con el objetivo de establecer un régimen de beneficios para incentivar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a favor de los contribuyentes del distrito San Luis y cualquiera sea el estado de cobranza en que se encuentren las obligaciones;

Que, mediante Ordenanza Nº 361-MDSL/C publicada con fecha 27 de junio de 2024 en el Diario Oficial El Peruano, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 360-MDSL/C, estableciéndose en su Tercera Disposición Complementaria y Final, facultar al Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía pueda de manera excepcional prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 360-MDSL/C hasta el 31 de agosto de 2024;

Que, mediante Informe Nº 000112-2024-MDSL-GSAT de fecha 19 de julio de 2024 la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria manifiesta que en atención a la Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza Nº 361-MDSL/C, considera viable se prorrogue el beneficio tributario establecido en la Ordenanza Nº 360-MDSL/C hasta el 31 de agosto de 2024 a fin de incrementar los niveles de recaudación, para tal efecto remite en adjunto un proyecto de Decreto de Alcaldía;

Que, mediante Informe Legal Nº 000206-2024-MDSL-GAJ de fecha 24 de julio de 2024 la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando que resulta viable solicitar al Alcalde que emita el Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia hasta el 31 de agosto de 2024 de la Ordenanza Nº 360-MDSL/C prorrogada mediante Ordenanza Nº 361-MDSL/C;

Que, mediante Memorando Nº 000950-2024-MDSL-GM de fecha 24 de julio de 2024 la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General para la emisión del Decreto de Alcaldía que prorrogue la vigencia de la Ordenanza Nº 360-MDSL/C;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 360-MDSL/C hasta el 31 de agosto de 2024.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicio de Administración Tributaria y a las Subgerencias dependientes de dicho órgano, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y todas las demás dependencias de la Municipalidad deberán prestar el apoyo y facilidades para su cabal cumplimiento.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RICARDO ROBERT PÉREZ CASTRO

Alcalde

2310595-1