Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan plazo de vigencia para acogerse a incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Miraflores establecidos en la Ordenanza Nº 520/MDSJM

Prorrogan plazo de vigencia para acogerse a incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Miraflores, establecidos en la Ordenanza Nº 520/MDSJM

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 012-2024/MDSJM

San Juan de Miraflores, 25 de julio de 2024

LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES

VISTO: El Proveído Nº 691-2024-GM/MDSJM de la Gerencia Municipal; Informe Nº 339-2024-GAJ/MDSJM de la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 326-2024-GPP/MDSJM de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; e Informe N° 017-2024-GDE/MDSJM de la Gerencia de Desarrollo Económico; sobre prórroga de la Ordenanza Nº 520/MDSJM, que establece incentivos sobre multas administrativas en el distrito; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo Único de la Ley Nº 30305 - de Reforma Constitucional – establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades;

Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; y su artículo 42º señala: “…los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal, y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, mediante Ordenanza Nº 520/MDSJM de fecha 26 de junio de 2024, publicada en el diario oficial “El Peruano” el 02 de julio de 2024, se establecen incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Miraflores, señalándose como fecha de vencimiento para su acogimiento el 31 de julio de 2024;

Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la ordenanza mencionada en el considerando precedente, dispone que la prórroga de su vigencia podrá efectuarse mediante decreto de alcaldía;

Que, con Informe Nº 017-2024-GAT/MDSJM, la Gerencia de Desarrollo Económico recomienda la prórroga de la Ordenanza Nº 520/MDSJM, con la finalidad de incentivar en los vecinos la regularización del pago de sus obligaciones administrativas pendientes, lo que permitirá disminuir los índices de morosidad y alcanzar los niveles de ingresos presupuestados; lo que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 326-2024-GPP/MDSJM), Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 339-2024-GAJ/MDSJM) y Gerencia Municipal (Proveído Nº 691-2024-GM/MDSJM); por lo que corresponde emitirse la respectiva norma municipal;

De conformidad con los artículos 20, numeral 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 –Orgánica de Municipalidades; así como Tercera Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 520/MDSJM;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 29 de agosto de 2024, el plazo de vigencia contenido en el artículo Segundo de la Ordenanza Nº 520/MDSJM que establece incentivos sobre multas administrativas en el distrito de San Juan de Miraflores.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Gerencia de Desarrollo Económico, a través de sus unidades orgánicas respectivas, el cumplimiento y adecuación de lo dispuesto en el presente decreto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de esta norma en el diario oficial “El Peruano”; a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático su publicación en el portal de esta entidad municipal; y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su más amplia difusión a nivel distrital.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA

Alcaldesa

2310697-1