Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza N°209-2024-MDMM que establece medidas excepcionales para la recuperación de adeudos de años anteriores que se encuentren en estado coactivo

Prorrogan el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 209-2024-MDMM, que establece medidas excepcionales para la recuperación de adeudos de años anteriores que se encuentren en estado coactivo

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 008-2024-DA-MDMM

Magdalena del Mar, 23 de julio del 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR

VISTO

El Informe Nº 077-2024-SGEC-GAT-MDMM emitido por la Subgerencia de Ejecución Coactiva, el Memorándum Nº 512-2024-GAT-MDMM emitido por la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Nº 2235-2024-OGPP-MDMM emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 414-2024-OGAJ-MDMM emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 743-2024-GM-MDMM emitido la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por Ley Nº 30305, concordado con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, potestad que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 74 de la Carta Magna, en concordancia con la norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, así como lo establecido en el artículo 60 del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, los gobiernos locales tienen potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, así como para exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y bajo los límites que señala la ley;

Que, el artículo 41 del mencionado T.U.O. del Código Tributario preceptúa que la deuda tributaria solo podrá ser condonada por norma expresa con rango de ley. Excepcionalmente, los gobiernos locales, podrán condonar con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;

Que, mediante Ordenanza Nº 209-2024-MDMM se establecen medidas excepcionales para la recuperación de adeudos de años anteriores que se encuentren en estado coactivo en la Municipalidad de Magdalena del Mar, siendo que, de acuerdo con el artículo séptimo, se precisa que aquella tendrá vigencia hasta el 29 de marzo del 2024, salvo se dispongan prórrogas u otras modificaciones al plazo;

Que, la primera disposición complementaria y final, de la mencionada Ordenanza, faculta al alcalde para que, mediante decreto de alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o modificatorias que se requieran para la adecuación y mejor aplicación de la Ordenanza, así como para prorrogar el plazo de vigencia de la misma;

Que, a través del Decreto de Alcaldía
Nº 003-2024-DA-MDMM se prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 209-2024-MDMM hasta el día 31 de julio de 2024;

Que, artículo 39 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en la presente ley mediante decretos de alcaldía. Asimismo, el artículo 42 de la misma norma prescribe que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante informe del visto, la Subgerencia de Ejecución Coactiva solicita prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 209-2024-MDMM hasta el 31 de diciembre de 2024, a fin de facilitar las condiciones de pago, reducir los índices de morosidad y, por consiguiente, garantizar el nivel de recaudación proyectado que garantice el cumplimiento de sus fines, siendo que dicha propuesta cuenta con las opiniones favorables de la Gerencia de Administración Tributaria y de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través de sendos memorandos del visto;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, por medio del Informe del visto, emite opinión legal favorable respecto de la emisión del decreto de alcaldía que prorrogue la vigencia de los beneficios contemplados en la Ordenanza Nº 209-2024-MDMM, la cual establece medidas excepcionales para la recuperación de adeudos de años anteriores que se encuentren en estado coactivo en la Municipalidad Magdalena del Mar;

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al alcalde por el artículo 20, numeral 6), de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y modificatorias;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 209-2024-MDMM, Ordenanza que establece medidas excepcionales para la recuperación de adeudos de años anteriores que se encuentren en estado coactivo en la Municipalidad de Magdalena del Mar hasta el día 31 de diciembre de 2024, por los argumentos vertidos en la parte considerativa del presente decreto.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto en el presente dispositivo a la Gerencia de Administración Tributaria, a través de la Subgerencia de Registro, Orientación al Contribuyente y Fiscalización Tributaria, la Subgerencia de Recaudación Tributaria y la Subgerencia de Ejecución Coactiva, así como a la Oficina General de Administración, a través de la Oficina de Tesorería y la Oficina de Tecnología de la Información.

Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del presente dispositivo en el Diario Oficial El Peruano y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE

Alcalde

2309295-1