Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 017-2024/MPC que aprobó el programa de beneficios de reducción de deudas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados así como de la deuda por concepto de tasa de guardianía por internamiento en el depósito municipal de vehículos

Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 017-2024/MPC, que aprobó el programa de beneficios de reducción de deudas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados, así como de la deuda por concepto de tasa de guardianía por internamiento en el depósito municipal de vehículos

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 015-2024-ALC/MPC

Callao, 30 de julio de 2024

EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DEL CALLAO

VISTO:

La Ordenanza Municipal N° 017-2024/MPC, el Memorando N° 731-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-GFT-SPS de la Subgerencia de Procedimiento Sancionador del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana (ODSSTTMU), el Informe N° 187-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-OA-JI de la Jefatura de Informática del ODSSTTMU, Informe N° 3014-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-GFT-SPS de la Subgerencia de Procedimiento Sancionador del ODDSSTTMU, el Informe N° 731-2024-MPC-ODSSTTMU-GG de la Gerencia General del ODDSSTTMU, el Memorando N° 393-2024-MPC/OGPMPI de la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, el Informe N° 3610-2024-MPC/OGPMPI-OPR de la Oficina de Presupuesto, el Informe N° 215-2024-MPC/OGPMPI-OPM de la Oficina de Planeamiento, el Informe N° 239-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 1462-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;

Que, mediante Ordenanza Municipal N° 017-2024/MPC de fecha 20 de junio de 2024, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 30 de junio de 2024, se aprobó la Ordenanza Municipal que aprueba el programa de beneficios de reducción de deudas constituidas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados en la Provincial Constitucional del Callao, así como de la deuda por concepto de tasa de guardianía por internamiento en el depósito municipal de vehículos;

Que, mediante Informe N° 3014-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-GFT-SPS de fecha 17 de julio de 2024, la Subgerencia de Procedimiento Sancionador del Órgano Desconcentrado del Sistema de Servicios de Tránsito, Transporte y Movilidad Urbana (ODSSTTMU) propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 17-2024-MPC hasta el 31 de agosto de 2024, en mérito a la actuado en el Memorando N° 731-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-GFT-SPS, el Informe N° 187-2024-MPC-ODSSTTMU-GG-OA-JI, así como a la intención de muchos ciudadanos de acogerse a los beneficios otorgados mediante la Ordenanza Municipal N° 017-2024-MPC;

Que, mediante Informe N° 234-2024-MPC-ODSSTTMU-GG de fecha 18 de julio de 2024, la Gerencia General del ODDSSTTMU derivó los actuados a la Gerencia Municipal, la misma que a través del Proveído N° 5686 derivó el expediente a la Oficina General de Planeamiento y Modernización Presupuesto e Inversiones para su evaluación y trámite correspondiente;

Que, mediante Memorando N° 393-2024-MPC/OGPMPI de fecha 24 de julio de 2024, la Oficina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones hace suyo los Informes N° 3610-2024-MPC/OGPMPI-OPR y N° 215-2024-MPC/OGPMPI-OPM, por los cuales la Oficina de Presupuesto y la Oficina de Planeamiento y Modernización emiten opinión técnica favorable a la propuesta de prórroga de la vigencia de la Ordenanza Municipal N°017-2024-MPC;

Que, mediante Informe N° 239-2024-MPC/OGAJ de fecha 25 de julio de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable con respecto a prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 017-2024/MPC, teniendo en cuenta que la séptima Disposición Final de dicha Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las medidas complementarias necesarias para la adecuada aplicación y de considerarlo necesario la ampliación de su vigencia;

Que, mediante Memorándum N° 1462-2024-MPC/GM de fecha 25 de julio 2024, la Gerencia Municipal, corre traslado a la Secretaría General del Concejo Municipal, de la propuesta y sus recaudos administrativos, a fin de proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;

Estando a lo expuesto, con el visado de la Gerencia Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, y el artículo 20, inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades

DECRETA:

Artículo 1.- PRORROGAR hasta el 31 de agosto de 2024, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 017-2024/MPC, que aprueba el programa de beneficios de reducción de deudas constituidas por multas y sanciones administrativas derivadas de infracciones al Reglamento Nacional de Tránsito y Reglamento Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Motorizados en la Provincia Constitucional del Callao, así como de la deuda por concepto de tasa de guardianía por internamiento en el depósito municipal de vehículos.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, su publicación en el Portal Web Institucional.

Artículo 3.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PEDRO SPADARO PHILIPPS

Alcalde

2311234-1