Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 362-MDSL/C que estableció beneficios de pago de multas administrativas en el distrito de San Luis

Prorrogan vigencia de la Ordenanza
N° 362-MDSL/C que estableció beneficios de pago de multas administrativas en el distrito de San Luis

DECRETO DE ALCALDÍA

Nº 006-2024-MDSL

San Luis, 30 de julio de 2024

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE SAN LUIS

VISTOS:

El Informe Nº 000256-2024-MDSL-GSP/SGFCMT de la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte; el Memorando Nº 000135-2024-MDSL-GSP de la Gerencia de Servicios Públicos; el Informe Nº 000114-2024-MDSL-GSAT de la Gerencia de Servicio Administración Tributaria; el Memorando Nº 000949-2024-MDSL-GM de la Gerencia Municipal; el Informe Nº 000268-2024-MDSL-GSP/SGFCMT de la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte; el Memorando Nº 000142-2024-MDSL-GSP de la Gerencia de Servicios Públicos; el Memorando Nº 000263-2024-MDSL-GSAT de la Gerencia de Servicio Administración Tributaria; el Informe Legal Nº 000208-2024-MDSL-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Memorando Nº 000955-2024-MDSL-GM de la Gerencia Municipal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo que conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la indicada autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde, dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. Asimismo, su artículo 42º establece que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal;

Que, mediante Ordenanza Nº 362-MDSL/C publicada con fecha 27 de junio de 2024 en el Diario Oficial El Peruano, se aprobó la Ordenanza que establece Beneficios de Pago de Multas Administrativas en la jurisdicción del Distrito de San Luis, estableciéndose en su Quinta Disposición Complementaria Final, facultar al Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Luis para que mediante Decreto de Alcaldía y de manera excepcional dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de la Ordenanza y para aprobar la prórroga de su vigencia únicamente por 30 días más de ser el caso;

Que, mediante Informe Nº 000256-2024-MDSL-GSP/SGFCMT de fecha 22 de julio de 2024 la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte propone a la Gerencia de Servicios Públicos la prórroga la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C, toda vez que existe un considerable número de contribuyentes susceptibles de acogerse al pago voluntario de sus multas administrativas;

Que, mediante Memorando Nº 000135-2024-MDSL-GSP de fecha 22 de julio de 2024 la Gerencia de Servicios Públicos remite a la Gerencia de Servicio Administración Tributaria el informe precedente que sustenta la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C;

Que, mediante Informe Nº 000114-2024-MDSL-GSAT de fecha 24 de julio de 2024 la Gerencia de Servicio Administración Tributaria remite a la Gerencia Municipal los antecedentes, opinando por la viabilidad de prorrogar la Ordenanza Nº 362-MDSL/C en virtud a su Quinta Disposición Complementaria Final;

Que, mediante Memorando Nº 000949-2024-MDSL-GM de fecha 25 de julio de 2024 la Gerencia Municipal solicita a la Gerencia de Asesoría Jurídica emita opinión legal en el marco de sus funciones establecidas en el ROF;

Que, mediante Informe Nº 000268-2024-MDSL-GSP/SGFCMT de fecha 25 de julio de 2024 la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte remite a la Gerencia de Servicios Públicos, un proyecto actualizado de Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C hasta el 29 de agosto de 2024;

Que, mediante Memorando Nº 000142-2024-MDSL-GSP de fecha 25 de julio de 2024 la Gerencia de Servicios Públicos remite a la Gerencia de Servicio Administración Tributaria el informe precedente que sustenta la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C;

Que, mediante Memorando Nº 000263-2024-MDSL-GSAT de fecha 25 de julio de 2024 la Gerencia de Servicio Administración Tributaria remite a la Gerencia de Asesoría Jurídica el proyecto actualizado de Decreto de Alcaldía que prórroga la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C hasta el 29 de agosto de 2024;

Que, mediante Informe Legal Nº 000208-2024-MDSL-GAJ de fecha 25 de julio de 2024 la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando que resulta viable la aprobación del proyecto de Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C, conforme a lo propuesto por la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte;

Que, mediante Memorando Nº 000955-2024-MDSL-GM de fecha 30 de julio de 2024 la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General, que concluyen por la viabilidad de la aprobación del referido proyecto de Decreto de Alcaldía;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 362-MDSL/C hasta el 29 de agosto de 2024.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Públicos, a la Subgerencia de Fiscalización, Control Municipal y Transporte, a la Gerencia de Servicio Administración Tributaria, a la Subgerencia de Tecnología de la Información, a la Subgerencia de Atención al Ciudadano y Gestión Documental, a la Gerencia de Administración y Finanzas su cumplimiento y a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal su difusión.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de San Luis.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RICARDO ROBERT PÉREZ CASTRO

Alcalde

2311027-1