Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Piura para el año Fiscal 2024

Autorizan incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional de la Universidad Nacional de Piura, para el año Fiscal 2024

UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

Secretaría General

División de Producción Documentaria

Resolución Rectoral

N° 515-R-2024

Piura, 17 de junio de 2024

VISTO:

La Hoja de Trámite Nº 00259-6901-24-3 e Informe Nº 876-2024/UP-OPYPTO-UNP, de fecha 13 de junio de 2024, mediante el cual la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura, solicita autorización para la incorporación presupuestaria 2024, por la Transferencia Financiera del Ministerio de Educación a favor de la Universidad Nacional de Piura, en el marco de lo estipulado por la Cláusula Sexta del Convenio Nº 039-2024-MINEDU y las Resoluciones Ministeriales Nros.256 y 288-2024-MINEDU.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 31953 se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024;

Que, con Resolución de Consejo Universitario Nº 630-CU-2023, de fecha 19 de diciembre de 2023, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de la Universidad Nacional de Piura y los recursos que lo financian, correspondientes al año fiscal 2024, el cual asciende a un total de S/. 247’247,176.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento;

Que, según el artículo 8º del Decreto Legislativo 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces es responsable de conducir el Proceso Presupuestario de la Entidad sujetándose a las disposiciones que emite la Dirección General de Presupuesto Público, para cuyo efecto, organiza, consolida, verifica y presenta la información que se genere en sus respectivas unidades ejecutoras y en sus centros de costos, así como coordina y controla la información de ejecución de ingresos y gastos autorizados en los presupuestos y sus modificaciones, los que constituyen los límites máximos de los créditos presupuestarios aprobados;

Que, el Artículo 175º del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, señala que: El Rector es el representante legal de la Universidad Nacional de Piura y ejerce el Gobierno de la misma... ( )... Sus atribuciones son las siguientes 175.3 Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión Administrativa, Económica y Financiera... ( );

Que, con fecha 09 de mayo de 2024, se firma el Convenio de Colaboración Interinstitucional Nº 039-2024-MINEDU, entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Piura, para la ejecución e implementación del Programa de Inducción Docente 2024, cuyo propósito es fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor recién nombrado que ingresa a la primera escala de la carrera magisterial y poder facilitar su inserción al ejercicio de la docencia pública, orientar la construcción de su identidad docente, así como promover su compromiso y responsabilidad institucional;

Que, con Informe Nº 0876-2024/UP-OPYPTO-UNP, de fecha 13 de junio del 2024, la Jefa de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de la Universidad Nacional de Piura, requiere la emisión del acto resolutivo correspondiente, en virtud a lo siguiente:

• Con Resolución de Consejo Universitario Nº 0375-CU-2024, de fecha 29 de mayo del 2024, se aprueba el Convenio de Colaboración Interinstitucional entre el Ministerio de Educación y la Universidad Nacional de Piura para la ejecución e implementación del Programa de Inducción Docente 2024;

• El artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 256-2024-MINEDU, de fecha 30 de mayo del 2024, autoriza una Transferencia Financiera a favor de la Universidad Nacional de Piura, por la suma de S/ 4’052,709.00 soles (Cuatro millones cincuenta y dos mil setecientos nueve con 00/100 soles), en cumplimiento a lo establecido en la Cláusula Sexta del Convenio Nº 039-2024-MINEDU, en el marco de lo dispuesto en el literal p) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024;

• Que, con Resolución Ministerial Nº 288-2024-MINEDU, de fecha 10 de junio del 2024, se modifica la partida de gasto del Ministerio de Educación, consignada en la Resolución Ministerial Nº 256-2024-MINEDU, debiendo considerar 2.4.1.3.1.1 A OTRAS UNIDADES DE GOBIERNO NACIONAL, lo cual asimismo fue comunicado por el Jefe de Programa de Inducción Docente, con Oficio Nº 019-2024-JP/PID-UNP-MINEDU, de fecha 11 de junio de 2024;

• Que, según reporte SIAF Operaciones en Línea, existe el registro de la Transferencia Financiera, de fecha 12 de junio de 2024, por el monto total de S/ 4’052,709.00 soles (Cuatro millones cincuenta y dos mil setecientos nueve con 00/100 soles), para la ejecución del convenio motivo del asunto.

• La modificación presupuestaria en el Nivel Institucional del Presupuesto 2024 de la Universidad Nacional de Piura, deberá realizarse en la fuente de financiamiento 13: Donaciones y Transferencias, según el siguiente detalle:

INGRESOS En Soles

Fuente de Financiamiento : 13 Donaciones y Transferencias

1.4.1.3.1.1 Del Gobierno Nacional : S/. 4’052,709.00

Total, Ingresos : S/. 4’052,709.00

EGRESOS En Soles

Fuente De Financiamiento : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL

PLIEGO : 521 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

UNIDAD EJECUTORA : 001 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

CATEGORIA PRESUPUESTARIA : 9001.ACCIONES CENTRALES

PRODUCTO : 3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD : 5000002. CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13. Donaciones y Transferencias

5 GASTO CORRIENTE : S/ 4’020,684.00

2.3 BIENES Y SERVICIOS : S/. 4’020,684.00

6 GASTOS DE CAPITAL : S/. 32,025.00

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS

NO FINANCIEROS : S/. 32,025.00

Total, Egresos: : S/. 4’052,709.00

Que, con Oficio Nº 1269-R-UNP-2024, de fecha 13 de junio del 2024, el Despacho Rectoral autoriza a la Secretaría General la emisión del documento resolutivo según lo expuesto en los considerandos precedentes.

Estando lo dispuesto por el Señor Rector, en uso de sus atribuciones legales, y con los vistos de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y Secretaría General.

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Objeto

Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 521 Universidad Nacional de Piura, para el año Fiscal 2024, en la Fuente de Financiamiento 13: Donaciones y Transferencias, por la suma de hasta S/ 4’052,709.00 soles (Cuatro millones cincuenta y dos mil setecientos nueve con 00/100 soles); de acuerdo al siguiente detalle:

INGRESOS En Soles

Fuente de Financiamiento : 13 Donaciones y Transferencias

1.4.1.3.1.1 Del Gobierno Nacional : S/ 4’052,709.00

Total, Ingresos : S/ 4’052,709.00

EGRESOS En Soles

Fuente De Financiamiento : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIAS

SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL

PLIEGO : 521 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

UNIDAD EJECUTORA : 001 UNIVERSIDAD NACIONAL DE PIURA

CATEGORIA PRESUPUESTARIA : 9001.ACCIONES CENTRALES

PRODUCTO : 3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD : 5000002. CONDUCCION Y ORIENTACION SUPERIOR

FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 13. Donaciones y Transferencias

5 GASTO CORRIENTE : S/ 4’020,684.00

2.3 BIENES Y SERVICIOS : S/ 4’020,684.00

6 GASTOS DE CAPITAL : S/ 32,025.00

2.6 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS

NO FIANNCIEROS : S/ 32,025.00

TOTAL, UNIDAD EJECUTORA S/ 4’052,709.00

TOTAL, PLIEGO S/ 4’052,709.00

Artículo 2º.- Codificación

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

Artículo 3º.- Notas para Modificación Presupuestaria

La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el(los) pliego(s) instruye(n) a la(s) Unidad(es) Ejecutora(s) para que elabore(n) las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 4º.- Presentación de la Resolución

Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Asimismo, al Programa de Inducción Docente 2024 del Ministerio de Educación, Comisión de Convenios, Facultad de Ciencias Sociales y Educación, Oficina de Planeamiento y Presupuesto, Dirección General de Administración y Secretaría General de la Universidad Nacional de Piura.

Artículo 5º.- Publicación de la Resolución

En cumplimiento de lo dispuesto por el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, publicar la presente Resolución en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y ejecútese.

SANTOS LEANDRO MONTAÑO ROALCABA

Rector

VANESSA ARLINE GIRÓN VIERA

Secretaria General

2310558-1