Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Prorrogan funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República y dictan otras disposiciones

Prorrogan funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000249-2024-CE-PJ

Lima, 25 de Julio del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 3-2024-DPNF/R/SPE/CSJ, cursado por el Presidente de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; y la Resolución Administrativa Nº 000127-2024-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 205-2018-CE PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial creó a partir del 1 de agosto de 2018, con carácter de exclusividad, los siguientes órganos jurisdiccionales en la Corte Suprema de Justicia de la República, para el juzgamiento de los funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado; artículo 34, numeral 4), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y artículo 454 del Código Procesal Penal, cuyos procesos sean tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales y Código Procesal Penal:

a) Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, conforme a lo previsto en el artículo 17 del Código de Procedimientos Penales, y artículo 454 del Código Procesal Penal; y,

b) Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, conforme a lo que prevé el artículo 17 del Código de Procedimientos Penales, y artículo 454 del Código Procesal Penal.

Segundo. Que, asimismo, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial por Resolución Administrativa Nº 000220-2021-CE-PJ, creó la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Tercero. Que, este Órgano de Gobierno mediante Resolución Administrativa Nº 000127-2024-CE-PJ prorrogó por el término de tres meses, a partir del 1 de mayo de 2024, el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; así como la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

Cuarto. Que el Presidente de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Oficio Nº 3-2024-DPNF/R/SPE/CSJ, solicita la prórroga del plazo de funcionamiento de la citada Sala Penal Especial, en atención al sustento estadístico de la carga procesal pendiente de resolver del referido órgano jurisdiccional.

Quinto. Que, la mencionada Sala Penal Especial tiene en trámite juicios orales con gran número de medios probatorios que deben actuarse, y expedientes reservados que son de naturaleza emblemática y de revestida complejidad. Que, igual situación se presenta en el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, por lo que estando a la naturaleza y complejidad de los procesos penales tramitados en el mencionado órgano jurisdiccional, se debe adoptar las medidas administrativas para su adecuado funcionamiento.

Sexto. Que, en tal sentido, teniendo en consideración que aún queda considerable número de expedientes pendientes de resolver en los mencionados órganos jurisdiccionales; resulta necesario disponer la prórroga del funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, y el Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, por el término de tres meses; de conformidad con lo establecido en el artículo 82, inciso 18), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Sétimo. Que conforme a lo establecido por el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial adoptar las medidas necesarias, a fin que las dependencias judiciales funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 997-2024 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 24 de julio de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, y los señores Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Prorrogar por el término de tres meses, a partir del 1 de agosto de 2024, el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República.

Artículo Segundo.- Prorrogar, a partir del 1 de agosto de 2024, con carácter de exclusividad y por el plazo de tres meses, los siguientes órganos jurisdiccionales, para el juzgamiento de los funcionarios comprendidos en el artículo 99 de la Constitución Política del Estado; artículo 34, numeral 4), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y artículo 454 del Código Procesal Penal, cuyos procesos sean tramitados bajo los alcances del Código de Procedimientos Penales y Código Procesal Penal:

a) La Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República; y

b) El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria.

Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de Derecho Constitucional y Social Permanente y Transitorias de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de las Salas Penales Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República, Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, Ministerio Público, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, Órgano de Control Institucional; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2310109-1