Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican los numerales 6.1 y 6.2 del artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 000197-2024-CE-PJ concluyen designación de jueces superiores integrantes de la 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria y dictan otras disposiciones

Modifican los numerales 6.1 y 6.2 del artículo sexto de la Resolución Administrativa N° 000197-2024-CE-PJ, concluyen designación de jueces superiores integrantes de la 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, y dictan otras disposiciones

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000244-2024-CE-PJ

Lima, 25 de julio del 2024

VISTO:

El Oficio Nº 001580-2024-P-CSNJPE-PJ, cursado por la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000197-2024-CE-PJ, entre otras medidas, redistribuyó toda la carga procesal de la 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, hacia sus pares del mismo distrito y provincia de la misma competencia territorial y funcional; así como convirtió y reubicó la mencionada 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria como Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito y provincia de la Corte Superior de Justicia de Puno, con la misma competencia territorial y funcional que la Sala Penal de Apelaciones Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior; con turno cerrado y por el periodo de seis meses.

Segundo. Que mediante Resolución Corrida Nº 000566-2022-CE-PJ, de fecha 16 de noviembre de 2022, se autorizó al señor Percy Pascual Ruiz Navarro, juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, para que labore de manera remota los días miércoles y jueves en los casos que se vienen tramitando en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; y los demás días en la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

Tercero. Que, a través del Oficio Nº 02-2024-C-A-CSNJPE/PJ-JHCC de fecha 20 de junio de 2024, cursado por el Juez Superior Jhonny Hans Contreras Cuzcano, se comunicó que los Expedientes Nº 924-2008 “Caso Chuschis” y Nº 125-2004 “Caso El Frontón”, no pueden avanzar debido a que los magistrados forman parte de diferentes colegiados y dos de ellos pertenecen a otros distritos judiciales, como presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Moquegua y Lima Sur.

Cuarto. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada presenta propuestas al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con la finalidad de asegurar la conclusión de los juicios orales en materia de derechos humanos que se tramitan en la mencionada sala superior; las cuales luego de ser evaluadas se considera factible su aprobación.

Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial establece que es atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, emitir acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias judiciales del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 924-2024 de la vigésima tercera sesión descentralizada del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de julio de 2024, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención de la señora Barrios Alvarado por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Modificar los numerales 6.1 y 6.2 del artículo sexto de la Resolución Administrativa Nº 000197-2024-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, los cuales tendrán el siguiente texto:

“6.1 Redistribuir, a partir del 1 de agosto de 2024, toda la carga procesal de la 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, hacia sus pares de la misma competencia territorial y funcional; a excepción de los doce juicios orales en giro iniciados, los cuales deberán ser concluidos por los magistrados integrantes del colegiado actual y conformados en su totalidad”.

“6.2 Convertir y reubicar a partir de 1 de noviembre de 2024, la 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, como Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito y provincia de Puno, Corte Superior de Justicia de Puno; con la misma competencia territorial y funcional que la Sala Penal de Apelaciones Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior; con turno cerrado y por el periodo de seis meses.

Artículo Segundo.- Mantener las demás disposiciones emitidas en la Resolución Administrativa Nº 000197-2024-CE-PJ, que no se contraponga con la presente modificatoria.

Artículo Tercero.- Concluir, a partir del 1 de noviembre de 2024, la designación de la señora Miluska Giovanna Cano López y de los señores Otto Santiago Verapinto Márquez y Helbert Iván Llerena Lezama, como jueces superiores integrantes de la mencionada 4° Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria; debiendo retornar a sus Cortes Superiores de origen.

Artículo Cuarto.- Exhortar al señor Percy Pascual Ruiz Navarro, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, el debido cumplimiento de la Resolución Corrida Nº 000566-2022-CE-PJ, de fecha 16 de noviembre de 2022, en la cual se le autorizó para que labore de manera remota los días miércoles y jueves en los casos que se vienen tramitando; y los demás días en la Corte Superior de Justicia de Moquegua.

Artículo Quinto.- Autorizar al señor Marco Antonio Angulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, para que labore de manera remota dos días de la semana de manera similar al caso precedente, en el expediente que aún se viene tramitando en la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; y los demás días en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur.

Artículo Sexto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, a realizar las coordinaciones respectivas para que los mencionados jueces superiores asistan a las actuaciones judiciales a las que sean convocados; y en caso de no cumplirse lo dispuesto en esta resolución, informar al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Sétimo.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Sur, Moquegua, San Martín, Tumbes, y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada; jueza y jueces mencionados; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2310104-1