Amplían plazo de ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste; y dictan otras disposiciones
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 1687-2024-MP-FN
Lima, 24 de julio de 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 493-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE e Informe Nº 173-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-LAS, ambos de fecha 27 de junio de 2024; el Oficio Nº 1262-2024-MP-FN-SEGFIN-OATD, de fecha 28 de junio de 2024; el Oficio Nº 001209-2024-MP-FN-GG-OGTI-OSIS, de fecha 28 de junio de 2024; el Oficio Nº 687-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 28 de junio de 2024; el Oficio Nº 530-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, de fecha 12 de julio de 2024; el Informe Nº 3-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-LCQ, de fecha 12 de julio de 2024; el Oficio Nº 1764-2024-MP-FN-GG-OGTI, de fecha 16 de julio de 2024; el Oficio Nº 1364-2024-MP-FN-GG-OGTI-OSIS e Informe Nº 173-2024-MP-FN-EPB-GG-OGTI-OSIS, ambos de fecha 16 de julio de 2024; el Oficio Nº 000749-2024-MP-FN-OGASEJ, de fecha 17 de julio de 2024; el Oficio Nº 967-2024-MP-FN-GG, de fecha 24 de julio de 2024; y,
CONSIDERANDO:
La Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1046-2024-MP-FN, de fecha 22 de abril de 2024, aprobó la ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste desde el 24 de abril al 31 de mayo de 2024. También, se dispuso la vigencia transitoria de los artículos 27 al 35 del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades”, aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5476-2014-MP-FN, modificado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1023-2024-MP-FN, en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, durante el plazo de ejecución del citado Piloto. Por último, dispuso, entre otros, que la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica (en adelante UE011-CFE) brinde el soporte técnico necesario y oportuno al distrito fiscal de Lima Noroeste, para el adecuado funcionamiento del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica”.
Asimismo, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1310-2024-MP-FN, de fecha 31 de mayo de 2024, la Fiscalía de la Nación resolvió, entre otros, ampliar el plazo de ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, del 1 al 30 de junio de 2024.
En ese contexto, la UE011-CFE, mediante el Oficio Nº 493-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, remite a la Gerencia General el Informe Nº 173-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-LAS, a través del cual comunica algunas incidencias durante la ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica”, relacionadas con el acompañamiento y monitoreo de los usuarios, uso obligatorio de la Casilla Fiscal Electrónica y baja progresiva del generador SINFE, así como de la integración del Sistema de Gestión Fiscal (en adelante, SGF) a la Casilla Fiscal Electrónica, recomendando la ampliación del plazo para la ejecución del citado Piloto.
Además, la Oficina de Archivo y Trámite Documentario con el Oficio Nº 1262-2024-MP-FN-SEGFIN-OATD, brinda opinión favorable sobre lo solicitado por la UE011 CFE, y recomienda que dicha Unidad Ejecutora evalúe la integración de la Casilla Fiscal Electrónica con el Sistema de Información de Apoyo al Trabajo Fiscal (en adelante SIATF); así como, la elaboración del Manual de Usuario de la Casilla Fiscal Electrónica y del Generador de Notificaciones.
Asimismo, mediante el Oficio Nº 1209-2024-MP-FN-GG-OGTI-OSIS la Oficina de Sistemas de la Oficina General de Tecnologías de la Información (en adelante OSIS) recomienda la ampliación del plazo para la ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el distrito fiscal de Lima Noroeste.
Con el Oficio Nº 687-2024-MP-FN-OGASEJ la Oficina General de Asesoría Jurídica sugiere, entre otros, que la UE011-CFE y la Oficina General de Tecnologías de la Información informen sobre la propuesta de integración del SIATF a la Casilla Fiscal Electrónica.
En consecuencia, por medio del Oficio Nº 530-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE, la Dirección Ejecutiva de la UE011-CFE remite el Informe Nº 03-2024-MP-FN-DE-UE011-CFE-LCQ, donde precisa la viabilidad de integrar y obtener la interoperabilidad del generador de notificaciones del SINFE (bajo los sistemas SGF y SIAFT) con la Central de Notificaciones de la Carpeta Fiscal Electrónica (Bandeja Fiscal). En razón a ello, recomienda: i) ampliar el piloto de la Casilla Fiscal Electrónica por un periodo de hasta 70 días calendarios, a fin de lograr la integración de las notificaciones con los sistemas SGF y SIATF, manteniendo para ello una coordinación permanente entre la OSIS, la UE11-CFE a nivel de los servicios web y la Oficina de Informática del distrito fiscal de Lima Noroeste. ii) Que la Presidencia de la Junta de Fiscales de Lima Noroeste adopte las medidas administrativas y/o correctivas pertinentes para la implementación de la Casilla Fiscal Electrónica, a efectos que los usuarios de los despachos fiscales realicen de forma oportuna y adecuada el registro de la información de los sujetos procesales (nombre, dirección correcta y precisa, teléfono, entre otros); asimismo que se evalúe, planifique y disponga la baja progresiva del SINFE (Generador de notificaciones) con la finalidad que los despachos fiscales empleen la nueva plataforma de notificación y se realice un adecuado monitoreo que permita asegurar que la solución tecnológica cumpla con el objetivo de optimizar el proceso de notificación.
La Oficina General de Tecnologías de la Información, mediante remite el Informe Nº 173-2024-EPB-GG-OGTI-OSIS, con el cual también se emite opinión favorable a la propuesta de ampliación a 70 días calendarios para atender la implementación de la Casilla Fiscal Electrónica desde los sistemas SIATF y SGF, y las actividades que sobre el particular se identifiquen.
En este sentido, mediante el Oficio Nº 000749-2024-MP-FN-GG-OGASEJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina sobre la viabilidad de ampliar el plazo de ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el distrito fiscal de Lima Noroeste, solicitado por la UE011-CFE, a efecto de que las aludidas incidencias sean superadas a través de la ejecución de un plan de trabajo formulado por dicha Unidad Ejecutora, que deberá ser ejecutado bajo la supervisión continua y evaluación periódica de la Gerencia General, con la finalidad de disponer oportunamente las acciones convenientes.
Resulta pertinente citar lo regulado en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, que por la eficacia anticipada del acto administrativo suscribe lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
Estando a la solicitud de la UE011-CFE y a las opiniones emitidas por las citados unidades de organización; con los vistos de la Gerencia General, Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 Carpeta Fiscal Electrónica, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina General de Asesoría Jurídica, Oficina de Sistemas y Oficina de Archivo y Trámite Documentario; y de conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo n.o 052 y sus modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Ampliar el plazo de ejecución del Piloto “Casilla Fiscal Electrónica” en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, con eficacia anticipada desde el 1 de julio al 10 de setiembre de 2024.
Artículo Segundo.- Ampliar la vigencia transitoria de los artículos 27 al 35 del “Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones entre Autoridades”, aprobado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 5476-2014-MP-FN, modificado por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1023-2024-MP-FN, en el Distrito Fiscal de Lima Noroeste, con eficacia anticipada desde el 1 de julio al 10 de setiembre de 2024.
Artículo Tercero.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste evalúe las recomendaciones formuladas por la Unidad Ejecutora 011 – Carpeta Fiscal Electrónica, y de ser el caso, adopte y disponga las acciones y/o medidas administrativas pertinentes y necesarias para el involucramiento y compromiso del personal fiscal y administrativo con el Piloto “Casilla Fiscal Electrónica”; así como, para el adecuado funcionamiento del mismo, y de cuenta sobre las acciones adoptadas y, de ser el caso, del incumplimiento al despacho de la Fiscalía de la Nación y a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, respectivamente.
Artículo Cuarto.- Disponer que la Unidad Ejecutora 011 – Carpeta Fiscal Electrónica, elabore y ejecute un plan de trabajo que permita superar las incidencias reportadas, debiendo comunicar a la Gerencia General, de manera semanal, sobre los resultados de la ejecución del citado plan, a fin de que se adopten las providencias oportunas y necesarias.
Artículo Quinto.- Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información ejerza una comunicación permanente y directa con la Unidad Ejecutora 011 – Carpeta Fiscal Electrónica, a efecto de reducir y superar las incidencias que pudieran surgir en la ejecución del citado plan de trabajo; asimismo, emita oportunamente y previo al vencimiento del plazo citado en el artículo primero de la presente resolución, el informe técnico conforme a lo previsto en el artículo octavo de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1023-2024-MP-FN, de fecha 18 de abril de 2024, y brinde soporte técnico permanente al citado distrito fiscal para garantizar el correcto funcionamiento de la Casilla Fiscal Electrónica.
Artículo Sexto.- Encargar a la Oficina General de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Imagen Institucional la publicación y difusión de la presente resolución, en la intranet y en el portal de la institución.
Artículo Séptimo.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Gerencia General, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora 011 - Carpeta Fiscal Electrónica, Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Archivo y Trámite Documentario, y Oficina General de Asesoría Jurídica, para conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2310085-1