Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero

Modifican el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero

RESOLUCIÓN SBS N° 02597-2024

Lima, 24 de julio de 2024

EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y

ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (a.i.)

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el numeral 13 del artículo 349 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, es atribución del Superintendente dictar las normas generales para precisar la elaboración, presentación y publicidad de los estados financieros y cualquier otra información complementaria, cuidando que se refleje la real situación económico – financiera de las empresas;

Que, mediante la Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, se aprobó el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, en adelante el Manual de Contabilidad;

Que, mediante Resolución SBS N° 4358-2015 y sus modificatorias, se aprobó el Reglamento de Factoring, Descuento y Empresas de Factoring, en adelante el Reglamento, en el que se establecen las definiciones de las operaciones de factoring y operaciones de descuento, así como otras disposiciones relacionadas;

Que, esta Superintendencia, tomando en cuenta las labores de supervisión, considera necesario dar mayores precisiones para el registro contable de las operaciones de factoring y descuento, así como dar lineamientos a las operaciones de confirming;

Que, el Anexo N° 6 “Reporte Crediticio de Deudores - RCD” del Manual de Contabilidad fue diseñado considerando la tercera revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU revisión 3) y se requiere que la información sea remitida considerando la cuarta revisión de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU revisión 4);

Que, resulta necesario realizar modificaciones en el Manual de Contabilidad para incorporar los lineamientos antes citados;

Que, a efectos de recoger las opiniones del público en general, se dispuso la prepublicación del proyecto de resolución en el portal electrónico de la Superintendencia, al amparo de lo dispuesto en la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley General y el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modificatorias;

Contando con el visto bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Microfinanzas, de Riesgos, de Estudios Económicos y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 9 y 13 del artículo 349 de la Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el artículo 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y sus modificatorias;

RESUELVE:

Artículo Único.- Modificar el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero, aprobado por Resolución SBS N° 895-98 y sus modificatorias, conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolución, el cual se publica en el Portal Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001- 2009-JUS y sus modificatorias, siendo la vigencia a partir de la información correspondiente a setiembre de 2024, excepto lo establecido en el numeral 2 del acápite II del Anexo que entra en vigencia a partir de la información de julio de 2024.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SERGIO JAVIER ESPINOSA CHIROQUE

Superintendente de Banca, Seguros y AFP (a.i.)

2309346-1