Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 213-2024-MINCETUR

Lima, 24 de julio de 2024

VISTOS, los Memorándum N° 166 y 238-2024-MINCETUR/VMT/DGA/DCITAT de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo; el Informe Nº 0239-2024-MINCETUR/SG/OGPPD/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N° 674-2024-MINCETUR/SG/OGPPD de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; el Informe N° 0061-2024-MINCETUR/SG/ OGA/OAF/SDC de la Sub Dirección de Contabilidad de la Oficina de Administración Financiera; el Memorándum Nº 551-2024-MINCETUR/SG/OGA de la Oficina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR), establece que la Entidad es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo, que forma parte del Poder Ejecutivo y constituye un pliego presupuestal con autonomía administrativa y económica de acuerdo a ley;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las sociedades de auditoría son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo, y son designadas, previo concurso público de méritos, y contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados;

Que, asimismo señala que las entidades del Gobierno Nacional, entre otras, quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la referida Entidad Fiscalizadora Superior, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego, así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, la misma que se publica en el Diario Oficial “El Peruano”;

Que, mediante Resolución Ministerial N°091-2021-MINCETUR, de fecha 13 de julio de 2021, se acepta la donación efectuada por la AECID a favor del MINCETUR, a través de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo, de una subvención dineraria por el importe de 164,000.00 € (Ciento sesenta y cuatro mil Euros), equivalente en moneda nacional a la suma de S/ 705 200,00 (Setecientos Cinco Mil Doscientos y 00/100 Soles), con la finalidad de financiar la intervención denominada “Fortalecimiento de capacidades de los proveedores de servicios de desarrollo empresarial en la industria cultural artesana en Ayacucho, Perú – RURICHINA SUMAQTA (Empresa Buena)”;

Que, mediante Notificación AECID-287.2023 - N/Ref./Expediente N°2021/SPE/ SPE/000040001 – Procedimiento: 3° ampliación del plazo de ejecución, la AECID concede una tercera ampliación al plazo de ejecución de la intervención al 23 de mayo de 2024, con fecha límite para la justificación de los fondos al 23 de agosto de 2024;

Que, la cláusula 16 de la Resolución de Concesión de Subvención de Cooperación Internacional de AECID, Expediente 2021/SPE/0000400001 “Fortalecimiento de capacidades de los proveedores de servicios de desarrollo empresarial en la industria cultural artesana en Ayacucho, Perú – RURICHINA SUMAQTA (Empresa Buena)”, precisa que “(…) 1. Para justificar la subvención el beneficiario facilitará a la AECID un informe final que se presentará a más tardar tres (3) meses después del final del plazo de ejecución establecido en la cláusula 4. El informe final, descriptivo y financiero, abarcará la totalidad del periodo de ejecución de la acción”, “(…) a) toda la información requerida en los informes de situación (información solicitada en la cláusula 15.2, letra a) a h)”, “(…) g) un resumen de todos los controles llevados a cabo y los informes finales de auditoria disponibles, de acuerdo con la política del beneficiario en materia de divulgación de tales controles e informes de auditoría”;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, la Contraloría General de la República aprueba la Directiva N°05-2022-CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoria para la Ejecución de Auditoría Financieras Gubernamentales”, cuyo numeral 6.5.1 dispone: “Las entidades están impedidas de: a) Contratar directamente la prestación de servicio de auditoria financiera, cualquiera sea la denominación que se otorgue a ésta, sin la previa designación o autorización de la CGR”;

Que, por tanto, mediante el Memorándum N° 166-2024-MINCETUR/VMT/DGA/ DCITAT, la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo solicita la contratación de una Sociedad Auditora designada por la Contraloría General de la República para el Proyecto “Fortalecimiento de capacidades de los proveedores de servicios de desarrollo empresarial en la industria cultural artesana en Ayacucho, Perú – Rurichina Sumaqta (Empresa Buena)”, con la finalidad de contribuir a la transparencia en la legalidad del uso y destino de los recursos donados por la AECID;

Que, con el Oficio N° 0152-2024-MINCETUR/SG/OGA, dirigido a la Gerencia de Recursos Estratégicos de la Contraloría General de la República, la Oficina General de Administración solicita una Cotización para la Contratación de una Sociedad de Auditoría;

Que, mediante el Oficio Nº 001430-2024-CG/GRECE, la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental solicita al MINCETUR se realice la transferencia de recursos para la designación y contratación de la Sociedad de Auditoría a fin de incorporar al Proyecto denominado “Fortalecimiento de capacidades de los proveedores de servicios de desarrollo empresarial en la industria cultural artesana en Ayacucho, Perú – RURICHINA SUMAQTA (Empresa Buena)”, en la próxima convocatoria de Concurso Público de Méritos por el importe de S/ 29 226,00 (Veintinueve mil doscientos veintiséis con 00/100 Soles) a favor de la Contraloría General de la República para financiar la retribución económica, incluido IGV;

Que, de acuerdo con lo señalado en el Informe N° 0061-2024-MINCETUR/ SG/OGA/OAF/SDC, de la Sub Dirección de Contabilidad de la Oficina de Administración Financiera, y con el Informe N° 239-2024-MINCETUR/SG/ OGPPD/OPP, la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo expresa conformidad y emite la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0000001678 por S/ 29 226,00 (Veintinueve mil doscientos veintiséis con 00/100 Soles), para la transferencia financiera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, del Pliego 019: Contraloría General, por concepto de retribución económica para la contratación y pago a la sociedad de auditoría, para realizar la auditoría financiera por el periodo comprendido del 31 de mayo del 2021 al 23 de agosto del 2024, con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 001-1070: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

De conformidad con la Ley N° 27790 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificada por la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el Decreto Supremo N° 005-2022-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera

Autorizar la transferencia financiera a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Contraloría General - Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, del Pliego 019: Contraloría General, con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 001 -1070: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, hasta por la suma de S/ 29 226,00 (Veintinueve mil doscientos veintiséis con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, para financiar la retribución económica por la contratación de la Sociedad Auditora a cargo de la auditoría financiera del Proyecto de la Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo: “Fortalecimiento de capacidades de los proveedores de servicios de desarrollo empresarial en la industria cultural artesana en Ayacucho, Perú – RURICHINA SUMAQTA (Empresa Buena)” del periodo 31 de mayo de 2021 al 23 de agosto de 2024.

Artículo 2.- Financiamiento

La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial será con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora 001 – 1070: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – Dirección General de Administración del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias, Clasificador de Gasto: 24.13.11- Otras Unidades del Gobierno Nacional y Meta: 0055.

Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4.- Acciones administrativas

La Dirección de Centros de Innovación Tecnológica de Artesanía y Turismo de la Dirección General de Artesanía del Viceministerio de Turismo, efectúa las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ELIZABETH GALDO MARÍN

Ministra de Comercio Exterior y Turismo

2309639-1