Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza Municipal que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas

Ordenanza Municipal que aprueba la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas

ORDENANZA MUNICIPAL

Nº 025-2023-CM-MPCH.

ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS.

EL ALCALDE (E) DE LA MUNICIPALIDAD

PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS.

POR CUANTO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE

CHUMBIVILCAS.

VISTO:

En Sesión Ordinaria Nº 021 de la fecha, 13 de noviembre del 2023, visto el Informe Nº 201-2023-OPRyCT-DPP-MPCH de la Oficina de Planeamiento, Racionalización y Cooperación Técnica con Informe Nº 905-2023-DPP-GM-MPCH-C de la Dirección de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Legal Nº 131-2023-DAJ-MPCH/FVM de la Dirección de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú señala que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 26º de la Ley Nº 27972, establece que la administración municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente que además se rige por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana; y, por aquellos contenidos en la Ley Nº 27444;

Que, asimismo, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el artículo 1º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que refiere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona;

Que, en ese contexto, la Presidencia del Consejo de Ministros ha emitido diversas normas referidas a la organización del Estado, como son: el D.S. Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 01-2020-SGP denominados “Funciones estandarizadas en el marco de los sistemas administrativos”; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SG, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones - ROF y el Manual de Operaciones – MOP; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP, que aprueba la “Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP que establece modelos de organización para municipalidades”; y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 010-2021-PCM/SGP, la Directiva Nº 002-2021-SGP, Directiva que regula el sustento técnico legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado.

Que, a razón de ello, estos cambios normativos tienen impacto en el modelo de organización y las funciones de los órganos y unidades orgánicas de la Municipalidad Provincial de Santo Tomas - Chumbivilcas, en tanto, ha generado obsolescencia en algunas funciones ya estandarizadas en los sistemas administrativos y en tanto, genera la obligación de adecuarse a esta nueva regulación.

Que, conforme lo establecido en los numerales 1, 2 y 3 (página 47) de la Sección E, del Subcapítulo VI, de la RSGP Nº 005-2020-PCM-SGP, los documentos referidos en estos numerales son visados por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF. En ese sentido, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite la propuesta para la aprobación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF); que contempla la adecuación al Modelo 5 de la estructura orgánica y las funciones de los órganos y unidades orgánicas, según lo dispuesto en la Norma Técnica Nº 01-2020- PCM/SGP/SSAP, anexando el informe técnico Sustentatorio, que contiene las fichas técnicas correspondientes, para la aprobación del ROF;

Que, conforme lo establecido en el numeral 4 de la Sección E, del Subcapítulo VI, de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP, el informe legal es visado por la Oficina General de Asesoría Jurídica, o quien haga sus veces, teniendo en cuenta el proceso de aprobación del ROF. En ese sentido, la Oficina de Asesoría Jurídica, remite el informe correspondiente, para la aprobación del ROF;

Que, estando a los argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas:

Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en sesión de Concejo Municipal Nº 021, de fecha 13 de noviembre del año 2023, el Concejo por Unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS

Artículo Primero.- APROBAR, la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Municipalidad Provincial Chumbivilcas, que forman parte integrante de la presente Ordenanza.

Artículo Segundo.- DEROGAR, las Ordenanzas Nº 019-2019-MPCH-CM/C, y sus modificatorias, así como toda norma que se oponga a la presente Ordenanza.

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Oficina de Gestión Recursos Humanos, Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y demás unidades de organización, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza; así como a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la entidad en base al Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica, aprobados en el artículo primero.

Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Reglamento de Organización y Funciones y la Estructura Orgánica aprobados en el artículo primero, entrarán en vigencia a partir de la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional a que hace referencia el artículo precedente.

Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Oficina General de Atención al Ciudadano y Gestión Documentaria la publicación de la presente Ordenanza en el Diario que corresponda y en el Portal Institucional (www.munichumbivilcas.gob.pe) y en el Portal de transparencia del Estado Peruano (www.peru.gob.pe).

POR TANTO:

Dado en la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas a los quince días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FROILAN BATALLANOS IBARRA

Alcalde (e)

2298315-1