Ordenanza que incorpora un párrafo al Artículo 28º del Reglamento Interno del Concejo
ORDENANZA Nº 00355/MDSA
Santa Anita, 12 de julio de 2024
El CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA
POR CUANTO;
El Concejo Municipal de Santa Anita, en la Sesión Ordinaria de la fecha;
VISTO: El Informe N° 008-2024-OGS/MDSA de la Oficina General de Secretaria; el Memorándum N° 602-2024-OGPPPI/MDSA de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; Informe Nº 250-2024-MDSA/OGPPPI-OTIC de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación; Informe Nº 307-2024-MDSA/OGAJ/ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N° 503-2024-MDSA/GM de la Gerencia Municipal, y;
Estando a los considerandos que como anexos forman parte de la presente Ordenanza, cuyo texto se publica en le Portal Institucional; de conformidad con las atribuciones establecidas en el numeral 8 del artículo 9° la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital de Santa Anita, en sesión ordinaria de la fecha, con el voto en mayoría de los Regidores, con dispensa de lectura y aprobación de acta, se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE INCORPORA UN PÁRRAFO
AL ARTÍCULO 28º DEL REGLAMENTO
INTERNO DEL CONCEJO
Artículo Primero.– INCORPORAR un párrafo al artículo 28º del Reglamento Interno de Concejo, aprobado mediante Ordenanza N° 000160/MDSA, con la siguiente redacción:
“Artículo 28.-
(…)
Notificación Electrónica de las Citaciones de Concejo.
Las citaciones para Sesión de Concejo y cualquier otra comunicación a cada uno de los miembros del Concejo Municipal, se debe realizar preferentemente a la casilla electrónica, correo institucional o al correo electrónico que consignen por escrito, o cualquier otro medio que permita comprobar fehacientemente su acuse de recibo y quien lo recibe”.
Artículo Segundo.– ENCARGAR a la Oficina de Tecnología de la Información y Comunicación elabore e implemente el sistema de casilla electrónica, proporcione asistencia técnica, capacitación y mantenga activa la misma; y a la Gerencia Municipal, disponga las acciones administrativas necesarias para la adquisición de equipos tecnológicos (de comunicación) adecuados para la implementación de la notificación electrónica.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Oficina General de Secretaria la publicación de la presente Ordenanza en el Diario El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación en el Portal Institucional.
Por Tanto:
Regístrese, publíquese y cúmplase.
OLIMPIO ALEGRIA CALDERON
Alcalde
2307402-1