Ordenanza que aprueba la modificación del plano de zonificación del distrito de San Juan de Miraflores, aprobado por Ordenanza N° 1084
ORDENANZA N° 2636
Lima, 11 de julio de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
POR CUANTO:
El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha;
En uso de las facultades previstas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 066-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES, APROBADO POR ORDENANZA N° 1084
Artículo 1.- Aprobar el cambio de zonificación, de Otros Usos (OU) a Comercio Vecinal (CV) del predio de 1,466.48 m2, ubicado en el pueblo joven República Democrática Alemana, Mz. “L”, lote 1, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, presentado por Inversiones Médicas Peruanas – Fondo de Inversión Privado, representado por GC Fund Service S.A.C, a través del Expediente Nº 2023-0125772, conforme al anexo que forma parte de la presente ordenanza.
Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que incorpore en el plano de zonificación del distrito de San Juan de Miraflores, aprobado por Ordenanza N° 1084, el cambio de zonificación descrito en el artículo precedente.
Artículo 3.- Disponer la notificación de la presente ordenanza a la administrada y a la Municipalidad de San Juan de Miraflores.
Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y, a la Oficina de Gobierno Digital, su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe, el mismo día de su publicación en el diario oficial.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA
Alcalde
2308245-1